{"id":54895,"date":"2019-11-29T10:29:01","date_gmt":"2019-11-29T13:29:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=54895"},"modified":"2019-11-29T10:29:01","modified_gmt":"2019-11-29T13:29:01","slug":"excluyen-a-las-provincias-y-la-ciudad-del-reperfilamiento-de-deuda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/11\/29\/excluyen-a-las-provincias-y-la-ciudad-del-reperfilamiento-de-deuda\/","title":{"rendered":"Excluyen a las provincias y la Ciudad del reperfilamiento de deuda"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Con un Decreto de Necesidad y Urgencia, el Gobierno estableci\u00f3 que, cobrar\u00e1n en la fecha original los t\u00edtulos p\u00fablicos reperfilados, a diferencia de los tenedores privados. Los bonos y Letras que ya vencieron, los cobrar\u00e1n en cinco d\u00edas h\u00e1biles<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Finalmente, el Gobierno decidi\u00f3 excluir completamente del reperfilamiento de deuda a la Ciudad de Buenos Aires y las 23 provincias, por lo que les pagar\u00e1 en tiempo y forma por los t\u00edtulos p\u00fablicos nacionales que tengan en su poder.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n fue oficializada con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado este viernes en el Bolet\u00edn Oficial y profundiza una definici\u00f3n anterior: despu\u00e9s de \u201creperfilar\u201d bonos y letras, el Estado nacional hab\u00eda salido a auxiliar a las jurisdicciones provinciales con un programa de asistencia financiera por el impacto de ese cambio en los plazos de pago de los t\u00edtulos de deuda.<\/p>\n<p>El DNU 796\/2019 publicado este viernes vuelve a se\u00f1alar que el reperfilamiento definiido en agosto (por el que el Gobierno posterg\u00f3 el pago de una serie de papeles sin modificar ni su valor ni su rendimiento) \u201cha generado desequilibrios financieros en algunas jurisdicciones locales y condiciona el cumplimiento de las obligaciones a cargo de ellas\u201d.<\/p>\n<p>Tras mencionar el programa de asistencia financiera que sac\u00f3 en septiembre (que b\u00e1sicamente consist\u00eda en la recompra de algunos de esos t\u00edtulos en casos espec\u00edficos), el texto reconoce que \u201cresulta imprescindible disponer de nuevas medidas que permitan que esas jurisdicciones atiendan sus obligaciones\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed, el decreto excluye del reperfilamiento a los t\u00edtulos de deuda p\u00fablica nacional de corto \u201ccuya tenencia registrada al 31 de octubre de 2019 y titularidad a la fecha de pago\u201d corresponda a los estados provinciales o al de la Ciudad de Buenos Aires, incluyendo sus organismos descentralizados, fondos fiduciarios, cuentas especiales e instituciones de la seguridad social.<\/p>\n<p>Con esta medida, las provincias y la Ciudad cobrar\u00e1n los t\u00edtulos que tengan en su poder en la fecha original de vencimiento. Y para los que ya vencieron, el DNU especifica que \u201cser\u00e1n cancelados dentro de los 5 d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha en que se reciba esa informaci\u00f3n (la declaraci\u00f3n de tenencia por parte de los estados provinciales) o de la publicaci\u00f3n del presente decreto, la que ocurra \u00faltima\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con un Decreto de Necesidad y Urgencia, el Gobierno estableci\u00f3 que, cobrar\u00e1n en la fecha original los t\u00edtulos p\u00fablicos reperfilados, a diferencia de los tenedores privados. Los bonos y Letras que ya vencieron, los cobrar\u00e1n en cinco d\u00edas h\u00e1biles &nbsp; Finalmente, el Gobierno decidi\u00f3 excluir completamente del reperfilamiento de deuda a la Ciudad de Buenos Aires y las 23 provincias, por lo que les pagar\u00e1 en tiempo y forma por los t\u00edtulos p\u00fablicos nacionales que tengan en su poder. 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