{"id":47745,"date":"2019-07-11T09:56:33","date_gmt":"2019-07-11T12:56:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=47745"},"modified":"2019-07-11T09:56:33","modified_gmt":"2019-07-11T12:56:33","slug":"defensa-del-consumidor-informo-nuevos-beneficios-y-advertencias-a-consumidores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/07\/11\/defensa-del-consumidor-informo-nuevos-beneficios-y-advertencias-a-consumidores\/","title":{"rendered":"Defensa del Consumidor inform\u00f3 nuevos beneficios y advertencias a consumidores"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>Luego de la participaci\u00f3n de la provincia en el Cofedec, que es una instancia federal de coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas vinculadas a temas de consumo informo respecto de los temas tratados y los avances en beneficio de los consumidores<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Defensa del Consumidor informo nuevos beneficios y\nadvertencias a consumidores <\/p>\n\n\n\n<p>Luego de la participaci\u00f3n de la provincia en el Cofedec, que\nes una instancia federal de coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas vinculadas a temas de\nconsumo informo respecto de los temas tratados y los avances en beneficio de\nlos consumidores.<\/p>\n\n\n\n<p>El Cofedec, est\u00e1 integrado por representantes del gobierno\nde la Naci\u00f3n y de cada una de las provincias, teniendo como funciones la\nunificaci\u00f3n de criterios, pol\u00edticas y acciones sobre los temas que ata\u00f1en a la\ndefensa del consumidor; la promoci\u00f3n y educaci\u00f3n al consumidor; estimular la\ncreaci\u00f3n y el desarrollo de asociaciones de consumidores y crear oficinas\np\u00fablicas de atenci\u00f3n al consumidor en todas las jurisdicciones.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta jornada realizada d\u00edas pasados, se debatieron temas\ncomo el funcionamiento del Bot\u00f3n de Baja en los servicios de telefon\u00eda,\ninternet y televisi\u00f3n, asimismo la incorporaci\u00f3n de este sistema para los\nservicios de medicina prepaga.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Entre 2017 y 2018, Defensa del Consumidor recibi\u00f3 casi\n17.300 reclamos de consumidores a nivel nacional, que no pueden dar de baja\nservicios&#8221;, inform\u00f3 Juan Carlos Albornoz al tiempo que destaco que \u201cen el\n2018, con la implementaci\u00f3n del bot\u00f3n de baja para servicios de Telefon\u00eda Fija\ny M\u00f3vil, Servicios de Acceso a Internet y Televisi\u00f3n Satelital logramos\ndisminuir en un 62% los reclamos de los consumidores que no pod\u00edan dar de baja\nlos servicios de esos rubros&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p>Fue parte de la agenda la problem\u00e1tica de los planes de\nahorro con la participaci\u00f3n de representantes de Volkswagen, Rombo Renault,\nFabrica Fiat, General Motors Chevrolet, Ovalo Ford, Toyota, Mercedes- Benz\nArgentina, Nissan y el C\u00edrculo de Inversores de Peugeot.<\/p>\n\n\n\n<p>El funcionamiento del programa de Precios Cuidados en todas\nsus versiones y el proyecto de Ley de G\u00f3ndolas.<\/p>\n\n\n\n<p>Un cap\u00edtulo aparte mereci\u00f3 el An\u00e1lisis de la reforma a la\n&#8220;Ley de Lealtad Comercial&#8221;, por lo que acompa\u00f1o el Procurador Fern\u00e1n\nPoidomani, quien est\u00e1 a cargo del \u00e1rea en la provincia de Entre R\u00edos, y en tema\nfundamental por DNU 274\/2019 el cual espera ratificaci\u00f3n en el congreso. En\ndicha oportunidad se rese\u00f1aron algunos de los aspectos m\u00e1s importantes de dicha\nreforma que a continuaci\u00f3n se detallan:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Actos de competencia\ndesleal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Define y proh\u00edbe actos de competencia desleal que tengan\nlugar en el mercado y con fines competitivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Prev\u00e9 que no ser\u00e1 necesario para los damnificados\n(competidores o particulares) acreditar la generaci\u00f3n de un da\u00f1o, pudiendo \u00e9ste\nser actual o potencial. <\/p>\n\n\n\n<p>Enumera y de este modo tipifica ciertas conductas\nparticulares que encuadrar\u00e1n per se como actos de competencia desleal, siendo algunos\nde estos supuestos: realizar actos de enga\u00f1o o confusi\u00f3n para inducir a error\nsobre las caracter\u00edsticas de un bien o servicio, o sobre su origen empresarial;\nvalerse de una ventaja derivada de competir mediante la violaci\u00f3n de normas;\nabusar de la situaci\u00f3n de dependencia econ\u00f3mica (por ejemplo de un cliente o\nproveedor); efectuar ventas por debajo del costo de fabricaci\u00f3n para afectar al\ncompetidor; explotar de manera indebida o denigrar la reputaci\u00f3n ajena; llevar\na cabo actos de imitaci\u00f3n desleal; realizar actos de denigraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de las conductas tipificadas como desleales, proh\u00edbe\nla obtenci\u00f3n indebida de ventajas comerciales, entendi\u00e9ndose por tal la\nobtenci\u00f3n, bajo la amenaza de ruptura de las relaciones comerciales, de\nprecios, condiciones de pago, modalidades de venta, pago de cargos adicionales,\ny otras condiciones no recogidas en el acuerdo pactado o sin razones fundadas\nen los usos y costumbres comerciales. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Publicidad y\nPromociones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Brinda facultades a la Autoridad de Aplicaci\u00f3n &#8211; la Secretar\u00eda\nde Comercio Interior del Ministerio de Producci\u00f3n y Trabajo -para fiscalizar\nlas publicidades una vez difundidas. Esta previsi\u00f3n despeja ciertos fantasmas\nrespecto de la posible instalaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n previa para el\nlanzamiento de promociones, que tanto ha preocupado a empresas y particulares,\nconsiderando los tiempos y dilaciones que este tr\u00e1mite ha representado en el\npasado. <\/p>\n\n\n\n<p>Define sin prohibirla a la publicidad comparativa, siempre y\ncuando cumpla con la totalidad de ciertas condiciones tendientes a asegurar la\nobjetividad de la comparaci\u00f3n, la protecci\u00f3n de los derechos de propiedad\nintelectual e industrial del competidor, y la informaci\u00f3n veraz a los\nconsumidores, quienes resultan ser los sujetos especialmente amparados bajo el\nDecreto. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Envases y Etiquetas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se refuerzan temas relacionados con origen nacional o\nextranjero de los productos, dependiendo del proceso de fabricaci\u00f3n y envasado,\ncon criterios para establecer qu\u00e9 es lo que determina que un bien sea\nconsiderado de industria nacional y cu\u00e1ndo la intervenci\u00f3n de componentes\nextranjeros deber\u00eda plasmarse en el Envase y rotulado y de qu\u00e9 forma. <\/p>\n\n\n\n<p>A modo de sumario el encargado de Lealtad Comercial Fern\u00e1n\nPoidomani destaco que el Decreto regula cuestiones de competencia desleal;\npublicidad y promociones; y envases y rotulados. Adem\u00e1s, prev\u00e9 fuertes y\ndiversas sanciones en caso de incumplimiento, como ser multas y clausura de\nestablecimiento, entre otras. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luego de la participaci\u00f3n de la provincia en el Cofedec, que es una instancia federal de coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas vinculadas a temas de consumo informo respecto de los temas tratados y los avances en beneficio de los consumidores Defensa del Consumidor informo nuevos beneficios y advertencias a consumidores Luego de la participaci\u00f3n de la provincia en el Cofedec, que es una instancia federal de coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas vinculadas a temas de consumo informo respecto de los temas tratados y los avances en beneficio de los consumidores. 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