{"id":75752,"date":"2021-07-22T12:52:07","date_gmt":"2021-07-22T15:52:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=75752"},"modified":"2021-07-22T12:52:07","modified_gmt":"2021-07-22T15:52:07","slug":"el-gobierno-provincial-dispuso-nuevas-medidas-por-la-pandemia-de-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2021\/07\/22\/el-gobierno-provincial-dispuso-nuevas-medidas-por-la-pandemia-de-covid-19\/","title":{"rendered":"El gobierno provincial dispuso nuevas medidas por la pandemia de covid 19"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>En consonancia con la flexibilizaci\u00f3n de varias actividades dispuesta por Naci\u00f3n a ra\u00edz de la pandemia de covid 19, el gobierno provincial dio a conocer nuevas medidas en lo que respecta a reuniones sociales, actividades gastron\u00f3micas y culturales, cultos y deportes<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El gobierno nacional oficializ\u00f3 los nuevos par\u00e1metros del denominado sem\u00e1foro epidemiol\u00f3gico que rige para todo el pa\u00eds con el fin de controlar el avance del coronavirus y flexibiliz\u00f3 varias actividades. En ese marco, el gobierno provincial dispuso las siguientes medidas:<\/p>\n<ul>\n<li>La restricci\u00f3n de circulaci\u00f3n para las personas se mantiene entre las cero (0) horas y las seis (6) horas de cada d\u00eda, pero con una tolerancia de 30 minutos. Quedan exceptuadas de esta medida de restricci\u00f3n a la circulaci\u00f3n nocturna, aquellas personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el art\u00edculo 11 del DNU 125\/21 PEN y art\u00edculo 20 del DNU 287\/21 PEN.<\/li>\n<li>Se permiten reuniones sociales en domicilios particulares, hasta un m\u00e1ximo de diez (10) personas, como as\u00ed tambi\u00e9n en espacios p\u00fablicos al aire libre, hasta un m\u00e1ximo de cincuenta (50) personas.<\/li>\n<li>La actividad gastron\u00f3mica (restaurantes, bares, etc.) podr\u00e1 funcionar entre las seis (6) horas y las veinticuatro (24) horas de cada d\u00eda, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupaci\u00f3n de las superficies cerradas de los locales gastron\u00f3micos se reduce a un m\u00e1ximo del 50 por ciento del aforo, en relaci\u00f3n con la capacidad m\u00e1xima habilitada.<\/li>\n<li>En materia de deportes, se permite entrenamiento, pr\u00e1ctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines, con un tope m\u00e1ximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos; a excepci\u00f3n de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de n\u00famero de competidores superior.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El coeficiente de ocupaci\u00f3n de las superficies cerradas de gimnasios se reduce a un m\u00e1ximo del 50 por ciento del aforo, en relaci\u00f3n con la capacidad m\u00e1xima habilitada.<\/p>\n<p>La actividad deportiva podr\u00e1 desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23hs de cada d\u00eda, sin la presencia de p\u00fablico espectador.<\/p>\n<ul>\n<li>En lo que respecta a cultura, se permite la realizaci\u00f3n de talleres art\u00edsticos y academias de danzas con un tope m\u00e1ximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El coeficiente de ocupaci\u00f3n de las superficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines, se reduce a un m\u00e1ximo del 50 por ciento del aforo, en relaci\u00f3n con la capacidad m\u00e1xima habilitada.<\/p>\n<p>Las actividades culturales podr\u00e1n desarrollarse entre las 6 y 23 hs de cada d\u00eda.<\/p>\n<p>En referencia a los cultos, las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial quedan habilitadas con un aforo del 50 por ciento, en relaci\u00f3n a la capacidad m\u00e1xima habilitada.<\/p>\n<p>La actividad podr\u00e1 desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22 hs de cada d\u00eda.<\/p>\n<ul>\n<li>Los presidentes municipales y comunales, en atenci\u00f3n a las condiciones epidemiol\u00f3gicas y sanitarias de cada jurisdicci\u00f3n, podr\u00e1n disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.<\/li>\n<li>La actividad y los inmuebles que se utilicen para las actividades gastron\u00f3micas, culturales, deportivas, comerciales y religiosas deber\u00e1n contar con la habilitaci\u00f3n municipal o comunal, quienes tendr\u00e1n a su cargo la verificaci\u00f3n y control del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboraci\u00f3n de los gobiernos provincial y nacional.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En consonancia con la flexibilizaci\u00f3n de varias actividades dispuesta por Naci\u00f3n a ra\u00edz de la pandemia de covid 19, el gobierno provincial dio a conocer nuevas medidas en lo que respecta a reuniones sociales, actividades gastron\u00f3micas y culturales, cultos y deportes &nbsp; &nbsp; El gobierno nacional oficializ\u00f3 los nuevos par\u00e1metros del denominado sem\u00e1foro epidemiol\u00f3gico que rige para todo el pa\u00eds con el fin de controlar el avance del coronavirus y flexibiliz\u00f3 varias actividades. 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