{"id":64095,"date":"2020-07-14T12:28:38","date_gmt":"2020-07-14T15:28:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=64095"},"modified":"2020-07-30T16:03:40","modified_gmt":"2020-07-30T19:03:40","slug":"mas-entrerrianos-podran-acceder-a-creditos-tasa-0","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2020\/07\/14\/mas-entrerrianos-podran-acceder-a-creditos-tasa-0\/","title":{"rendered":"M\u00e1s entrerrianos podr\u00e1n acceder a cr\u00e9ditos tasa 0 %"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>A partir de las nuevas disposiciones de AFIP, se flexibilizan las condiciones para acceder a los pr\u00e9stamos destinados a monotributistas y aut\u00f3nomos. Adem\u00e1s, se extiende el plazo de inscripci\u00f3n hasta el 31 de julio<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dentro de las medidas recientemente anunciadas se establece la extensi\u00f3n de los per\u00edodos contemplados para evaluar la variaci\u00f3n en la facturaci\u00f3n y la existencia de ingresos por un trabajo en relaci\u00f3n de dependencia.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el Ministerio de Producci\u00f3n, Turismo y Desarrollo Econ\u00f3mico de la provincia, actualmente son 12.108 los entrerrianos beneficiarios del cr\u00e9dito a tasa 0%, lo cual representa un monto total de 1.474.863.421pesos en cr\u00e9ditos otorgados en cuenta bancaria. Con estas nuevas disposiciones se ampliar\u00e1 el universo posible de beneficiarios de esta l\u00ednea de financiamiento.<\/p>\n<p>El secretario de Desarrollo Econ\u00f3mico y Emprendedor del Ministerio de Producci\u00f3n, Pedro Gebhart, se\u00f1al\u00f3 que \u201ctal como nos encomend\u00f3 el ministro Juan Jos\u00e9 Bahillo, venimos brindando asesoramiento personalizado a quienes est\u00e9n interesados en acceder a este cr\u00e9dito, y estamos trabajando articuladamente con los municipios para que tambi\u00e9n puedan propiciar informaci\u00f3n a los profesionales, comerciantes, empresarios y emprendedores que lo requieran\u201d.<\/p>\n<p>Los cr\u00e9ditos consisten en una financiaci\u00f3n que se acredita en la tarjeta de cr\u00e9dito del beneficiario en tres desembolsos sucesivos e id\u00e9nticos. El monto de la financiaci\u00f3n no puede exceder el 25 por ciento del l\u00edmite superior de la categor\u00eda en que se encuentra inscripto el solicitante, con un l\u00edmite m\u00e1ximo de 150.000 pesos. Adem\u00e1s, el solicitante puede devolver el cr\u00e9dito en un m\u00ednimo de 12 cuotas y un m\u00e1ximo de 18, con 6 meses de gracia. Dicho cr\u00e9dito contempla un subsidio del 100 por ciento del CFT (Costo Financiero Total).<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Desarrollo Econ\u00f3mico recibe consultas a trav\u00e9s de la casilla de correo economicoemprendedorer@gmail.com o bien telef\u00f3nicamente (0343 &#8211; 4840356 \/ 4840964) de lunes a viernes de 8 a 13 horas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Nuevas disposiciones<\/strong><\/p>\n<p>Se incorporan al an\u00e1lisis los niveles de facturaci\u00f3n y existencia de ingresos por trabajo en relaci\u00f3n de dependencia: se suman ahora al c\u00e1lculo los meses de abril (mes completo), mayo y junio, de forma sucesiva y con posterioridad al an\u00e1lisis que se efectuaba con anterioridad, que consideraba \u00fanicamente la variaci\u00f3n de facturaci\u00f3n entre el 12 de marzo y 12 de abril de 2019 y mismo per\u00edodo de 2020 (para los monotributistas) y entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019 comparado al mismo per\u00edodo de 2020 (para los aut\u00f3nomos).<\/p>\n<p>En el mismo sentido, se actualizaron los datos sobre riesgo crediticio utilizados para reflejar las mejoras en la situaci\u00f3n de los contribuyentes, en tanto es requisito de los cr\u00e9ditos a tasa 0 % encontrarse en situaci\u00f3n crediticia 1 o 2.<\/p>\n<p>Para registrarse al cr\u00e9dito de tasa 0% se requiere contar con una Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electr\u00f3nico. El tr\u00e1mite se inicia en la p\u00e1gina web de la AFIP hasta el 31 de julio.<\/p>\n<p>Por otro lado, aquellas personas que no cuentan con una tarjeta de cr\u00e9dito deber\u00e1n indicar durante el tr\u00e1mite en la p\u00e1gina web de la AFIP, cu\u00e1l es el banco con el que operan habitualmente. De no contar con un banco, el sistema le solicitar\u00e1 que precise cu\u00e1l es el banco m\u00e1s cercano a su domicilio para avanzar con el tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Requisitos para los monotributistas:<\/strong><\/p>\n<p>* Pueden haber sido beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)<\/p>\n<p>* No prestar servicios al sector p\u00fablico nacional, provincial o municipal (la facturaci\u00f3n a los mismos entre el 12 de marzo y el 12 de abril no puede superar el 70% de lo facturado). Conforme las nuevas disposiciones, con posterioridad a dicho an\u00e1lisis se analizar\u00e1n los meses de abril, mayo y junio.<\/p>\n<p>* No recibir ingresos por un trabajo en relaci\u00f3n de dependencia<\/p>\n<p>* No ser jubilado<\/p>\n<p>* Encontrarse en situaci\u00f3n crediticia 1 o 2<\/p>\n<p>* El monto facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril por el solicitante no puede ser superior al promedio mensual del ingreso bruto m\u00ednimo de su categor\u00eda. Para los monotributistas categor\u00eda A, el monto facturado en dicho per\u00edodo no puede ser superior a 10.000 pesos. Conforme las nuevas disposiciones, con posterioridad a dicho an\u00e1lisis se abordar\u00e1n los meses de abril, mayo y junio.<\/p>\n<p>* No podr\u00e1n acceder a comprar moneda extranjera o hacer adelantos en efectivo con el monto otorgado.<\/p>\n<p>Para los aut\u00f3nomos rigen los mismos requisitos que para los monotributistas, pero adem\u00e1s:<\/p>\n<p>*No deben encontrarse adheridos al R\u00e9gimen Simplificado de Peque\u00f1os Contribuyentes<\/p>\n<p>*El monto de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica del per\u00edodo comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020 no debe haber crecido m\u00e1s del 5% con respecto al mismo per\u00edodo del a\u00f1o pasado. Conforme las nuevas disposiciones, con posterioridad a dicho an\u00e1lisis se comparar\u00e1n los meses de abril, mayo y junio de ambos a\u00f1os.<\/p>\n<p>*Para quienes hayan iniciado su actividad despu\u00e9s de marzo de 2019, se tomar\u00e1 en cuenta la facturaci\u00f3n correspondiente al per\u00edodo del 20 de noviembre al 20 de diciembre de 2019 para realizar la comparaci\u00f3n; para quienes iniciaron sus actividades durante 2020 se dar\u00e1 por cumplido este requisito por considerarlos afectados de forma cr\u00edtica<\/p>\n<p>*No pueden integrar el directorio de sociedades comerciales<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir de las nuevas disposiciones de AFIP, se flexibilizan las condiciones para acceder a los pr\u00e9stamos destinados a monotributistas y aut\u00f3nomos. 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