{"id":96430,"date":"2022-12-29T14:01:59","date_gmt":"2022-12-29T17:01:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=96430"},"modified":"2022-12-29T14:02:23","modified_gmt":"2022-12-29T17:02:23","slug":"el-gobierno-entrerriano-dispuso-la-emergencia-agropecuaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2022\/12\/29\/el-gobierno-entrerriano-dispuso-la-emergencia-agropecuaria\/","title":{"rendered":"El gobierno entrerriano dispuso la emergencia agropecuaria"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>A ra\u00edz de la sequ\u00eda y las altas temperaturas que afecta la regi\u00f3n, la provincia declar\u00f3 la emergencia agropecuaria. \u201cApoyamos a nuestros productores para atravesar esta dif\u00edcil situaci\u00f3n y continuar trabajando con di\u00e1logo y compromiso\u201d, expres\u00f3 el gobernador Gustavo Bordet<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cSe trata de una medida que otorga alivio y previsibilidad al sector productivo ante las inclemencias de la sequ\u00eda extendida y las altas temperaturas que afectan a la regi\u00f3n y complican severamente el desarrollo de los cultivos y las distintas actividades\u201d, continu\u00f3 Bordet.<\/p>\n<p>El mandatario tambi\u00e9n destac\u00f3 las instancias de di\u00e1logos con los productores y especialistas para acordar la norma. La mesa encabezada por el ministro de Econom\u00eda y Producci\u00f3n, Hugo Ballay, permiti\u00f3 hacer un an\u00e1lisis del estado de situaci\u00f3n en la provincia, relevar las necesidades de los sectores productivos y delinear la declaraci\u00f3n de emergencia.<\/p>\n<p>\u201cSin el di\u00e1logo permanente que siempre propiciamos, y sin el ordenamiento de las cuentas p\u00fablicas que alcanzamos con la gesti\u00f3n, ser\u00eda mucho m\u00e1s dif\u00edcil afrontar este respaldo a las y los productores de la provincia en una situaci\u00f3n tan compleja. Confiamos en que este es el camino para que la provincia pueda superar cualquier obst\u00e1culo\u201d, concluy\u00f3 el mandatario.<\/p>\n<p>El decreto declara el \u201cestado de emergencia y\/o desastre agropecuario desde el 1\u00b0 de diciembre de 2022 hasta el 30 de junio de 2023, a las explotaciones agr\u00edcolas de ma\u00edz, citr\u00edcolas, hort\u00edcolas, y ap\u00edcolas\u201d. En el caso de \u201clas explotaciones ganaderas bovinas, caprinas, ovinas, equinas y tamberas\u201d, el periodo se extender\u00e1 hasta el 30 de noviembre de 2023. Alcanza a todos los departamentos de la provincia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Emergencia<\/strong><\/p>\n<p>Asimismo, la norma instruye \u201cel diferimiento de los vencimientos del anticipo 4\u00b0 del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2022, los anticipos 1\u00b0 y 2\u00b0 del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2023, y las obligaciones derivadas del Plan Especial de Facilidades de Pago dispuesto por art\u00edculo 10\u00b0 del Decreto N\u00b0 46\/2022 MP, al 15 de Enero de 2024\u201d, para los productores y productoras declarados en estado de emergencia.<\/p>\n<p>En ese sentido, se establece \u201cun Plan Especial Opcional de Facilidades de Pago\u201d para la cancelaci\u00f3n de los anticipos impositivos de los productores comprendidos en la emergencia. El mismo contempla 3 cuotas mensuales, consecutivas y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n, cuyo primer vencimiento ser\u00e1 el 15 marzo del 2024.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Desastre<\/strong><\/p>\n<p>Por otra parte, en su art\u00edculo 10, establece la eximici\u00f3n del pago del anticipo 4\u00b0 del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2022 y de los anticipos 1\u00b0 y 2\u00b0 del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2023 a aquellos contribuyentes que se encuentren en situaci\u00f3n de Desastre Agropecuario\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el decreto se\u00f1ala que \u201cel porcentaje de la exenci\u00f3n aqu\u00ed dispuesta ser\u00e1 equivalente al porcentaje de perdida declarado en el certificado de emergencia que en cada caso se otorgue a los productores afectados\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Declaraci\u00f3n Jurada y certificados<\/strong><\/p>\n<p>\u201cLos productores agropecuarios afectados deber\u00e1n presentar una Declaraci\u00f3n Jurada digital conforme los formularios que establezca el Ministerio de Producci\u00f3n a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Agricultura y Ganader\u00eda, conformada por un profesional de las Ciencias Agropecuarias y certificada por una entidad p\u00fablico\/privada representativa y\/o vinculada al sector afectado, quedando sujeta, dicha Declaraci\u00f3n Jurada, a la verificaci\u00f3n individual previa o posterior por parte de las dependencias espec\u00edficas de la Secretar\u00eda. En el caso de los Productores de la Agricultura Familiar, el formulario podr\u00e1 presentarse indistintamente en forma digital o en soporte papel, con certificaci\u00f3n de una entidad publico\/privada representativa y\/o vinculada al sector afectado\u201d, consta en el art\u00edculo 4\u00b0 del decreto.<\/p>\n<p>En el art\u00edculo 5\u00b0, se establece que \u201cla Secretar\u00eda de Agricultura y Ganader\u00eda recepcionar\u00e1 por un plazo de 45 d\u00edas corridos a partir de la fecha de aprobaci\u00f3n de los formularios referidos en el art\u00edculo precedente, las Declaraciones Juradas presentadas por los productores afectados\u201d.<\/p>\n<p>Mientras que en el art\u00edculo 6\u00b0 se establece que \u201cel ministro de Producci\u00f3n y\/o quien este designe, otorgara los certificados a los productores afectados por la emergencia y\/ o desastre declarada en el presente Decreto, a fin de ser presentados por los mismos en la gesti\u00f3n de beneficios en los que se encuentren incluidos\u201d.<\/p>\n<p>No obstante, la norma tambi\u00e9n estipula, en el art\u00edculo 7\u00b0, que \u201cel Ministerio de Producci\u00f3n gestionar\u00e1 ante el Poder Ejecutivo Nacional los instrumentos necesarios para la declaraci\u00f3n de emergencia y\/o desastre\u201d, de acuerdo a los alcances del Sistema de Mitigaci\u00f3n de Emergencias y Desastres Agropecuarios&#8221; Ley N\u00b026.509.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A ra\u00edz de la sequ\u00eda y las altas temperaturas que afecta la regi\u00f3n, la provincia declar\u00f3 la emergencia agropecuaria. \u201cApoyamos a nuestros productores para atravesar esta dif\u00edcil situaci\u00f3n y continuar trabajando con di\u00e1logo y compromiso\u201d, expres\u00f3 el gobernador Gustavo Bordet &nbsp; &nbsp; \u201cSe trata de una medida que otorga alivio y previsibilidad al sector productivo ante las inclemencias de la sequ\u00eda extendida y las altas temperaturas que afectan a la regi\u00f3n y complican severamente el desarrollo de los cultivos y las distintas actividades\u201d, continu\u00f3 Bordet. 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