{"id":45493,"date":"2019-05-28T10:09:50","date_gmt":"2019-05-28T13:09:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=45493"},"modified":"2019-05-28T10:09:50","modified_gmt":"2019-05-28T13:09:50","slug":"el-diario-la-nacion-beneficiado-por-una-cautelar-que-le-permite-no-pagar-una-millonaria-deuda-con-la-afip","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/05\/28\/el-diario-la-nacion-beneficiado-por-una-cautelar-que-le-permite-no-pagar-una-millonaria-deuda-con-la-afip\/","title":{"rendered":"El diario La Naci\u00f3n, beneficiado por una cautelar que le permite no pagar una millonaria deuda con la AFIP"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>Fue gracias a una medida cautelar de la Asociaci\u00f3n de Editores de Diarios (AEDBA). La empresa acumula compromisos impagos en concepto de IVA y Ganancias por su actividad entre 2002 y 2003<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Una medida cautelar de la Asociaci\u00f3n de Editores de Diarios\nde Buenos Aire (AEDBA) consigui\u00f3 suspender la ejecuci\u00f3n de una deuda impositiva\ndel grupo empresarial de medios La Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El medio digital Palabras del Derecho record\u00f3 que la empresa\nlitiga con la AFIP por una deuda en concepto de IVA y de Ganancia M\u00ednima\nPresunta y que involucra diversos per\u00edodos incluyendo los a\u00f1os 2002 y 2003.<\/p>\n\n\n\n<p>La empresa \u2013describe la fuente- \u201cincluida en el Registro de\nbeneficiarios de los Convenios para mejorar la competitividad y la generaci\u00f3n\nde empleo, mediante el dictado de los Decretos N\u00b0 730\/01 y 746\/03 del entonces\npresidente provisional Eduardo Duhalde, obtuvo beneficios que le permit\u00eda\ncomputar las contribuciones patronales como cr\u00e9dito fiscal para el IVA, siempre\nque cumplan con una serie de requisitos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La compa\u00f1\u00eda incurri\u00f3 en la suba del precio del diario en\nper\u00edodos previos a los autorizados, con lo cual incumpli\u00f3 la obligaci\u00f3n que le\nimpon\u00eda la normativa. Como consecuencia la AFIP entendi\u00f3 la caducidad del\nconvenio con car\u00e1cter definitivo y la empresa perdi\u00f3 los beneficios\nconseguidos.<\/p>\n\n\n\n<p>La fuente agreg\u00f3 que luego de reclamos administrativos, la\nAEDBA y La Naci\u00f3n S.A., \u201ciniciaron una causa en la que lograron el dictado de\nuna medida cautelar de no innovar (la primera data del a\u00f1o 2003), debiendo\nabstenerse el Estado de iniciar y \/o continuar el procedimiento administrativo\nque implique la ejecuci\u00f3n de los importes discutidos en el marco de la causa\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2010 se instauraron l\u00edmites temporales a la vigencia de\nlas medidas cautelares en las causas que participa el Estado Nacional. En 2018,\nquince a\u00f1os despu\u00e9s del inicio del problema, el Juzgado Contencioso\nAdministrativo Federal N\u00b0 6 rechaz\u00f3 la pr\u00f3rroga de la cautelar que suspende la\nposibilidad de la ejecuci\u00f3n de la deuda impositiva, decisi\u00f3n que mantuvo la\nsegunda instancia.<\/p>\n\n\n\n<p>El 26 de noviembre de 2018, AEDBA solicit\u00f3 una nueva medida\ncautelar (que todav\u00eda no se resolvi\u00f3). El 2 de mayo pasado la AFIP dict\u00f3 a dos\nresoluciones por medio de las que determin\u00f3 de oficio el d\u00e9bito y el cr\u00e9dito\nfiscal del IVA y el Impuesto a la Ganancia M\u00ednima Presunta de los per\u00edodos\nfiscales en debate, e intim\u00f3 a su pago.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsos hechos nuevos son los que llevaron a la solicitud de\nuna medida cautelar interina, que fue otorgada por el Juzgado Contencioso\nAdministrativo Federal N\u00b0 6, que dispone la suspensi\u00f3n de los actos\nadministrativos de determinaci\u00f3n de deuda efectuadas por el organismo\nrecaudador y toda actividad tendiente a ejecutar las sumas en cuesti\u00f3n, hasta\ntanto no se agregue el informe establecido en el&nbsp; 4\u00ba de la Ley 26.854, o se venza el plazo para\nhacerlo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La Jueza Rita Mar\u00eda Ail\u00e1n consider\u00f3 que si se ejecutara el\ncobro se pondr\u00eda en riesgo el normal funcionamiento de las empresas\ninvolucradas \u201cconfigur\u00e1ndose as\u00ed el requisito de peligro en la demora que\njustifica el otorgamiento de la precautelar\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La funcionaria tambi\u00e9n destac\u00f3 la importancia de los medios\n\u201cen el proceso democr\u00e1tico en orden a la libertad de prensa y expresi\u00f3n que se\ndebe amparar y garantizar\u201d constitucionalmente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fue gracias a una medida cautelar de la Asociaci\u00f3n de Editores de Diarios (AEDBA). 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