{"id":61462,"date":"2020-05-18T14:15:39","date_gmt":"2020-05-18T17:15:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=61462"},"modified":"2020-05-18T14:15:39","modified_gmt":"2020-05-18T17:15:39","slug":"regulan-la-ampliacion-del-horario-comercial-en-concordia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2020\/05\/18\/regulan-la-ampliacion-del-horario-comercial-en-concordia\/","title":{"rendered":"Regulan la ampliaci\u00f3n del horario comercial en Concordia"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Desde este lunes los comercios de Concordia estar\u00e1n exceptuados para abrir sus puertas hasta las 18 horas. Con esta medida el intendente Alfredo Francolini responde a un pedido realizado por los representantes del sector, quienes se comprometieron a extremar las medidas de prevenci\u00f3n, en la nueva fase del plan de contingencia ante la pandemia de coronavirus<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El decreto municipal n\u00b0 579\/20 establece en su art\u00edculo 2\u00b0 que durante la vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, los comercios minoristas y mayoristas de los rubros alimenticios &#8220;podr\u00e1n permanecer abiertos con atenci\u00f3n al p\u00fablico dentro de la franja horaria establecida a partir de las 7 horas y hasta las 20 horas&#8221;.<\/p>\n<p>Quedan excluidas las Farmacias y las Estaciones de Servicio (expendio de combustible e insumos para el automotor), quienes podr\u00e1n abrir sin l\u00edmite horario.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 4\u00b0 del decreto autoriza a &#8220;restaurantes, rotiser\u00edas, pizzer\u00edas, helader\u00edas, cantinas, resto bares, bares con elaboraci\u00f3n de comidas, locales de comidas preparadas, locales de comidas r\u00e1pidas y\/o similares o afines&#8221;, a brindar el servicio con &#8220;env\u00edo a domicilio o para retirar en mostrador (delivery o take away)&#8221; en el horario de 10 a 24 hs. Mientras que el art\u00edculo 5\u00b0 establece la autorizaci\u00f3n para que kioscos y drugstore permanezcan abiertos en &#8220;la franja horaria que va de las 7 a las 22 horas&#8221;.<\/p>\n<p>El sexto art\u00edculo se refiere al funcionamiento del &#8220;Servicios de Alquiler con Tax\u00edmetro&#8221; (taxis o remises), quienes podr\u00e1n brindar el servicio durante las 24 horas de acuerdo a las normativas y medidas de prevenci\u00f3n dispuestas, pudiendo transportar hasta un m\u00e1ximo de dos pasajeros por viaje.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 7\u00b0 presenta la novedad en cuanto a la extensi\u00f3n horario de los comercios de rubros generales. Dice textual: &#8220;Autorizase a los comercios mayoristas y minoristas en general no comprendidos en el Art\u00edculo 2\u00b0 del presente decreto, al desarrollo de la actividad de acuerdo al Protocolo Sanitario presentado por el Centro de Comercio Industria y Servicios de Concordia que se detalla en el art\u00edculo siguiente, pudiendo permanecer abiertos con atenci\u00f3n al p\u00fablico en el establecimiento de lunes a s\u00e1bado, dentro de la franja horaria establecida a partir de las 10 horas y hasta las 18 horas, pudiendo a criterio del titular del comercio y de acuerdo a sus necesidades operacionales, permanecer abierto desde las 7 horas&#8221;.<\/p>\n<p>Luego de incluirse en el Decreto los Protocolos de Prevenci\u00f3n ya conocidos, se autoriza en el Art\u00edculo 9\u00b0 a las Agencias de Quiniela y Loter\u00edas a funcionar &#8220;dentro de la franja horaria establecida a partir de las 10 horas y hasta las 18 horas, pudiendo a criterio del titular del comercio y de acuerdo a sus necesidades operacionales, permanecer abierto desde las 7 horas&#8221;. Y el art\u00edculo 10\u00b0 autoriza &#8220;a las Peluquer\u00edas a desarrollar su actividad en un todo de acuerdo al protocolo, de lunes a s\u00e1bado dentro de la franja horaria establecida a partir de las 10 horas y hasta las 18 horas&#8221;.<\/p>\n<p>La actividad de Servicio Dom\u00e9stico y Atenci\u00f3n Domiciliaria de Ni\u00f1os, deben regirse &#8220;por los Protocolos vigentes y las recomendaciones del Ministerio de Salud y el COES de la Provincia de Entre R\u00edos&#8221;, se\u00f1ala el art\u00edculo 12\u00b0 del mencionado decreto. Y concluye en sus \u00faltimos art\u00edculos recordando que el incumplimiento de las normativas vigentes se encuentran pasibles de multas y sanciones de acuerdo a la Ordenanza de R\u00e9gimen de Penalidades n\u00b0 19.955.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde este lunes los comercios de Concordia estar\u00e1n exceptuados para abrir sus puertas hasta las 18 horas. 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