{"id":67947,"date":"2020-10-07T12:39:53","date_gmt":"2020-10-07T15:39:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=67947"},"modified":"2020-10-07T12:39:53","modified_gmt":"2020-10-07T15:39:53","slug":"la-justicia-le-puso-fin-al-amparo-de-jxc-y-avalo-el-trabajo-a-traves-de-sesiones-remotas-en-diputados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2020\/10\/07\/la-justicia-le-puso-fin-al-amparo-de-jxc-y-avalo-el-trabajo-a-traves-de-sesiones-remotas-en-diputados\/","title":{"rendered":"La Justicia le puso fin al amparo de JxC y aval\u00f3 el trabajo a trav\u00e9s de sesiones remotas en Diputados"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El juez Enrique Lavie Pico resolvi\u00f3 en contra de la b\u00fasqueda de legisladores del macrismo para bloquear al Poder Legislativo y que se declare nula la sesi\u00f3n en la que protestaron contra la modalidad virtual. As\u00ed, se ratifica el derecho de la C\u00e1mara baja a funcionar por teleconferencia. Ahora, los diputados que montaron el show judicial deber\u00e1n pagar las costas del proceso<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Finalmente, hubo racionalidad en la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal: se rechaz\u00f3 el ins\u00f3lito amparo que present\u00f3 el bloque de diputados de Juntos por el Cambio y as\u00ed qued\u00f3 validada la modalidad de sesiones remotas impulsada por el Frente de Todos.<\/p>\n<p>En concreto, el juez Enrique Lavi\u00e9 Pico, del Juzgado Contencioso Administrativo N\u00b01, expuso en su fallo de 23 p\u00e1ginas los motivos para rechazar la presentaci\u00f3n realizada por la oposici\u00f3n macrista y respald\u00f3 al oficialismo y a otros bloques que acompa\u00f1aron con su firma la renovaci\u00f3n del protocolo y dej\u00f3 v\u00eda libre para la realizaci\u00f3n de las sesiones bajo esta modalidad, s\u00f3lo en el contexto de pandemia.<\/p>\n<p>El amparo que rechaz\u00f3 Lavie Pico llevaba la firma de Mario Ra\u00fal Negri, Cristian Adri\u00e1n Ritondo, Maximiliano Carlos Francisco Ferraro, Pablo Gabriel Tonelli, Mariana Stilman y Alberto Gustavo Menna, es decir legisladores de los distintos socios de JxC, a quienes se conden\u00f3 a pagar los costos del proceso.<\/p>\n<p>\u201cNo corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votaci\u00f3n y decisi\u00f3n de cuestiones que son propias de los \u00f3rganos correspondientes; en el caso, lo dispuesto por la H. C\u00e1mara de Diputados de la Naci\u00f3n\u201d, dice el fallo que deneg\u00f3 el pedido de los diputados del macrismo, a quienes se conden\u00f3 a pagar las costas del proceso.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3: \u201cLa legitimaci\u00f3n de los accionantes, en su condici\u00f3n de diputados y diputadas, se encuentra desprovista de fundamentos, en la medida que \u2018no fueron privados de ejercer las atribuciones que les asisten como legisladores y, por el contrario, fueron ellos los que opusieron resistencia a desempe\u00f1arlas\u2019\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, indic\u00f3 que la convocatoria para el primer d\u00eda del mes pasado \u201cse emiti\u00f3 de conformidad con el art. 14 del Reglamento, que pone de manifiesto que la modalidad bajo la cual se convocaba a los legisladores sesionar era la telem\u00e1tica&#8221;.<\/p>\n<p>El magistrado cit\u00f3 como antecedente que en la sesi\u00f3n convocada para el 13 de mayo, de la misma manera, \u201clos actores no opusieron ning\u00fan reparo\u201d. Consider\u00f3, asimismo, que \u201clos accionantes pudieron libremente en el recinto emitir \u2018opiniones o discursos\u2019, ejerciendo plenamente sus derechos pol\u00edticos y, en definitiva, que el hecho de no haber votado se debi\u00f3 a su resistencia en acreditarse, y no a un impedimento que pueda ser objeto de reproche a esta parte, no existiendo por parte de la Presidencia de la HCDN vulneraci\u00f3n alguna a sus prerrogativas parlamentarias\u201d.<\/p>\n<p>El juez determin\u00f3 &#8220;la ausencia de un \u201ccaso\u201d o \u201ccausa\u201d contencioso susceptible de incitar el ejercicio jurisdiccional, representado por \u201cun avance injustificado sobre las facultades propias y exclusivas del Poder Legislativo, toda vez que no se ha acreditado en la especie un agravio inmediato o directo, sustancial o concreto, que justifique la intervenci\u00f3n del Poder Judicial\u201d. Y concluy\u00f3 que &#8220;la cuesti\u00f3n objeto de la pretensi\u00f3n de autos no es susceptible de ser abordada en sede judicial por pertenecer a la \u201czona de reserva legislativa\u201d.<\/p>\n<p>La intenci\u00f3n del macrismo era evitar el tratamiento de &#8220;temas sensibles&#8221; por la v\u00eda remota. Concretamente buscaban de esa forma frenar el debate de la reforma a la justicia federal y de la nueva f\u00f3rmula de movilidad jubilatoria, as\u00ed como el del aporte extraordinario de las grandes fortunas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez Enrique Lavie Pico resolvi\u00f3 en contra de la b\u00fasqueda de legisladores del macrismo para bloquear al Poder Legislativo y que se declare nula la sesi\u00f3n en la que protestaron contra la modalidad virtual. As\u00ed, se ratifica el derecho de la C\u00e1mara baja a funcionar por teleconferencia. Ahora, los diputados que montaron el show judicial deber\u00e1n pagar las costas del proceso &nbsp; &nbsp; Finalmente, hubo racionalidad en la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal: se rechaz\u00f3 el ins\u00f3lito amparo que present\u00f3 el bloque de diputados de Juntos por el&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":67948,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[18],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67947"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=67947"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67947\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":67949,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67947\/revisions\/67949"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/67948"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=67947"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=67947"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=67947"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}