{"id":53420,"date":"2019-11-01T10:31:55","date_gmt":"2019-11-01T13:31:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=53420"},"modified":"2019-11-01T10:31:55","modified_gmt":"2019-11-01T13:31:55","slug":"la-causa-penal-por-el-acuerdo-entre-el-correo-y-el-estado-llega-a-la-corte-suprema","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/11\/01\/la-causa-penal-por-el-acuerdo-entre-el-correo-y-el-estado-llega-a-la-corte-suprema\/","title":{"rendered":"La causa penal por el acuerdo entre el Correo y el Estado llega a la Corte Suprema"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal decidi\u00f3 hoy aceptar los recursos presentados por dos abogados del Correo y un ex funcionario del Gobierno nacional, que est\u00e1n sospechados por haber intentado llevar adelante una quita \u201cabusiva\u201d en el concurso de acreedores de la empresa. La decisi\u00f3n fue tomada hoy por los miembros de la Sala IV de Casaci\u00f3n en un fallo dividido. Los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo aceptaron el recurso extraordinario, con el voto en disidencia del juez Gustavo Hornos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se trata del planteo que hicieron las defensas del subsecretario de Comunicaciones, Juan Manuel Mocoroa; el presidente de Correo Argentino SA, Jaime Cibils Robirosa, y el abogado de la compa\u00f1\u00eda, Jaime Kleidermacher. En la causa tambi\u00e9n est\u00e1 imputado el ministro de Defensa, Oscar Aguad.<\/p>\n<p>El Correo Argentino dej\u00f3 de pagarle al Estado nacional el canon en 2001 y en 2003 la empresa fue estatizada por el entonces presidente N\u00e9stor Kirchner. Por la deuda, se inici\u00f3 una causa judicial por el saldo original de 296 millones de pesos. En ese expediente, el Gobierno y la empresa llegaron en junio del 2016 a un acuerdo de pago.<\/p>\n<p>Pero la fiscal de la C\u00e1mara Comercial, Gabriela Boqu\u00edn, lo objet\u00f3 por \u201cabusivo y perjudicial\u201d para el Estado: asegur\u00f3 que la quita implicaba un 98,2 por ciento de la deuda porque no se le aplicaban intereses y as\u00ed la condonaci\u00f3n a la empresa alcanzaba a 4.227 millones de pesos.<\/p>\n<p>Sin embargo, las defensas cuestionaron esa cuenta. Afirmaron que en los concursos preventivos no se aplican los intereses al capital y plantearon objeciones a las cuentas de Boqu\u00edn. Para los acusados, la cifra de $70.163.910.895 utilizada por la fiscal del fuero comercial para graficar la quita que representaba la propuesta aceptada por el Estado nacional era \u201cabsurda\u201d, resultado de un procedimiento \u201cin\u00e9dito\u201d, marcado por \u201cerrores conceptuales y jur\u00eddicos\u201d. Y sostuvieron que &#8220;el valor de la deuda por c\u00e1nones de Correo Argentino S.A. oscila entre $528.800.216,35 y $651.321.558,21\u2033, seg\u00fan la tasa de inter\u00e9s que aplique, y por ello \u201clos porcentajes de la quita rondar\u00edan el 44% y el 54,5%, pero jam\u00e1s el 98,87%\u201d.<\/p>\n<p>Mientras en el fuero comercial sigue debati\u00e9ndose c\u00f3mo saldar esa deuda y la Corte Suprema inst\u00f3 hace unas semanas a que la Procuraci\u00f3n del Tesoro decida si acepta o no la propuesta que hizo la empresa, el dictamen de Gabriela Boqu\u00edn gener\u00f3 una causa penal en Comodoro Py 2002 en donde el entonces fiscal del fuero Juan Pedro Zoni abri\u00f3 una causa para investigar a los funcionarios y abogados que intervinieron en el proceso.<\/p>\n<p>El juez Lijo llam\u00f3 a indagatoria a los abogados Jaime Cibils Robirosa y Jaime Leonardo Kleidermacher, de la firma Correo; al ex ministro de Comunicaciones Aguad \u2013hoy a cargo de Defensa\u2013 y a Juan Manuel Mocoroa \u2013director de asuntos jur\u00eddicos de ese ministerio\u2013. Tras prestar sus declaraciones, las defensas pidieron la nulidad de las indagatorias y de la causa entera por entender que no hab\u00eda delito.<\/p>\n<p>Tanto el juez Ariel Lijo como la C\u00e1mara Federal y la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal rechazaron esa hip\u00f3tesis. Sin embargo, las defensas apelaron una vez m\u00e1s. Y ahora Casaci\u00f3n decidi\u00f3 que el planteo se eleve al m\u00e1ximo tribunal.<\/p>\n<p>\u201cSi bien no se dirigen contra una sentencia definitiva, en sus impugnaciones las partes han fundamentado que la sentencia puesta en crisis resulta equiparable a tal en virtud de que sus consecuencias pueden llegar a afectar el derecho federal invocado, acarreando un perjuicio de imposible o tard\u00eda reparaci\u00f3n ulterior. Concretamente, en esta oportunidad ha sido invocada la violaci\u00f3n al principio de legalidad a partir de las conductas imputadas y la vulneraci\u00f3n de la garant\u00eda del debido proceso y del derecho de defensa en juicio\u201d, afirmaron los jueces Borinsky y Carbajo.<\/p>\n<p>El fallo afirm\u00f3 que \u201clo resuelto oportunamente por la Sala IV\u201d rechazando el planteo \u201cno obsta a que prospere la pretensi\u00f3n expresada por los impugnantes de llevar ante los estrados del m\u00e1ximo Tribunal las cuestiones de naturaleza federal que plantean ahora en sus respectivos recursos\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPor ello, o\u00eddo que fue el se\u00f1or Fiscal General ante esta C\u00e1mara, corresponde conceder los recursos extraordinarios deducidos, sin costas y elevar los autos a la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>En disidencia, Hornos opin\u00f3 lo contrario. Dijo que \u201cno se dirigen contra la sentencia definitiva de la causa ni contra una equiparable a tal, toda vez que no ostentan dicho car\u00e1cter los pronunciamientos que no ponen fin a la acci\u00f3n, ni a la pena, ni hacen imposible la continuaci\u00f3n de las actuaciones, ni tampoco deniegan la extinci\u00f3n, conmutaci\u00f3n o suspensi\u00f3n de la pena, ni proporcionan un perjuicio de imposible reparaci\u00f3n ulterior\u201d.<\/p>\n<p>\u201cM\u00e1s all\u00e1 de la invocaci\u00f3n, los impugnantes no han logrado demostrar, ni se advierte la existencia en el caso de una cuesti\u00f3n federal suficiente debidamente fundada, que permita habilitar la competencia del m\u00e1ximo Tribunal\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p>El juez a\u00f1adi\u00f3 que \u201ctampoco cabe hacer una excepci\u00f3n y habilitar la intervenci\u00f3n del m\u00e1ximo Tribunal en base a la arbitrariedad de sentencia que tambi\u00e9n invocan, por cuanto, para que prospere la impugnaci\u00f3n con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisi\u00f3n recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional v\u00e1lido, lo cual los recurrentes no han conseguido acreditar en este caso\u201d.<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n procesal de los abogados y funcionarios indagados no fue resuelta. A instancias de la C\u00e1mara Federal, el juez Lijo analiza ordenar un estudio contable que determine si, efectivamente, el c\u00e1lculo que denunci\u00f3 la fiscal Boqu\u00edn en el fuero comercial fue correcto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal decidi\u00f3 hoy aceptar los recursos presentados por dos abogados del Correo y un ex funcionario del Gobierno nacional, que est\u00e1n sospechados por haber intentado llevar adelante una quita \u201cabusiva\u201d en el concurso de acreedores de la empresa. La decisi\u00f3n fue tomada hoy por los miembros de la Sala IV de Casaci\u00f3n en un fallo dividido. 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