{"id":6410,"date":"2016-12-23T11:25:47","date_gmt":"2016-12-23T14:25:47","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=6410"},"modified":"2016-12-23T11:25:47","modified_gmt":"2016-12-23T14:25:47","slug":"clave-los-ganadores-y-los-perdedores-de-la-nueva-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2016\/12\/23\/clave-los-ganadores-y-los-perdedores-de-la-nueva-ley\/","title":{"rendered":"Clave: los ganadores y los perdedores de la nueva ley"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Los aut\u00f3nomos, al tener deducciones menos significativas que asalariados, se perjudican por la insuficiente actualizaci\u00f3n de los tramos de las escalas. Violentos saltos al cambiar de r\u00e9gimen<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Un completo informe efectu\u00f3 el Instituto Argentino de An\u00e1lisis Fiscal (IARAF) sobre la reforma del Impuesto a las Ganancias recientemente aprobada en el Congreso. Dada la variedad de aspectos que incluy\u00f3 el proyecto finalmente sancionado, desde ese tributo hasta la creaci\u00f3n de nuevos, resulta necesario analizar la variedad de temas afectados y sus efectos en contribuyentes y en la propia AFIP, a cargo de Alberto Abad. Como sucede siempre, hay ganadores y perdedores de esta reforma. Tambi\u00e9n, se mantienen algunos vicios del sistema impositivo argentino.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>A continuaci\u00f3n, los puntos principales del estudio del IARAF: <\/strong><\/p>\n<p><strong>Ganancias <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>El cambio fundamental entre el nuevo proyecto y el originalmente impulsado por el Gobierno es que mientras el primero hac\u00eda foco en el ajuste de los tramos de escala, en el nuevo esquema las modificaciones en los tramos de escala ser\u00e1n mucho m\u00e1s moderados y, por el contrario, se producir\u00e1 un aumento mayor en los m\u00ednimos y deducciones. As\u00ed, mientras en el proyecto original el aumento en las deducciones era de s\u00f3lo el 15% en el caso de los solteros y un porcentaje menor en los casados por la eliminaci\u00f3n de la deducci\u00f3n de c\u00f3nyuge, en el nuevo proyecto se han estipulado incrementos en torno al 21,5%. Esta situaci\u00f3n provocar\u00e1 que no se vea incrementada, luego de los aumentos previsibles en las paritarias, la cantidad de empleados alcanzados por el tributo e incluso se pueda ver reducida.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Por el contrario, los tramos de escala que iban a experimentar un incremento, aunque gradual a lo largo de tres a\u00f1os, muy significativo en el proyecto original (el tramo para quedar alcanzado por la escala m\u00e1xima del impuesto se incrementaba en m\u00e1s del 700%), en el nuevo proyecto tendr\u00e1n una modificaci\u00f3n mucho m\u00e1s moderada (entre el 300% y el 167%). Esta decisi\u00f3n no es indiferente para los contribuyentes: a) Se ver\u00e1n beneficiados los trabajadores con salarios brutos de entre $30.000 y $37.000 en el caso de los casados con dos hijos y de $26.000 y $28.000 en el caso de los solteros que ahora quedar\u00e1n fuera del impuesto y en el proyecto original tributaban entre el 2% y 3% de su ingreso neto. b) Por el contrario, la mayor\u00eda de los trabajadores que quedan alcanzados por el impuesto experimentar\u00e1n (sobre todo en 2018 y 2019) una reducci\u00f3n de tasa efectiva menor con los nuevos par\u00e1metros fruto de un ajuste de los tramos de escala notoriamente menores.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>En este esquema los mayores perjudicados ser\u00e1n, una vez m\u00e1s, los trabajadores aut\u00f3nomos que, al tener deducciones mucho menos significativas que los empleados dependientes, se ven severamente afectados por la insuficiente actualizaci\u00f3n de los tramos de la escala. Se cree que el esquema planteado en el proyecto original, m\u00e1s all\u00e1 de ser quiz\u00e1s demasiado gradual y disponer un ajuste escaso en los valores de las deducciones, hac\u00eda foco en la verdadera causa de la distorsi\u00f3n que presenta este impuesto, el atraso en los tramos de la escala que genera un esquema tributario muy diferente al resto de los pa\u00edses y le quita gran parte de la progresividad que debe caracterizar al Impuesto a las Ganancias.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>La esencia del nuevo esquema implica una correcci\u00f3n de la distorsi\u00f3n que arrastra el Impuesto a las Ganancias de personas f\u00edsicas (empleados y fundamentalmente aut\u00f3nomos) mucho menor que la que se hubiera verificado al tercer a\u00f1o de aplicaci\u00f3n de los par\u00e1metros contemplados en el proyecto original, en un contexto de inflaci\u00f3n decreciente. Consideraciones adicionales: a) Un aspecto destacable del nuevo proyecto es que contempla la actualizaci\u00f3n anual autom\u00e1tica de los par\u00e1metros, algo que err\u00f3neamente no hab\u00eda sido considerado en el proyecto original. b) Tambi\u00e9n es positiva la anunciada modificaci\u00f3n en la forma de incluir el aguinaldo en la base imponible del impuesto, de manera tal que \u00e9ste no genere un salto en las retenciones del mes de su percepci\u00f3n. c) Por el contrario, la desgravaci\u00f3n total del valor suplementario de las horas extras prestadas en feriados y parcial del resto de \u00e9stas, genera tres situaciones negativas: 1) Abre una puerta a la elusi\u00f3n del tributo ya que empleador y empleado en connivencia pueden hacer pasar parte de la remuneraci\u00f3n como horas extras para eludir el impuesto. 2) Implica que contribuyentes con id\u00e9ntico nivel de ingresos puedan tener que pagar montos diferentes de impuesto, lo que es inequitativo. 3) Genera importantes dificultades administrativas para el c\u00e1lculo del impuesto.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Monotributo <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>El nuevo proyecto de modificaci\u00f3n de los par\u00e1metros de c\u00e1lculo del Impuesto a las Ganancias incluye la modificaci\u00f3n de los montos de facturaci\u00f3n de las diferentes categor\u00edas del r\u00e9gimen simplificado, situaci\u00f3n completamente necesaria. El proyecto contempla un beneficio adicional para los &#8220;monotributistas&#8221;, ya que para niveles similares de facturaci\u00f3n pagar\u00e1n un impuesto unificado inferior. As\u00ed, por ejemplo, la categor\u00eda &#8220;I&#8221; actual correspondiente a un nivel de facturaci\u00f3n tope de $400.000 anuales, est\u00e1 pagando un impuesto unificado mensual de $1.600, lo que representa el 5% de la facturaci\u00f3n anual. Este monto de facturaci\u00f3n pasar\u00eda a estar incluido en la categor\u00eda &#8220;F&#8221; que tributar\u00eda $963 mensuales, lo que representa el 3% de la facturaci\u00f3n. No parece muy justificable esta reducci\u00f3n de carga tributaria, m\u00e1xime considerando que el r\u00e9gimen simplificado implica un nivel de presi\u00f3n tributaria notoriamente inferior al que corresponde a un contribuyente del r\u00e9gimen general, para similares niveles de ingresos. Ser\u00eda muy recomendable para el sistema tributario en su conjunto que el pase del r\u00e9gimen simplificado al general no implique un salto tan notorio de la obligaci\u00f3n fiscal, dado que esta situaci\u00f3n produce una gran reticencia al cambio y genera un gran incentivo a la subfacturaci\u00f3n de las operaciones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Un monotributista de la nueva categor\u00eda &#8220;H&#8221; (facturaci\u00f3n anual tope $700.000) pagar\u00e1 un impuesto anual total de $33.600, lo que representa el 4,8% de su ingreso. Si ese contribuyente se pasa al r\u00e9gimen general por un peso adicional de facturaci\u00f3n, deber\u00e1 tributar en concepto de Impuesto a las Ganancias $109.500 si es casado con dos hijos o $143.500 si es soltero sin hijos. La reducci\u00f3n de este diferencial (incrementando algo la presi\u00f3n tributaria sobre monotributistas de categor\u00edas superiores y reduciendo la de los aut\u00f3nomos) es una distorsi\u00f3n que deber\u00e1 ser corregida para tener un sistema tributario razonable.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los aut\u00f3nomos, al tener deducciones menos significativas que asalariados, se perjudican por la insuficiente actualizaci\u00f3n de los tramos de las escalas. Violentos saltos al cambiar de r\u00e9gimen &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Un completo informe efectu\u00f3 el Instituto Argentino de An\u00e1lisis Fiscal (IARAF) sobre la reforma del Impuesto a las Ganancias recientemente aprobada en el Congreso. 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