{"id":79507,"date":"2021-11-10T14:58:43","date_gmt":"2021-11-10T17:58:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=79507"},"modified":"2021-11-10T14:58:43","modified_gmt":"2021-11-10T17:58:43","slug":"veda-electoral-cuando-comienza-y-que-no-se-pueden-hacer-hasta-el-domingo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2021\/11\/10\/veda-electoral-cuando-comienza-y-que-no-se-pueden-hacer-hasta-el-domingo\/","title":{"rendered":"Veda electoral: cu\u00e1ndo comienza y qu\u00e9 no se pueden hacer hasta el domingo"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Las restricciones empiezan el viernes 12 de noviembre a las 8:00 y se extienden hasta tres horas despu\u00e9s de cerradas las mesas de votaci\u00f3n, a las 21:00. Qu\u00e9 se puede hacer y qu\u00e9 no<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La veda electoral por las Elecciones generales 2021, en donde los ciudadanos elegir\u00e1n diputados y senadores nacionales, comenzar\u00e1 a partir del viernes 12 de noviembre a las 8:00, a 48 horas del inicio de los comicios, y finalizar\u00e1 hasta tres horas despu\u00e9s de fin de la votaci\u00f3n, a las 21:00 del domingo 14.<\/p>\n<p>De acuerdo con el art\u00edculo 64 bis del C\u00f3digo Nacional Electoral, la campa\u00f1a electoral &#8220;finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios&#8221;, y hasta tres horas luego del cese de la votaci\u00f3n habr\u00e1 restricciones en ciertas actividades, como por ejemplo la venta de bebidas alcoh\u00f3licas, que a partir de las 20:00 del s\u00e1bado estar\u00e1 prohibida.<\/p>\n<p>Sin embargo, vale resaltar que a partir de las 21:00 del domingo, luego de tres horas del cierre de los comicios, volver\u00e1 a habilitarse su comercializaci\u00f3n, por lo que ser\u00e1n solo 25 horas las que los comercios no podr\u00e1n vender bebidas alcoh\u00f3licas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 no se puede hacer durante la veda electoral<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Est\u00e1 terminantemente prohibido entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.<\/li>\n<li>Queda expresamente prohibido durante todo el domingo y hasta tres horas despu\u00e9s de finalizado el proceso electoral la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos masivos, independientemente del \u00e1mbito en el que sean. La medida incluye espect\u00e1culos al aire libre, fiestas teatrales, eventos deportivos y cualquier reuni\u00f3n p\u00fablica que no refiera al acto electoral.<\/li>\n<li>Est\u00e1 penada por ley la portaci\u00f3n de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el d\u00eda de la elecci\u00f3n, doce horas antes y tres horas despu\u00e9s de finalizada la votaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podr\u00e1 disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracci\u00f3n a lo dispuesto precedentemente.<\/li>\n<li>Tampoco se podr\u00e1n publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elecci\u00f3n durante la realizaci\u00f3n del comicio y hasta tres horas luego de su cierre.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La venta de bebidas alcoh\u00f3licas estar\u00e1 prohibida a partir de las 20 horas del s\u00e1bado (debe prohibirse 12 horas antes de la apertura de urnas) y hasta tres horas luego de finalizada la votaci\u00f3n (a las 21).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 pasa si no cumplo con la veda<\/strong><\/p>\n<p>Quienes no cumplan con la veda la veda podr\u00e1n ser denunciadas y sancionadas en la Justicia, si se comprueba la violaci\u00f3n efectiva del C\u00f3digo Electoral. Por ejemplo, seg\u00fan establece la Justicia Nacional Electoral, aquellos negocios que se dediquen \u00fanicamente a comercializar bebidas alcoh\u00f3licas deber\u00e1n mantenerse cerrados hasta las 21:00 del domingo 14, dado que, en el caso de infringir la norma, el comerciante podr\u00eda enfrentar una pena de prisi\u00f3n de entre 15 d\u00edas a seis meses.<\/p>\n<p>Esa norma reprime a su vez, en el art\u00edculo 131, con la misma pena de 15 d\u00edas a 6 meses de prisi\u00f3n al \u201cempresario u organizador de espect\u00e1culos p\u00fablicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto\u201d de prohibici\u00f3n por la autoridad electoral. Adem\u00e1s, el CNE establece que aquellos que no respeten la veda electoral perder\u00e1n el derecho a recibir contribuciones, subsidios y cualquier otro recurso de financiamiento p\u00fablico anual, por entre uno y cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<p>Por otro lado, la pena prevista para quien \u201ccon enga\u00f1os indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo\u201d es de 2 meses a 2 a\u00f1os de c\u00e1rcel. Adem\u00e1s, quien \u201cutilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio\u201d se lo castigar\u00e1 con hasta 3 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, se les podr\u00e1 cobrar a los ciudadanos una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los l\u00edmites de emisi\u00f3n y publicaci\u00f3n de avisos publicitarios en los medios de comunicaci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n a aquellos que realicen actos de campa\u00f1a fuera del plazo establecido para ese fin.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las restricciones empiezan el viernes 12 de noviembre a las 8:00 y se extienden hasta tres horas despu\u00e9s de cerradas las mesas de votaci\u00f3n, a las 21:00. 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