{"id":81908,"date":"2022-01-31T15:32:09","date_gmt":"2022-01-31T18:32:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=81908"},"modified":"2022-01-31T15:32:09","modified_gmt":"2022-01-31T18:32:09","slug":"el-gobierno-creo-el-fondo-fiduciario-para-financiamiento-del-plan-progresar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2022\/01\/31\/el-gobierno-creo-el-fondo-fiduciario-para-financiamiento-del-plan-progresar\/","title":{"rendered":"El Gobierno cre\u00f3 el Fondo Fiduciario para financiamiento del Plan Progresar"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Tendr\u00e1 la finalidad de financiar &#8220;l\u00edneas de acci\u00f3n orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del programa oficial de respaldo a los estudiantes&#8221;<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Poder Ejecutivo constituy\u00f3 el Fondo Fiduciario del plan Progresar, que se conformar\u00e1 como un fideicomiso de administraci\u00f3n que tendr\u00e1 la finalidad de financiar \u00abl\u00edneas de acci\u00f3n orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del programa oficial de respaldo a los estudiantes\u00bb, seg\u00fan se estableci\u00f3 este lunes en el Bolet\u00edn Oficial. Por medio del Decreto 57\/2022, se dispuso que el Estado Nacional oficiar\u00e1 de \u00abfiduciante\u00bb a trav\u00e9s del Ministerio de Educaci\u00f3n, que es la autoridad de aplicaci\u00f3n del Programa Progresar y actuar\u00e1 como administrador de los bienes que se transfieren en fideicomiso.<\/p>\n<p>La funci\u00f3n de este Fondo \u00abser\u00e1 administrar los recursos del fideicomiso, de conformidad con las pautas a establecer en el contrato de fideicomiso y con las instrucciones impartidas por el Comit\u00e9 Ejecutivo que administrar\u00e1 el fideicomiso\u00bb, indica la norma. El Fondo \u00abtendr\u00e1 una duraci\u00f3n de 20 a\u00f1os, contados desde la fecha de su constituci\u00f3n mediante la celebraci\u00f3n de un contrato de fideicomiso, y, a su vencimiento, la propiedad de los bienes fideicomitidos quedar\u00e1 en poder del fideicomisario\u00bb, seg\u00fan establece la norma en su articulado.<\/p>\n<p>Asimismo, se establece que el Comit\u00e9 Ejecutivo que administrar\u00e1 este Fondo estar\u00e1 integrado por la directora ejecutiva de la Anses, Mar\u00eda Fernanda Raverta, el Ministerio de Educaci\u00f3n, la Subdirecci\u00f3n de Operaci\u00f3n del Fondo de Garant\u00eda de Sustentetabilidad de la Administradora y la Subsecretar\u00eda de Gesti\u00f3n de la cartera educativa. La presidencia y vicepresidencia del Comit\u00e9 ser\u00e1n ejercidas de manera rotativa por per\u00edodos semestrales, y ser\u00e1 alternada entre la Anses y el Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se dispuso adem\u00e1s que, en un primer per\u00edodo, Raverta ejerza la titularidad del Comit\u00e9 Ejecutivo y las decisiones \u00abse tomar\u00e1n por mayor\u00eda simple\u00bb, y, en \u00abcaso de empate, el voto de quien se encuentre en ejercicio de la Presidencia tendr\u00e1 valor doble\u00bb. \u00abLos funcionarios mencionados y las funcionarias mencionadas en el presente art\u00edculo desempe\u00f1ar\u00e1n sus funciones con car\u00e1cter \u2018ad-honorem&#8217;\u00bb, se subraya en el Decreto del Ejecutivo publicado este lunes en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>En cuanto a sus funciones, el Comit\u00e9 Ejecutivo \u00abser\u00e1 el encargado de fijar las condiciones, impartir instrucciones y\/o autorizar en forma previa las actividades a cargo del fiduciario y efectuar su seguimiento\u00bb. En tanto, el patrimonio del Fondo Fiduciario Progresar estar\u00e1 constituido \u00abpor los bienes fideicomitidos, que en ning\u00fan caso constituyen ni ser\u00e1n considerados como recursos presupuestarios o de cualquier otra naturaleza que ponga en riesgo el cumplimiento del fin al que est\u00e1n afectados, ni el modo u oportunidad en que se realice\u00bb.<\/p>\n<p>Dichos bienes ser\u00e1n los fondos asignados para el Programa Progresar, el producido de sus operaciones, la renta y \u00abfrutos e inversi\u00f3n de los bienes fideicomitidos\u00bb. Tambi\u00e9n podr\u00e1n agregarse \u00abotros recursos provenientes del Tesoro Nacional que sean espec\u00edficamente destinados al Fondo y aportes, contribuciones, subsidios, legados y donaciones espec\u00edficamente destinadas\u00bb a este fin.<\/p>\n<p>Los bienes fideicomitidos ser\u00e1n volcados al dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de resultados de las l\u00edneas de acci\u00f3n definidas por el Comit\u00e9 Ejecutivo, \u00ablas cuales estar\u00e1n orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del Progresar\u00bb. La norma aclara que las operaciones relativas a este Fondo se encuentran exentas \u00abde todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y a crearse a futuro\u00bb. \u00abEsta exenci\u00f3n contempla los impuestos establecidos en la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y en la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, y sus respectivas modificaciones, y otros impuestos internos que pudieran corresponder\u00bb, se remarca.<\/p>\n<p>El Decreto 57\/2022 invita \u00aba las provincias y a la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires a eximir de todos los tributos aplicables en sus jurisdicciones en iguales t\u00e9rminos a los establecidos\u00bb. Por \u00faltimo, se dispone que \u00abel Comit\u00e9 Ejecutivo dictar\u00e1 su propio reglamento interno de funcionamiento dentro de los 90 d\u00edas de la entrada en vigencia del presente Decreto y queda facultado para el dictado de actos aclaratorios y complementarios que resulten necesarios para la implementaci\u00f3n de este Fondo\u00bb, y se comunica que \u00abla presente medida entrar\u00e1 en vigencia el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tendr\u00e1 la finalidad de financiar &#8220;l\u00edneas de acci\u00f3n orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del programa oficial de respaldo a los estudiantes&#8221; &nbsp; &nbsp; El Poder Ejecutivo constituy\u00f3 el Fondo Fiduciario del plan Progresar, que se conformar\u00e1 como un fideicomiso de administraci\u00f3n que tendr\u00e1 la finalidad de financiar \u00abl\u00edneas de acci\u00f3n orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del programa oficial de respaldo a los estudiantes\u00bb, seg\u00fan se estableci\u00f3 este lunes en el Bolet\u00edn Oficial. 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