Rigen las leyes de donación de plasma y recetas electrónicas

El Gobierno las promulgó hoy. En medio de la pandemia, buscan generar una campaña nacional para la donación voluntaria de pacientes recuperados de coronavirus, y la prescripción de medicamentos de forma remota

 

 

 

Desde hoy entran en vigencia las leyes de promoción de la donación de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 y la de recetas electrónicas, que en medio de la pandemia de coronavirus permite prescribir medicamentos de forma remota.

El Gobierno nacional promulgó este martes ambas normativas mediante sus respectivos decretos, publicados en el Boletín Oficial, luego de que fueran sancionadas por el Congreso el pasado 23 de julio.

La Ley 27.554 de donación de plasma, que rige a partir del decreto 663/2020, busca “promover la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran”.

La norma declara de interés nacional la donación de plasma y crea un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes de plasma.

En ese sentido, impulsa la creación de una Campaña Nacional para la Donación de Plasma Sanguíneo de personas que tuvieron coronavirus de todo el país y recibieron el alta para tratar a pacientes con la infección en curso, ya que en algunos casos esto ha demostrado ser efectivo para mitigar los efectos de la enfermedad.

Además, establece una licencia especial para los y las donantes bajo relación de dependencia de dos días por cada donación de plasma que realicen, y procura garantizar el traslado de aquellos pacientes recuperados y aptos para ser donantes de plasma y que no tengan los medios para realizarlo.

Por otra parte, Ley 27.553, promulgada a través del Decreto 664/2020, establece que la prescripción y dispensación de medicamentos puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el país.

De esta forma, regula la prescripción de medicamentos y estudios médicos a través de recetas electrónicas y sistemas de atención mediante plataformas digitales, una forma de atención que se volvió clave durante las medidas de aislamiento social por el Covid-19.

En consecuencia, permite la prescripción de medicamentos y órdenes de estudio de recetas electrónicas, que pueden ser redactadas y firmadas a través de plataformas de teleasistencias.

También, fija que “los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes”.

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