{"id":80229,"date":"2021-12-02T14:50:59","date_gmt":"2021-12-02T17:50:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=80229"},"modified":"2021-12-02T14:50:59","modified_gmt":"2021-12-02T17:50:59","slug":"cuales-son-los-beneficios-que-afip-ofrece-a-monotributistas-y-contribuyentes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2021\/12\/02\/cuales-son-los-beneficios-que-afip-ofrece-a-monotributistas-y-contribuyentes\/","title":{"rendered":"Cu\u00e1les son los beneficios que AFIP ofrece a monotributistas y contribuyentes"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos mantiene en plena vigencia la moratoria para monotributistas que permite refinanciar las deudas con un plan de hasta 60 cuotas<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) extiende un conjunto de beneficios que tienen como finalidad facilitar y agilizar distintos tr\u00e1mites que realizan las y los contribuyentes.<\/p>\n<p>Se trata de tres herramientas que est\u00e1n previstas en tres resoluciones generales que ser\u00e1n publicadas el pr\u00f3ximo lunes, pero que ya est\u00e1n vigentes desde el a\u00f1o pasado en el marco de la emergencia sanitaria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Cu\u00e1les son los beneficios de AFIP<\/strong><\/p>\n<p><strong>Exclusiones monotributo<\/strong><\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General N\u00ba 5108 suspende hasta el 3 de enero de 2022 las exclusiones de oficio de monotributistas. Adem\u00e1s se establece que ning\u00fan monotributista ser\u00e1 dado de baja del r\u00e9gimen por falta de pago en diciembre de 2021.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Presentaciones Digitales<\/strong><\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General N\u00ba 5105 extiende hasta el 31 de diciembre la obligatoriedad del uso de la plataforma que permite a los contribuyentes realizar gestiones online sin necesidad de concurrir a una dependencia. Hay m\u00e1s de 90 tr\u00e1mites disponibles.<\/p>\n<p>El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo tr\u00e1mite, completar la informaci\u00f3n de uno anterior, visualizar en qu\u00e9 estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones. Inclusive permite a los ciudadanos acreditar la condici\u00f3n de apoderados o representantes legales de empresas. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electr\u00f3nico, registrado y confirmado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Datos Biom\u00e9tricos<\/strong><\/p>\n<p>Hasta el 31 de diciembre se renueva la vigencia de la excepci\u00f3n de registrar los datos biom\u00e9tricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Planes de Facilidades<\/strong><\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General N\u00ba 5106, por su parte, extiende los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades cr\u00edticas. La normativa, que busca asistir a las empresas afectadas por la pandemia, suspende hasta el 31 de enero de 2022 el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del promedio de ingresos mensuales de cada contribuyente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Monotributo: c\u00f3mo ingresar la deuda a la moratoria<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Ingresar con tu CUIT y clave fiscal.<\/li>\n<li>Buscar el servicio &#8220;Mis facilidades&#8221;.<\/li>\n<li>Seleccionar &#8220;Validaci\u00f3n de deuda&#8221;.<\/li>\n<li>Se desplegar\u00e1 una pantalla donde deber\u00e1s tildar las obligaciones que quieras incluir en el plan de pagos.<\/li>\n<li>Para incluir manualmente una deuda que no se encuentre detallada en los recuadros azules, seleccionar &#8220;Agregar Obligaci\u00f3n&#8221;. Se abrir\u00e1 una pantalla donde deber\u00e1s completar los campos requeridos en relaci\u00f3n a la deuda que agregas y luego seleccionar &#8220;Confirmar&#8221;.<\/li>\n<li>Si los datos son correctos, presionar &#8220;Confirmar y Generar Plan&#8221;<\/li>\n<li>Seleccionar la opci\u00f3n &#8220;Nuevo Plan&#8221;.<\/li>\n<li>Comenzar a cargar los datos del plan, empezando por la CBU de la cuenta de la que se debitar\u00e1n las cuotas.<\/li>\n<li>Deber seleccionar alguna de las opciones previamente cargadas en el servicio &#8220;Declaraci\u00f3n de CBU&#8221;.<\/li>\n<li>Una vez realizado presionar &#8220;Confirmar&#8221;.<\/li>\n<li>A continuaci\u00f3n, deber\u00e1s seleccionar la forma de pago del plan y presionar &#8220;Confirmar&#8221;.<\/li>\n<li>Modificar la cantidad de cuotas del plan y visualizar la fecha en que vencer\u00e1 cada una de ellas (en caso de ser necesario).<\/li>\n<li>Si el pago se realiza al contado, antes de enviar el plan, deber\u00e1s generar el VEP.<\/li>\n<li>Seleccionar la entidad a la cual lo enviar\u00e1s. Este paso quedar\u00e1 en estado &#8220;Pendiente&#8221; hasta que se acredite el pago y, una vez que se confirme, el plan se enviar\u00e1 autom\u00e1ticamente.<\/li>\n<li>Enviar el plan haciendo click en el bot\u00f3n rojo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Monotributo: cu\u00e1les son las claves para acceder a la moratoria<\/strong><\/p>\n<p>Los peque\u00f1os contribuyentes pueden regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de inter\u00e9s m\u00e1xima de 1,5%. Para ellos, los peque\u00f1os contribuyentes deber\u00e1n:<\/p>\n<ul>\n<li>Poseer domicilio fiscal electr\u00f3nico.<\/li>\n<li>Declarar en el servicio &#8220;Declaraci\u00f3n de CBU&#8221; de la p\u00e1gina web de la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitar\u00e1n los importes correspondientes para la cancelaci\u00f3n de cada una de las cuotas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 cantidad m\u00e1xima de cuotas y de tasa de inter\u00e9s tiene la moratoria 2021 para el Monotributo<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan se estableci\u00f3 por ley, los plazos m\u00e1ximos y la tasa de inter\u00e9s a aplicar para los planes de pagos sin penalidades ni multas depender\u00e1 de la categor\u00eda en la que se encuentre el monotributista.<\/p>\n<ul>\n<li>Categor\u00edas A, B, C y D tendr\u00e1n 60 cuotas, a 1,25% de tasa m\u00e1xima;<\/li>\n<li>Categor\u00edas E, F, G, H, I, J y K, as\u00ed como sujetos no inscriptos en el r\u00e9gimen simplificado: pueden acceder a 48 cuotas, al 1,5%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las cuotas a abonar ser\u00e1n mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumar\u00e1n los intereses financieros desde el d\u00eda de la consolidaci\u00f3n del plan hasta su vencimiento.<\/p>\n<p>Para evitar sorpresas desagradables al momento de hacer un pago es fundamental consultar los montos m\u00e1ximos y los disponibles. Los topes dependen de cada banco, del perfil de riesgo del cliente y del tipo de transacci\u00f3n.<\/p>\n<p>El monto de cada cuota deber\u00e1 ser igual o superior a 100 pesos. La fecha que se tendr\u00e1 en cuenta para calcular la consolidaci\u00f3n de la deuda ser\u00e1 la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesi\u00f3n. Las cuotas vencer\u00e1n el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las obligaciones espec\u00edficas del R\u00e9gimen Simplificado para Peque\u00f1os Contribuyentes devengadas al 30 de junio de 2021 (componente impositivo, aporte previsional, de obra social, infracciones por los conceptos precedentes) es posible reformular planes de pagos anteriores:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Planes puros<\/strong><\/p>\n<p>Se trata de planes de pagos vigentes vigentes al 22 de julio cuya deuda corresponde en su totalidad a conceptos del monotributo. Al reformular el plan y confirmarlo, implica que queda vigente el nuevo plan en los t\u00e9rminos de la moratoria para monotributistas en curso. Las cuotas del nuevo plan vencer\u00e1n a partir del d\u00eda 16 del mes siguiente de efectuada la reformulaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Planes mixtos<\/strong><\/p>\n<p>Se trata de planes de pagos vigentes al 22 de julio cuya deuda no corresponde en su totalidad a conceptos del monotributo. La confirmaci\u00f3n de la reformulaci\u00f3n significar\u00e1 la presentaci\u00f3n del nuevo plan de facilidades de pago en los t\u00e9rminos de la moratoria para monotributistas y la disminuci\u00f3n del valor de las cuotas del plan original. Este \u00faltimo conservar\u00e1 las condiciones que se otorgaron en su momento, con excepci\u00f3n del monto m\u00ednimo de cuota y sus cuotas mantendr\u00e1n los vencimientos originales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>C\u00f3mo acceder a la moratoria del Monotributo<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Ingresar con clave fiscal al servicio &#8220;Mis facilidades&#8221;.<\/li>\n<li>Ingresar en &#8220;Validaci\u00f3n de deuda&#8221;. All\u00ed se deber\u00e1 convalidar, modificar, incorporar y\/o eliminar la obligaci\u00f3n adeudada a regularizar. Luego &#8220;Confirmar y generar plan&#8221;.<\/li>\n<li>Elegir el plan &#8220;R\u00e9gimen de regularizaci\u00f3n de deudas para peque\u00f1os contribuyentes&#8221;.<\/li>\n<li>Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual debe encontrarse previamente informada.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podr\u00e1 ser:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Plan de Facilidades de Pago: deber\u00e1 elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesi\u00f3n.<\/li>\n<li>Pago al contado: se generar\u00e1 un VEP que tendr\u00e1 validez hasta la hora 24 del d\u00eda de su generaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Confirmar el env\u00edo del plan. El sistema generar\u00e1 el formulario de declaraci\u00f3n jurada n\u00famero 1003 junto con el acuse de recibo de la presentaci\u00f3n realizada<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>C\u00f3mo adherir el servicio \u201cMis Facilidades\u201d de AFIP para acceder a la moratoria y otros tr\u00e1mites fiscales<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Ingresar con clave fiscal al &#8220;Administrador de relaciones de clave fiscal&#8221;.<\/li>\n<li>En la opci\u00f3n &#8220;Adherir servicios&#8221;, seleccionar el logo de la AFIP y luego &#8220;Servicios interactivos&#8221;.<\/li>\n<li>En el listado que se desplegar\u00e1, buscar &#8220;Mis facilidades&#8221; y confirmar el alta.<\/li>\n<li>Por \u00faltimo, deber\u00e1n cerrar la sesi\u00f3n y volver a acceder con clave fiscal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Reintegro del Monotributo: c\u00f3mo cobrarlo<\/strong><\/p>\n<p>Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma 9 meses las obligaciones mensuales acceder\u00e1n al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este a\u00f1o.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) facilita las condiciones para acceder al beneficio previsto para los peque\u00f1os contribuyentes que cancelan el monotributo a trav\u00e9s de d\u00e9bito directo de cuenta bancaria o tarjeta de cr\u00e9dito. La medida reduce, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del a\u00f1o la condici\u00f3n para percibir el reintegro.<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General 5100 garantiza que los monotributistas puedan gozar del beneficio del reintegro que se efectivizar\u00e1 el pr\u00f3ximo a\u00f1o.<\/p>\n<p>El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos 9 meses ser\u00e1 acreditado autom\u00e1ticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de cr\u00e9dito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.<\/p>\n<p>Este a\u00f1o la AFIP reintegr\u00f3 m\u00e1s de $973 millones a m\u00e1s de 484 mil peque\u00f1os contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por d\u00e9bito autom\u00e1tico o tarjeta de cr\u00e9dito. El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para los monotributistas como los Cr\u00e9ditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos mantiene en plena vigencia la moratoria para monotributistas que permite refinanciar las deudas con un plan de hasta 60 cuotas &nbsp; &nbsp; La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) extiende un conjunto de beneficios que tienen como finalidad facilitar y agilizar distintos tr\u00e1mites que realizan las y los contribuyentes. 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