{"id":69549,"date":"2020-11-30T10:48:31","date_gmt":"2020-11-30T13:48:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=69549"},"modified":"2020-12-02T21:22:14","modified_gmt":"2020-12-03T00:22:14","slug":"rige-el-dispo-en-todo-el-pais-que-actividades-continuan-prohibidas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2020\/11\/30\/rige-el-dispo-en-todo-el-pais-que-actividades-continuan-prohibidas\/","title":{"rendered":"Rige el Dispo en todo el pa\u00eds: qu\u00e9 actividades contin\u00faan prohibidas"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Dos ciudades contin\u00faan con medidas sanitarias m\u00e1s restringidas. Qu\u00e9 diferencia hay entre ASPO y DISPO<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Gobierno dispuso este lunes la vigencia del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) en todo el pa\u00eds salvo en los aglomerados de Bariloche y Dina Huapi (R\u00edo Negro) y Puerto Deseado (Santa Cruz), que contin\u00faan en la fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). Esta nueva etapa de la cuarentena continuar\u00e1 hasta el 20 de diciembre.<\/p>\n<p>Las autoridades nacionales entienden que todos los sistemas de salud, excepto los de las ciudades sure\u00f1as exceptuadas, cuentan con la &#8220;capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria\u201d y no est\u00e1n definidos como poseedores de transmisi\u00f3n comunitaria del coronavirus (Covid-19).<\/p>\n<p>De esta manera, se faculta a las provincias y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires a dictar \u201cnormas reglamentarias para limitar la circulaci\u00f3n\u201d en el caso de que la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica as\u00ed lo amerita.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actividades que se mantienen prohibidas durante el Distanciamiento Social<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de m\u00e1s de VEINTE (20) personas en espacios cerrados. La misma limitaci\u00f3n regir\u00e1 en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso p\u00fablico y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.<\/li>\n<li>La infracci\u00f3n a esta norma deber\u00e1 ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los art\u00edculos 205 y 239 del C\u00f3digo Penal de la Naci\u00f3n.<\/li>\n<li>Realizaci\u00f3n de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios p\u00fablicos al aire libre con concurrencia mayor a CIEN (100) personas.<\/li>\n<li>Pr\u00e1ctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen m\u00e1s de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento m\u00ednimo de DOS (2) metros entre los y las participantes.<\/li>\n<li>En el aglomerado del AMBA no podr\u00e1n realizarse pr\u00e1cticas deportivas en espacios cerrados, cualquiera sea el n\u00famero de concurrentes.<\/li>\n<li>Cines, teatros, clubes y centros culturales.<\/li>\n<li>Servicio p\u00fablico de transporte urbano de pasajeros en el Aglomerado del AMBA. En dicho aglomerado, conforme se define en el art\u00edculo 3\u00b0 del presente, el servicio p\u00fablico de transporte urbano de pasajeros solo podr\u00e1 ser utilizado por las personas alcanzadas por las actividades, servicios y situaciones comprendidos en el art\u00edculo 11 del presente o en aquellos supuestos en los cuales expresamente se hubiera autorizado su uso, as\u00ed como para las personas que deban asistir a la realizaci\u00f3n de tratamientos m\u00e9dicos y sus acompa\u00f1antes. En este caso, las personas deber\u00e1n portar el &#8220;Certificado \u00danico Habilitante para Circulaci\u00f3n &#8211; Emergencia Covid- 19&#8221; que las habilite a tal fin.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Aspo y Dispo: diferencias<\/strong><\/p>\n<p>Donde hay Dispo las personas pueden circular libremente respetando medidas como \u201cmantener entre ellas una distancia m\u00ednima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades\u201d.<\/p>\n<p>Las actividades que abrieron o las que se volver\u00e1n a habilitar deber\u00e1n adecuarse para garantizar el distanciamiento social. Est\u00e1n habilitadas las reuniones de hasta 10 personas, pero los lugares no pueden superar el 50% de su capacidad habilitada. Dentro de las actividades permitidas est\u00e1n:<\/p>\n<ul>\n<li>Reuniones sociales: de hasta de 10 personas en espacios p\u00fablicos o de acceso p\u00fablico al aire libre, con distancia de 2 metros y tapabocas<\/li>\n<li>Acompa\u00f1amiento de pacientes: durante la internaci\u00f3n, en sus \u00faltimos d\u00edas de vida, de los y las pacientes con diagn\u00f3stico confirmado de Covid-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento.<\/li>\n<li>Actividades deportivas y art\u00edsticas: en tanto se d\u00e9 cumplimiento a las reglas de conducta generales y siempre que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas.<\/li>\n<li>Espacios cerrados: se debe limitar la densidad de ocupaci\u00f3n de espacios (salas de reuni\u00f3n, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etc\u00e9tera) a una persona cada 2 metros cuadrados de espacio circulable; para ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En cambio, el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) es un r\u00e9gimen bajo el cual &#8220;las personas pueden \u00fanicamente desarrollar y circular a fin de realizar las actividades que han sido autorizadas, que abarcan tanto la provisi\u00f3n de productos y servicios esenciales y, actualmente, la realizaci\u00f3n de la mayor\u00eda de las actividades econ\u00f3micas y ciertas actividades sociales, deportivas recreativas&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>En esta fase, quedan prohibidas las siguientes actividades:<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Eventos p\u00fablicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra \u00edndole que impliquen la concurrencia de personas.<\/li>\n<li>Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio p\u00fablico o privado que implique la concurrencia de personas.<\/li>\n<li>Servicio p\u00fablico de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para las actividades esenciales y exceptuadas, o quienes tengan el Certificado \u00danico Habilitante.<\/li>\n<li>Turismo<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dos ciudades contin\u00faan con medidas sanitarias m\u00e1s restringidas. 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