{"id":76403,"date":"2021-08-11T13:07:55","date_gmt":"2021-08-11T16:07:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=76403"},"modified":"2021-08-11T13:07:55","modified_gmt":"2021-08-11T16:07:55","slug":"coronavirus-cuales-son-las-nuevas-medidas-que-rigen-en-la-provincia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2021\/08\/11\/coronavirus-cuales-son-las-nuevas-medidas-que-rigen-en-la-provincia\/","title":{"rendered":"Coronavirus: Cu\u00e1les son las nuevas medidas que rigen en la provincia"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El nuevo decreto emitido por el Gobierno de Entre R\u00edos ampl\u00eda el horario de circulaci\u00f3n y de la actividad gastron\u00f3mica. Tambi\u00e9n se permiten las reuniones sociales en domicilios<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Este martes el gobierno de la provincia emiti\u00f3 el decreto 2141, tras la publicaci\u00f3n del DNU 494\/21, y luego de 11 semanas de disminuci\u00f3n de los contagios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Cu\u00e1les son las nuevas medidas<\/strong><\/p>\n<p><strong>Restricci\u00f3n a la circulaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>La circulaci\u00f3n quedar\u00e1 restringida entre las 02 y las 06 horas de cada d\u00eda, quedando exceptuadas aquellas personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el art\u00edculo 11 del DNU 125\/21 PEN y art\u00edculo 12 del DNU 494\/21 PEN.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Reuniones sociales<\/strong><\/p>\n<p>Se permiten las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta diez personas. Si la vivienda cuenta con espacio al aire libre y la reuni\u00f3n se realiza en ese lugar, pueden asistir hasta 20 personas.<\/p>\n<p>Se habilitan, tambi\u00e9n, las actividades y reuniones sociales en espacios p\u00fablicos al aire libre, hasta un m\u00e1ximo de cien personas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actividades en espacios cerrados<\/strong><\/p>\n<p>Se establece que el coeficiente de ocupaci\u00f3n de las superficies cerradas de comercios, industrias, teatros, centros y salas culturales, cines, salas de juegos y entretenimiento, templos e iglesias, gimnasios, bares y restaurantes, se reduce a un m\u00e1ximo del setenta por ciento (70%) del aforo, en relaci\u00f3n con la capacidad m\u00e1xima habilitada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Gastronom\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>La actividad gastron\u00f3mica podr\u00e1 funcionar entre las seis horas y la una y treinta horas del d\u00eda siguiente. En este marco, se permiten los eventos gastron\u00f3micos en salones de eventos o similares, con una ocupaci\u00f3n m\u00e1xima de hasta el setenta por ciento de capacidad en espacios cerrados.<\/p>\n<p>Se aclara que en todos los casos, los organizadores deber\u00e1n hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actividades deportivas<\/strong><\/p>\n<p>Se permite el entrenamiento, pr\u00e1ctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines, la cual podr\u00e1 funcionar entre las seis y las 00 horas de cada d\u00eda.<\/p>\n<p>Asimismo, en los espacios cerrados, el coeficiente de ocupaci\u00f3n podr\u00e1 ser de hasta un cuarenta por ciento con espectadores, siempre y cuando no se superen las doscientas personas. En espacios abiertos al aire libre, en cambio, el aforo m\u00e1ximo permitido ser\u00e1 del setenta por ciento del lugar habilitado y con un tope m\u00e1ximo de 400 personas para eventos deportivos locales y provinciales; y un m\u00e1ximo de mil personas para competencias oficiales nacionales.<\/p>\n<p>En todos los casos, los organizadores deber\u00e1n hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Eventos culturales y musicales<\/strong><\/p>\n<p>Se permiten los eventos culturales y musicales al aire libre de hasta un m\u00e1ximo de asistencia de mil personas, siempre y cuando el predio donde se realice el espect\u00e1culo tenga las dimensiones suficientes para garantizar el distanciamiento entre los concurrentes.<\/p>\n<p>En este marco, la actividad cultural podr\u00e1 funcionar entre las seis y las 00 horas de cada d\u00eda.<\/p>\n<p>En todos los casos, los organizadores deber\u00e1n hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actividades religiosas<\/strong><\/p>\n<p>La actividad de celebraciones religiosas podr\u00e1 desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las seis y las 23\u00a0 horas de cada d\u00eda.<\/p>\n<p>En el decreto se aclara que los presidentes municipales y comunales, en atenci\u00f3n a las condiciones epidemiol\u00f3gicas y sanitarias de cada jurisdicci\u00f3n, podr\u00e1n disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales a las previstas en la presente norma y las complementarias, siempre y cuando sean de su competencia.<\/p>\n<p>La actividad y los inmuebles que se utilicen para las actividades gastron\u00f3micas, culturales, deportivas, comerciales y religiosas deber\u00e1n contar con la habilitaci\u00f3n municipal o comunal, quienes tendr\u00e1n a su cargo la verificaci\u00f3n y control del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboraci\u00f3n de los gobiernos provincial y nacional.<\/p>\n<p>Se faculta a los ministros y secretarios de Estado a dictar las normas y los actos administrativos reglamentarios, aclaratorios y\/o complementarios inherentes a la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n en cada caso concreto del Decreto de Necesidad y Urgencia N\u00b0 494\/21 del Poder Ejecutivo Nacional.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El nuevo decreto emitido por el Gobierno de Entre R\u00edos ampl\u00eda el horario de circulaci\u00f3n y de la actividad gastron\u00f3mica. Tambi\u00e9n se permiten las reuniones sociales en domicilios &nbsp; &nbsp; Este martes el gobierno de la provincia emiti\u00f3 el decreto 2141, tras la publicaci\u00f3n del DNU 494\/21, y luego de 11 semanas de disminuci\u00f3n de los contagios. &nbsp; Cu\u00e1les son las nuevas medidas Restricci\u00f3n a la circulaci\u00f3n La circulaci\u00f3n quedar\u00e1 restringida entre las 02 y las 06 horas de cada d\u00eda, quedando exceptuadas aquellas personas afectadas a las situaciones, actividades&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":76404,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[9],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/76403"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=76403"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/76403\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":76405,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/76403\/revisions\/76405"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/76404"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=76403"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=76403"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=76403"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}