{"id":8089,"date":"2017-03-08T10:22:37","date_gmt":"2017-03-08T13:22:37","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=8089"},"modified":"2017-03-08T10:22:37","modified_gmt":"2017-03-08T13:22:37","slug":"afip-habilito-blanqueo-de-los-testaferros-sin-restriccion-alguna","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2017\/03\/08\/afip-habilito-blanqueo-de-los-testaferros-sin-restriccion-alguna\/","title":{"rendered":"AFIP habilit\u00f3 blanqueo de los testaferros (sin restricci\u00f3n alguna)"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Se podr\u00e1 adherir aun cuando el titular del activo sea una sociedad en blanco que actu\u00f3 como testaferro. Luz verde para sumar m\u00e1s inscriptos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una consulta a la AFIP modific\u00f3 una respuesta anterior y permite ahora la declaraci\u00f3n en el blanqueo a nombre de los accionistas y socios de sociedades constituidas en la Argentina, de los inmuebles y otros bienes, cuando hayan sido declarados previamente por las sociedades u otro &#8220;testaferro&#8221; a la AFIP en los impuestos. La respuesta anterior que prohib\u00eda esta posibilidad (del 17\/10\/16) respond\u00eda que en tanto la propiedad de las acciones o participaciones se encuentre declarada por parte de la persona humana socia o accionista y el inmueble por la sociedad, &#8220;no existe activo susceptible de ser exteriorizado conforme a los objetivos de la Ley 27.260 en materia de r\u00e9gimen de sinceramiento fiscal&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es importante resaltar que la respuesta anterior refleja un criterio sesgado por el cual la AFIP considera que la ley de sinceramiento 27.260 es una ley exclusivamente de exteriorizaci\u00f3n de bienes no declarados. Craso error, porque la ley no proh\u00edbe declarar en el &#8220;blanqueo&#8221; bienes ya declarados en impuestos. Es una ley para regularizar o como vulgarmente se le dice blanquear la situaci\u00f3n tributaria de los contribuyentes, antes de que comience a implementarse la cooperaci\u00f3n en materia de informaci\u00f3n tributaria entre pa\u00edses.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Hay varios art\u00edculos de la ley que implican resolver situaciones en infracci\u00f3n que no implican &#8220;exteriorizar&#8221; bienes ocultos o no declarados. Un ejemplo es el art\u00edculo 38 considerado en la respuesta comentada, que habilita a cambiar la titularidad de inmuebles y bienes que en un principio se declararon a nombre de un &#8220;testaferro&#8221;, con el requisito de que sea residente argentino.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ello permite solucionar la situaci\u00f3n de quienes usaron sociedades del Uruguay, de Panam\u00e1, de Islas V\u00edrgenes (BVI), entre otras, que permit\u00edan aportar fondos para la compra de un inmueble, sin necesidad de transparentar el nombre de los aportantes de los fondos. Las sociedades de Uruguay tuvieron que cambiar el domicilio a la Argentina a partir de 2003 (cuando s\u00f3lo serv\u00edan para tener un inmueble en su patrimonio) y en consecuencia, fueron registradas en Argentina, declaradas a la AFIP, y sujetas a los impuestos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Extraer el inmueble de las sociedades cuesta pagar un impuesto del 5% sobre el valor de tasaci\u00f3n al 22\/7\/16. Ventajas: se evita pagar el 35% de Impuesto a las Ganancias el d\u00eda que se decida vender el inmueble, si hubiera estado en el balance de las sociedades, considerando que casi siempre el costo ser\u00e1 cercano a cero, por la antig\u00fcedad de la incorporaci\u00f3n. La desventaja es que a partir del 22\/7\/16, la ganancia de los alquileres (reales o presuntos si estuvieran ocupados) deber\u00e1n ser declarados por las personas humanas que los declaren en el blanqueo, en forma anual, y tributar el Impuesto a las Ganancias del 35 % o menor seg\u00fan la escala. Cierto es que en la generalidad de los casos los inmuebles en el exterior dan exiguas ganancias por los gastos y deducciones permitidas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tener en cuenta que los inmuebles que se usan para veraneo est\u00e1n gravados por su alquiler real o presunto, por lo cual tambi\u00e9n hay que considerar que pueden generar utilidades gravadas estando a nombre de las personas humanas que los blanqueen. Sin embargo, se pondera mejor ventaja tener la titularidad a t\u00edtulo personal que dejarlo dentro de la sociedad, en especial en dos situaciones: si se piensa vender o si el inmueble es la propia casa habitaci\u00f3n del socio o accionista, ya que elimina en el \u00faltimo caso el problema del impuesto sobre los alquileres presuntos mencionados, al ser ocupados por sus due\u00f1os.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Entonces, \u00a1a blanquear los inmuebles a nombre de los socios que queda poco tiempo para el final del 31\/3!<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se podr\u00e1 adherir aun cuando el titular del activo sea una sociedad en blanco que actu\u00f3 como testaferro. Luz verde para sumar m\u00e1s inscriptos &nbsp; &nbsp; &nbsp; Una consulta a la AFIP modific\u00f3 una respuesta anterior y permite ahora la declaraci\u00f3n en el blanqueo a nombre de los accionistas y socios de sociedades constituidas en la Argentina, de los inmuebles y otros bienes, cuando hayan sido declarados previamente por las sociedades u otro &#8220;testaferro&#8221; a la AFIP en los impuestos. La respuesta anterior que prohib\u00eda esta posibilidad (del 17\/10\/16) respond\u00eda&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":8090,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8089"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8089"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8089\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8091,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8089\/revisions\/8091"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8090"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8089"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8089"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8089"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}