{"id":75414,"date":"2021-07-07T12:59:29","date_gmt":"2021-07-07T15:59:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=75414"},"modified":"2021-07-07T12:59:29","modified_gmt":"2021-07-07T15:59:29","slug":"cuanto-cobraran-quienes-trabajen-en-las-proximas-elecciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2021\/07\/07\/cuanto-cobraran-quienes-trabajen-en-las-proximas-elecciones\/","title":{"rendered":"Cu\u00e1nto cobrar\u00e1n quienes trabajen en las pr\u00f3ximas elecciones"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Gobierno nacional public\u00f3 la Resoluci\u00f3n en la cual se establecen los montos a cobrar para todos aquellos que trabajen en las pr\u00f3ximas elecciones<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Gobierno nacional, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 108\/2021, publicada este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial, con la firma del ministro del Interior, Eduardo &#8220;Wado&#8221; de Pedro, cu\u00e1nto cobrar\u00e1n cada una de las personas que trabajen en las elecciones de medio t\u00e9rmino que se vienen.<\/p>\n<p>Los pagos ser\u00e1n en conceptos de vi\u00e1ticos y por \u00fanica vez. Despu\u00e9s del a\u00f1o no ha derecho a reclamo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Cu\u00e1nto y qui\u00e9nes cobrar\u00e1n los vi\u00e1ticos de las elecciones<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>F\u00edjase en PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500.-) por elecci\u00f3n, la suma que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico, los ciudadanos y las ciudadanas que se desempe\u00f1en como autoridades de mesa, y cumplan efectivamente tal funci\u00f3n, en las elecciones primarias, abiertas, simult\u00e1neas y obligatorias y en las elecciones nacionales a celebrarse durante el a\u00f1o 2021.<\/li>\n<li>F\u00edjase en PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) por elecci\u00f3n, la suma que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico, los ciudadanos y las ciudadanas mencionados en el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente medida, que efectivamente hayan participado de las actividades de capacitaci\u00f3n reconocidas por la Justicia Nacional Electoral, en forma previa a las elecciones primarias, abiertas, simult\u00e1neas y obligatorias y a las elecciones nacionales a celebrarse durante el a\u00f1o 2021.<\/li>\n<li>F\u00edjase en la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 4.500.-) por elecci\u00f3n, la suma que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico, los ciudadanos y las ciudadanas que sean designados por la Justicia Nacional Electoral como delegados y delegadas en los locales de votaci\u00f3n, y cumplan efectivamente tal funci\u00f3n, en las elecciones primarias, abiertas, simult\u00e1neas y obligatorias y en las elecciones nacionales a celebrarse durante el a\u00f1o 2021.<\/li>\n<li>F\u00edjase en PESOS UN MIL SETECIENTOS ($ 1.700.-) por elecci\u00f3n, la suma que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico, los delegados y las delegadas judiciales que efectivamente den cumplimiento a la remisi\u00f3n de reportes de eventos, incidencias o datos adicionales solicitados por la C\u00c1MARA NACIONAL ELECTORAL o en los sistemas que se implementen por la justicia electoral de distrito y sean expresamente autorizados por esta en las elecciones primarias, abiertas, simult\u00e1neas y obligatorias y en las elecciones nacionales a celebrarse durante el a\u00f1o 2021.<\/li>\n<li>Fijase en PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 6.200.-) por elecci\u00f3n, la suma que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico y capacitaci\u00f3n, los delegados tecnol\u00f3gicos y las delegadas tecnol\u00f3gicas de la Justicia Nacional Electoral, en los establecimientos de votaci\u00f3n en los que se lleve a cabo la verificaci\u00f3n de la identidad de los electores mediante herramientas de identificaci\u00f3n biom\u00e9trica, y cumplan efectivamente tal funci\u00f3n, en las elecciones primarias, abiertas, simult\u00e1neas y obligatorias y en las elecciones nacionales a celebrarse durante el a\u00f1o 2021.<\/li>\n<li>Establ\u00e9cese que los vi\u00e1ticos asignados corresponden al efectivo ejercicio de la funci\u00f3n. Si por alguna raz\u00f3n un ciudadano o una ciudadana no pudiera desempe\u00f1arse como autoridad de mesa en alguna de las elecciones se le abonar\u00e1 la parte proporcional de la suma que le corresponda.<\/li>\n<li>Establ\u00e9cese que la Justicia Nacional Electoral verificar\u00e1 el cumplimiento de las funciones establecidas en el C\u00f3digo Electoral Nacional, aprobado por la Ley N\u00b0 19.945 (t.o. por el Decreto N\u00b0 2135\/83) y sus modificatorias y las condiciones establecidas en las Acordadas Extraordinarias Nros. 86 de fecha 27 de julio de 2011 y 18 de fecha 12 de marzo de 2013, ambas de la C\u00c1MARA NACIONAL ELECTORAL, e informar\u00e1 al CORREO OFICIAL DE LA REP\u00daBLICA ARGENTINA S.A. la n\u00f3mina de personas con derecho a percibir las compensaciones establecidas en esta medida, con indicaci\u00f3n del n\u00famero de mesa en que se desempe\u00f1aron.<\/li>\n<li>Fac\u00faltase a la Direcci\u00f3n Nacional Electoral a liquidar las sumas indicadas en los art\u00edculos 1\u00b0 a 5\u00b0 de la presente medida a los ciudadanos y las ciudadanas con derecho a percibirlas, para su pago con posterioridad a cada elecci\u00f3n.<\/li>\n<li>Establ\u00e9cese que, previa consulta por parte de la Direcci\u00f3n Nacional Electoral a la Justicia Nacional Electoral, se podr\u00e1 optar por la utilizaci\u00f3n de los servicios financieros del CORREO OFICIAL DE LA REP\u00daBLICA ARGENTINA S.A. o por la transferencia de las sumas correspondientes a las Secretar\u00edas Electorales, a los fines del efectivo pago de los vi\u00e1ticos liquidados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los ciudadanos y las ciudadanas con derecho a percibir los vi\u00e1ticos liquidados en su favor deber\u00e1n concurrir al lugar y en la forma que oportunamente se indiquen con Documento Nacional de Identidad. Pasados DOCE (12) meses de la fecha de la elecci\u00f3n nacional del a\u00f1o 2021, prescribir\u00e1 su derecho a la percepci\u00f3n de los mismos<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno nacional public\u00f3 la Resoluci\u00f3n en la cual se establecen los montos a cobrar para todos aquellos que trabajen en las pr\u00f3ximas elecciones &nbsp; &nbsp; El Gobierno nacional, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 108\/2021, publicada este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial, con la firma del ministro del Interior, Eduardo &#8220;Wado&#8221; de Pedro, cu\u00e1nto cobrar\u00e1n cada una de las personas que trabajen en las elecciones de medio t\u00e9rmino que se vienen. Los pagos ser\u00e1n en conceptos de vi\u00e1ticos y por \u00fanica vez. 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