{"id":56179,"date":"2020-01-03T13:38:15","date_gmt":"2020-01-03T16:38:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=56179"},"modified":"2020-01-03T13:38:15","modified_gmt":"2020-01-03T16:38:15","slug":"la-justicia-rechazo-un-reclamo-de-bayer-de-patentar-un-gen-que-le-da-a-la-soja-mas-tolerancia-al-glifosato","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2020\/01\/03\/la-justicia-rechazo-un-reclamo-de-bayer-de-patentar-un-gen-que-le-da-a-la-soja-mas-tolerancia-al-glifosato\/","title":{"rendered":"La justicia rechaz\u00f3 un reclamo de Bayer de patentar un gen que le da a la soja m\u00e1s tolerancia al glifosato"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Juzgado Federal Civil y Comercial N\u00b08 porte\u00f1o no dio lugar a la demanda presentada por el gigante alem\u00e1n contra el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. Organizaciones ambientales celebraron el fallo. &#8220;Se prioriz\u00f3 el bien com\u00fan de toda la sociedad civil por sobre la pretensi\u00f3n apropiadora de la empresa sobre las semillas&#8221;<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Juzgado Federal Civil y Comercial N\u00b0 8 porte\u00f1o rechaz\u00f3 la demanda presentada por Bayer en la que reclamaba derechos de patentes por una invenci\u00f3n de secuencia gen\u00e9tica que les permite a las plantas modificadas con el transgen (el gen extra\u00f1o que lleva inserta la secuencia gen\u00e9tica) tolerar niveles de hasta 4 kg\/ha de glifosato. La organizaci\u00f3n Naturaleza de Derechos, que monitore\u00f3 la causa desde su origen en 2012, celebr\u00f3 \u201cel rechazo a la pretensi\u00f3n apropiadora de Bayer sobre las semillas, priorizando el bien com\u00fan de toda la sociedad civil de Argentina\u201d.<\/p>\n<p>Se trata de la causa &#8220;Bayer Crospience SA c\/ Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual&#8221; que estuvo frenada hasta noviembre de 2015, cuando la C\u00e1mara Federal Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires rechaz\u00f3 la pretensi\u00f3n de la empresa (hoy Bayer &#8211; Monsanto) que persegu\u00eda un objetivo mucho m\u00e1s amplio: patentar la totalidad de las plantas transg\u00e9nicas. En aquella oportunidad, el tribunal sostuvo que \u201cla mol\u00e9cula de ADN recombinante, las c\u00e9lulas vegetales transformadas por ella y las plantas generadas a partir de estas \u00faltimas incluidas en la solicitud de Bayer, es materia no patentable\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, consider\u00f3 que \u201ccualquier aporte t\u00e9cnico que se realice en el campo de la biotecnolog\u00eda y que tenga aplicaci\u00f3n industrial no necesariamente es patentable, ya que la mera innovaci\u00f3n no es equiparable a la inventiva, pues se nos presenta solo una modificaci\u00f3n de la materia ya existente en la naturaleza que no constituye creaci\u00f3n humana alguna, requisito esencial para la procedencia del patentamiento previsto en la legislaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Frente al rev\u00e9s judicial, Bayer reactiv\u00f3 su reclamo, ya no por una mol\u00e9cula de ADN recombinante y las c\u00e9lulas vegetales insertas, sino por el reconocimiento de los derechos de patentes de secuencias gen\u00e9ticas, bajo la consideraci\u00f3n de que las mismas son construcciones que se realizan artificialmente en los laboratorios, es decir, seg\u00fan el gigante alem\u00e1n, no formar\u00edan parte de la planta, y por ello, ser\u00edan patentables.<\/p>\n<p>\u201cEl transgen con la secuencia gen\u00e9tica, que ser\u00eda como un c\u00f3digo de barras, se insertan\u00a0 en la planta y hace que tolere el glifosato. El primer transgen, de mediados de los 90, hac\u00eda que la planta tolerara 0.8 kilos\/litros de glifosato por hect\u00e1rea. El que reclamaba Bayer toleraba 4 kilos\/ litros y apunta, sobre todo, a la soja y al ma\u00edz. Los nuevos c\u00f3digos, por ejemplo los de 2019, toleran m\u00e1s de 10 litros\u201d, explica Fernando Cabaleiro, abogado e integrante de Naturaleza de Derechos, la ONG que expuso sobre la pretensi\u00f3n de Bayer en el panel inicial de la Asamblea de los Pueblos, en el marco del Tribunal Monsanto de octubre de 2016 en La Haya.<\/p>\n<p>Ahora, el fallo del juez Marcelo Gota consider\u00f3, en base a las conclusiones de peritos, que \u201cla accionante (Bayer) no ha logrado demostrar la ilegitimidad de la conducta del instituto emplazado (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial). Ante ello, es oportuno reiterar la regla que predica que quien demanda tiene a su cargo la prueba, quien aduce una situaci\u00f3n de hecho tiene la carga de aportar evidencia suficiente, punto elemental para fundar su pretensi\u00f3n, porque no es posible dictar una sentencia condenatoria sobre la base de meras conjeturas, m\u00e1xima en asuntos de ribetes t\u00e9cnico cient\u00edficos como el presente\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Juzgado Federal Civil y Comercial N\u00b08 porte\u00f1o no dio lugar a la demanda presentada por el gigante alem\u00e1n contra el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. 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