Medicamentos: cuál es la crítica de los médicos al DNU y por qué “perjudica a los pacientes”

La Academia Nacional de Medicina pidió revisar la normativa que les quita a los médicos la facultad de sugerir fármacos específicos ya que advirtió que la modificación “perjudica a los pacientes” y “limita la responsabilidad del médico”

 

 

La Academia Nacional de Medicina (ANM) y 48 entidades médicas cuestionaron las medidas impulsadas por el DNU de Javier Milei que prohíben incluir en las recetas la sugerencia de marcas comerciales de medicamentos por parte de los médicos, junto a la denominación genérica, y señalaron que esta medida “perjudica a los pacientes” y “limita la responsabilidad del médico”.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, el pasado 20 de diciembre, estableció una serie de modificaciones al artículo 2 de la Ley N° 25.649, de Utilización de medicamentos por su nombre genérico. Este cambio establece que “toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración”.

De acuerdo a lo expresado por la ANM, el rechazo a la modificación de la norma se centra en que “en la Argentina no existen pruebas de bioequivalencia y biodisponibilidad en la gran mayoría de los productos farmacéuticos”, los cuales solo están destinados a un grupo de fármacos específicos para el tratamiento de algunas patologías. Es decir que, en la mayoría de estos productos farmacéuticos, no pueden garantizarse el mismo nivel de eficacia y seguridad entre ambas drogas (la denominada como madre y el genérico). Esto es especialmente sensible en los casos de pacientes oncológicos, por citar un ejemplo advertido por los expertos.

En el escrito, la ANM subrayó que los cambios del DNU “trasladan la responsabilidad primaria a quien dispense la medicación desplazando al médico tratante en dicha tarea y modificando su responsabilidad profesional”.

“La situación creada por esta modificación puede tener consecuencias negativas sobre la salud de la población”, agregaron en el comunicado respaldado por 48 prestigiosas entidades médicas.

Los médicos pidieron que el Poder Ejecutivo y el Legislativo revean este cambio “en función de evidencia técnica y científica, de bioequivalencia y biodisponibilidad, para asegurar que se continúe ejerciendo la libertad que el médico posee al prescribir medicamentos a su criterio”. Con la normativa vigente anterior al DNU se incluía en la prescripción de la receta médica, tanto el nombre genérico del medicamento como la sugerencia del profesional de la salud con el fármaco específico

Algunas de las entidades firmantes son: la Asociación Argentina de Oncología Clínica, la Sociedad Argentina de Cardiología, la Federación Cardiológica Argentina, el Colegio Argentino de Cardiología, la Sociedad Argentina de Infectología, la Sociedad Argentina de Hematología, la Sociedad Argentina de Urología, la Sociedad Argentina de Mastología, la Sociedad Argentina de Dermatología, el Colegio Argentino de Cardioangiólogos Intervencionistas, la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica y Reparadora, la Sociedad Argentina de Ginecología Infanto Juvenil, la Sociedad Argentina de Patologías de Urgencia y Emergentología, la Sociedad Argentina de Neurocirugía Pediátrica, y entre otras.

Consultado por Infobae, el doctor Juan Antonio Mazzei, presidente de la ANM, señaló que “en Argentina no es obligatorio para la mayoría de los medicamentos genéricos presentar las pruebas de biodisponibilidad y bioequivalencia. Si se le impide al médico sugerir el medicamento, no hay garantía de que el paciente reciba un producto que cumpla la calidad de la acción terapéutica”.

En ese sentido, aclaró un punto que suele provocar confusión: “Cuando se habla de medicamentos genéricos en la Ley N° 25.649 vigente desde 2002, se habla de la prescripción por nombre genérico que es la denominación común internacional, es decir la droga (o principio activo). Pero, en rigor, los medicamentos genéricos son aquellos avalados por pruebas que demuestran que tienen la misma potencia y efectividad que el producto original y eso en Argentina no ocurre en la mayoría de los casos”. Al tiempo que aclaró que, desde ese año, “hubo laboratorios (fabricantes de genéricos) que hicieron pruebas, pero no todos”.

Frente a lo que el presidente de ANM consideró que los médicos deben conservar la potestad de sugerir medicamentos en la receta y que, en segundo lugar, en el futuro se debe debatir y establecer una Ley de genéricos “en la que todos los productos deban presentar pruebas de biodisponibilidad y bioequivalencia, ya que la ANMAT hoy sólo se lo exige a 68 productos genéricos de los disponibles, en un mercado con miles de productos farmacéuticos”.

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