El Senado la aprobó con 44 votos a favor. Amplía el Régimen Simplificado, redefine las discrepancias y excluye a los funcionarios públicos del beneficio
El Senado convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal II, que modifica la Ley 27.799 vigente desde enero y profundiza el esquema para atraer los dólares que los argentinos guardan fuera del sistema bancario, un universo que el Gobierno estima en USD 170.000 millones.
La votación se resolvió con 44 votos a favor y 23 en contra, tras un debate breve y con pocos oradores.
Punto por punto, qué implica la Ley de Inocencia Fiscal II
- Sin límites de ingresos ni patrimonio para el Régimen Simplificado
Desaparecen los topes que hasta ahora frenaban el acceso al Régimen Simplificado de Ganancias: $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio. Con ese cambio, pueden sumarse contribuyentes con alto volumen de operaciones, como quienes compran y venden acciones en el Merval, o con patrimonios elevados.
- Los grandes contribuyentes también pueden adherir, con condiciones
Pueden ingresar al régimen, pero solo para la mecánica de determinación de impuestos, sin mostrar el patrimonio final ni el consumido. A cambio, quedan afuera de la prescripción limitada y del bloqueo fiscal que protege al resto sobre el IVA y Ganancias de períodos anteriores.
- Cambia la fórmula para medir la discrepancia significativa
El 15% que habilita a ARCA a impugnar una declaración simplificada dejará de calcularse sobre el saldo de impuesto a ingresar y pasará a medirse sobre el impuesto determinado, antes de descontar retenciones, percepciones y pagos a cuenta. Con el cambio, una diferencia que antes activaba la revisión con $150.000 ahora necesita superar los $15 millones, en el caso de un contribuyente que determina $100 millones de impuesto.
- Se fija un piso mínimo para que exista discrepancia
La diferencia no se considera significativa si el monto nominal no supera el 5% del umbral de evasión simple del Régimen Penal Tributario, hoy equivalente a $5.000.000. También se suma un nuevo motivo de discrepancia: el cómputo improcedente de retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos, además de la falsedad documental ya vigente.
- Los funcionarios públicos quedan afuera del beneficio central
Quienes ocuparon cargos en los tres poderes del Estado en los últimos cinco años no pueden exteriorizar los “dólares del colchón”. Sí pueden entrar al Régimen Simplificado, pero sin la presunción de exactitud ni los demás beneficios del resto de los contribuyentes. El cambio surgió como respuesta al escándalo que sacó del Gobierno al exjefe de Gabinete Manuel Adorni, quien había adherido al régimen mientras se investigaba su patrimonio.
- La carga de la prueba recae sobre ARCA
Para impugnar una declaración, el organismo solo puede usar información declarada por el contribuyente, datos de sus propios sistemas o información de terceros. “Cualquier otra consideración no tendrá valor probatorio alguno”, establece la ley, que además prohíbe aplicar presunciones sobre incrementos patrimoniales no justificados.
- Plazos para corregir errores y devoluciones con intereses
El contribuyente tendrá 15 días hábiles para rectificar su declaración desde que reciba una notificación de ARCA y evitar así la discrepancia significativa. Si una resolución que impugna el régimen es anulada o revocada, se restablece la presunción de exactitud con efecto retroactivo, y si el contribuyente ya pagó, ARCA debe reintegrarle el monto en 45 días hábiles, con intereses.
- Exención de multas bajo ciertas condiciones
La adhesión no frena inspecciones ya notificadas, pero exime de multas no firmes si el contribuyente regularizó el tributo antes de adherir, dio conformidad expresa con la pretensión fiscal y renunció a reclamar la devolución judicial de lo pagado por esas sanciones.
- La UIF deberá reglamentar en 15 días
Las operaciones tienen que canalizarse por medios autorizados por el Banco Central o la CNV, aunque el requisito se cumple si ese circuito interviene en el origen o el destino de los fondos. La norma también habilita el uso de efectivo en escrituras de inmuebles hasta el 31 de diciembre de 2027, y la adhesión contará como “antecedente favorable” en el monitoreo de operaciones.
- ARCA deberá crear un sistema de verificación en tiempo real
El organismo tiene que desarrollar interfaces (API) para que los sujetos obligados chequeen al instante si un cliente está adherido, excluido o dado de baja del régimen. El presidente del Banco Central, Federico Bausili, adelantó que la UIF definirá controles de bajo, medio y alto impacto para no trabar el ingreso de los pequeños ahorristas.
