{"id":69047,"date":"2020-10-30T12:51:35","date_gmt":"2020-10-30T15:51:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=69047"},"modified":"2020-10-30T12:51:35","modified_gmt":"2020-10-30T15:51:35","slug":"la-legistura-provincial-busca-abrir-una-investigacion-sobre-el-destino-de-las-tierras-del-ex-frigorifico-santa-elena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2020\/10\/30\/la-legistura-provincial-busca-abrir-una-investigacion-sobre-el-destino-de-las-tierras-del-ex-frigorifico-santa-elena\/","title":{"rendered":"La Legistura provincial busca abrir una investigaci\u00f3n sobre el destino de las tierras del ex Frigor\u00edfico Santa Elena"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El senador provincial Amilcar Genre Bert (Frente Creer \u2013 La Paz) present\u00f3 un proyecto de comunicaci\u00f3n en la C\u00e1mara solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre la totalidad de los documentos y archivos estatales acerca de la venta y\/o transmisi\u00f3n de las tierras de la estancia &#8220;El Quebracho&#8221; que pertenecieron al Frigor\u00edfico Santa Elena. Una parte de estas tierras fue vendida a la familia Etchevehere a comienzos de siglo y anexado por \u00e9stos al predio Casa Nueva, recientemente en disputa<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>El pedido del legislador oficialista conta de 15 puntos sobre los cuales requiere informaci\u00f3n:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Datos de Individualizaci\u00f3n que permitan conocer la situaci\u00f3n jur\u00eddica registral del\/los bien\/es inmueble\/s y su disponibilidad jur\u00eddica al momento de la venta o enajenaci\u00f3n: matr\u00edcula o tomo y folio en el que la propiedad estaba inscripta, numero de planos, extensi\u00f3n total de los bienes y desagregada por lotes seg\u00fan el caso, titularidad del inmueble (qui\u00e9n se encontraba registrado como propietario del\/los inmueble\/s) y la existencia de grav\u00e1menes o restricciones (embargos, hipotecas, etc.), especificando el origen de dicho\/s t\u00edtulo\/s (si es \u201cNotarial\u201d o \u201cJudicial\u201d), la fecha en que se otorg\u00f3 la escritura de compra o los datos del juzgado y car\u00e1tula del expediente en caso que sea de origen judicial, debiendo remitir copia de la escritura o testimonio del acto judicial expedida por el juzgado que intervino seg\u00fan el caso.<\/li>\n<li>Antecedentes jur\u00eddicos sobre el origen del dominio y t\u00edtulos justificativos de la propiedad sobre dichos bienes inmuebles.<\/li>\n<li>Superficie total de dichos inmuebles al momento de la venta o enajenaci\u00f3n o transmisi\u00f3n.<\/li>\n<li>Estado de Ocupaci\u00f3n del\/los inmueble\/s al tiempo de la venta, debiendo informar especialmente si se efectu\u00f3 alg\u00fan relevamiento a fin de determinar la situaci\u00f3n ocupacional de los lotes que se estaban por vender o transmitir a terceros.<\/li>\n<li>Situaci\u00f3n jur\u00eddica de la Escuela Provincial de Nivel Medio N\u00b0 151 Agro-t\u00e9cnica Paraje Quebracho respecto de la ocupaci\u00f3n de una fracci\u00f3n del\/los inmueble\/s al tiempo de la venta, con antecedentes de hecho y de derecho sobre la cual se apoy\u00f3 el despojo del establecimiento educativo de la posesi\u00f3n de dicho predio, estado de ocupaci\u00f3n y uso actual, y en general toda la informaci\u00f3n atinente para el eventual reconocimiento de los derechos de la instituci\u00f3n educativa sobre el predio que ocupaba al momento de la venta o enajenaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Procedimiento\/s administrativo\/s de venta o enajenaci\u00f3n o transmisi\u00f3n de dominio de dichos bienes (licitaci\u00f3n p\u00fablica, concurso de precios, contrataci\u00f3n directa, etc\u00e9tera).<\/li>\n<li>Instrumento\/s legal\/es expedido\/s con motivo de dicha venta o enajenaci\u00f3n o transmisi\u00f3n de dominio de dichos bienes, especificando el origen de dicho\/s t\u00edtulo\/s (si es \u201cNotarial\u201d o \u201cJudicial\u201d), la fecha en que se otorg\u00f3 la escritura de compra indicando si el\/los t\u00edtulo\/s de dominio fue\/ron otorgados por intermedio de la Escriban\u00eda Mayor de Gobierno o los datos del juzgado y car\u00e1tula del expediente en caso que sea de origen judicial, debiendo remitir copia de la escritura o testimonio del acto judicial expedida por el juzgado que intervino seg\u00fan el caso.<\/li>\n<li>Datos de identificaci\u00f3n de los compradores o adquirentes de dichos bienes (a nombre de qu\u00e9 personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas se efectu\u00f3 la transmisi\u00f3n del dominio o venta o adjudicaci\u00f3n)<\/li>\n<li>Cu\u00e1les fueron las condiciones o requisitos b\u00e1sicos exigidos a los sujetos beneficiados con la venta o adjudicaci\u00f3n de dichos bienes (capacidad, solvencia econ\u00f3mica y\/o financiera y\/o t\u00e9cnica, etc\u00e9tera)<\/li>\n<li>Informe la matr\u00edcula o tomo y folio en el que la propiedad est\u00e1 actualmente inscripta y a nombre de qui\u00e9n, tal como\u00a0 consta asentado en la base de datos y dem\u00e1s recursos internos de antecedentes registrales del Registro de la Propiedad Inmueble.<\/li>\n<li>Precio y Forma de Pago, especificando si los adquirentes o adjudicatarios o compradores abonaron el precio en los plazos y condiciones fijados contractualmente debiendo remitir los comprobantes que as\u00ed lo acrediten, como as\u00ed tambi\u00e9n si el contrato de compra venta o adjudicaci\u00f3n preve\u00eda alguna clausula en virtud de la cual quedaba autom\u00e1ticamente resuelto por falta de pago en tiempo y forma por el adjudicatario o adquirente.<\/li>\n<li>Si el contrato de compra venta o adjudicaci\u00f3n preve\u00eda alguna clausula en virtud de la cual quedaba autom\u00e1ticamente resuelto por incumplimiento de las obligaciones contra\u00eddas por el adjudicatario o adquirente o si el dominio transferido pod\u00eda ser revocado por incumplimiento de las obligaciones a cargo del comprador o adjudicatario, especialmente si se han pactado obligaciones y\/o condiciones y\/o cargos que los adquirentes hayan debido cumplimentar a partir de la celebraci\u00f3n del contrato de venta o adjudicaci\u00f3n (por ejemplo: inversiones, creaci\u00f3n de puestos de trabajo, mejoras en los predios, etc\u00e9tera), y en su caso especificar forma y plazo para cumplir con dichas obligaciones o condiciones.<\/li>\n<li>A cargo de qu\u00e9 organismo p\u00fablico se encontraba el control de legalidad del procedimiento de la venta o enajenaci\u00f3n o adjudicaci\u00f3n: a) en la fase preparatoria o previa o pre-contractual, b) en la fase constitutiva o de selecci\u00f3n del co-contratante previo a la formalizaci\u00f3n del contrato, c) en la emisi\u00f3n del acto final (acto o contrato o documento de venta o enajenaci\u00f3n), y d) en la fase integrativa de la eficacia, especialmente en orden al control del cumplimiento de las obligaciones y\/o cargos y\/o condiciones , debiendo acompa\u00f1ar toda la informaci\u00f3n, dict\u00e1menes y antecedentes presentados por el organismo de contralor en orden al control de legalidad referido, especialmente en torno al pago del precio y a la verificaci\u00f3n del cumplimiento de las obligaciones o condiciones o cargos impuestos a los adquirentes o adjudicatarios de los bienes.<\/li>\n<li>Si resulta procedente la declaraci\u00f3n de lesividad o la reversi\u00f3n o la revocaci\u00f3n de dominio por el Estado Provincial y dichos bienes reingresen al patrimonio estatal, en caso de que a trav\u00e9s de los servicios jur\u00eddicos de la Provincia de Entre R\u00edos se dictamine que se ha incurrido en violaci\u00f3n a la legalidad durante todas o algunas de las etapas del procedimiento de enajenaci\u00f3n o venta o adjudicaci\u00f3n de dichos bienes inmuebles o que el\/los comprador\/es o adquirente\/s o adjudicatario\/s hayan incurrido en incumplimiento de las obligaciones o cargos o condiciones de la venta o enajenaci\u00f3n, respectivamente.<\/li>\n<li>S\u00edrvase suministrar cualquier otra informaci\u00f3n vinculada al presente requerimiento y que resulte \u00fatil a los fines de poner en conocimiento de toda la sociedad de Santa Elena, de Entre R\u00edos y de todo el pa\u00eds, de qu\u00e9 forma la Provincia de Entre R\u00edos llev\u00f3 adelante la enajenaci\u00f3n a particulares de los bienes que pertenecieron al Frigor\u00edfico Santa Elena.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En las consideraciones de su presentaci\u00f3n, el senador pace\u00f1o aludi\u00f3 al reciente conflicto familiar por el predio y sostuvo: \u201cEstoy absolutamente convencido de que existe una situaci\u00f3n m\u00e1s profunda y compleja que subyace a dicho conflicto y que tiene que ver con la falta de transparencia con que esta propiedad que perteneciera al Frigor\u00edfico Santa Elena fue cedida o enajenada por el Estado Provincial a particulares y que hoy es el centro de esta escandalosa disputa.<\/p>\n<p>\u201cSi bien este conflicto -en principio- se habr\u00eda suscitado en un \u00e1mbito privado e intrafamiliar, lo relevante es que ha puesto en evidencia una cuesti\u00f3n de mayor gravedad institucional, que es la desprolijidad y falta de transparencia con que se ha llevado adelante la enajenaci\u00f3n o venta de estas tierras\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>La iniciativa fue remitida a las comisiones de Legislaci\u00f3n General y Producci\u00f3n para su tratamiento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El senador provincial Amilcar Genre Bert (Frente Creer \u2013 La Paz) present\u00f3 un proyecto de comunicaci\u00f3n en la C\u00e1mara solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre la totalidad de los documentos y archivos estatales acerca de la venta y\/o transmisi\u00f3n de las tierras de la estancia &#8220;El Quebracho&#8221; que pertenecieron al Frigor\u00edfico Santa Elena. 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