{"id":44686,"date":"2019-05-14T10:15:46","date_gmt":"2019-05-14T13:15:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=44686"},"modified":"2019-05-14T10:15:46","modified_gmt":"2019-05-14T13:15:46","slug":"la-justicia-rechazo-el-pedido-de-olmedo-contra-la-ley-micaela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/05\/14\/la-justicia-rechazo-el-pedido-de-olmedo-contra-la-ley-micaela\/","title":{"rendered":"La justicia rechaz\u00f3 el pedido de Olmedo contra la ley Micaela"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>Olmedo hab\u00eda votado en contra de la ley Micaela que propone capacitar en g\u00e9nero a los tres poderes estatales. El amparo ped\u00eda la inconstitucionalidad. Se lo rechazaron<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>La Justicia rechaz\u00f3 el amparo presentado por Alfredo Olmedo\ncontra la ley Micaela, que tiene como objetivo capacitar en materia de g\u00e9nero a\nlos tres poderes del Estado. Olmedo, \u00fanico diputado que vot\u00f3 en contra de la ley\nsancionada en diciembre del a\u00f1o pasado, hab\u00eda pedido que se declare su\ninconstitucionalidad porque, a su entender, esta normativa implica un\n\u201cadoctrinamiento sobre perspectiva\/ideolog\u00eda de g\u00e9nero y aborto\u201d que \u201ces\ncontrario a la libertad religiosa consagrada y protegida por nuestra\nConstituci\u00f3n Nacional y Tratados Internacionales de igual jerarqu\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El amparo fue rechazado el jueves por la titular del Juzgado\nContencioso Administrativo Federal N\u00b0 5, Mar\u00eda Alejandra Biotti, quien\nconsider\u00f3 \u201cno se advierte la existencia de caso o causa judicial (&#8230;) por\ncuanto el aqu\u00ed amparista no se encuentra legitimado para solicitar la\ndeclaraci\u00f3n de inconstitucionalidad de la Ley 27.499, ni del Decreto 38\/19 que\nla promulgara\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs que por regla, el ejercicio de la funci\u00f3n jurisdiccional\nrequiere que los litigantes demuestren la concurrencia de la afectaci\u00f3n de un\ninter\u00e9s jur\u00eddicamente protegido o tutelado y susceptible de tratamiento\njudicial\u201d, explic\u00f3 la magistrada en la fundamentaci\u00f3n de su decisi\u00f3n, donde\naclar\u00f3 que \u201cla reacci\u00f3n impugnatoria no puede ser promovida por quien no se\nencuentra personal y directamente perjudicado\u201d. <\/p>\n\n\n\n<p>La \u201cmera condici\u00f3n de ciudadano y de legislador\u201d, detall\u00f3\nBiotti, no le otorgan \u201clegitimaci\u00f3n suficiente para solicitar ante la Justicia\nla declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad de una norma que no le agravia de manera\nexpresa y concreta\u201d. Y concluy\u00f3: \u201cEl actor en la invocada calidad de ciudadano,\nno ha demostrado que detente m\u00e1s que un mero inter\u00e9s a la legalidad, toda vez\nque no ha logrado acreditar la existencia de un inter\u00e9s calificado que habilite\nla jurisdicci\u00f3n judicial, es que no persigue la declaraci\u00f3n de\ninconstitucionalidad de la Ley 27.499 en relaci\u00f3n a su aplicaci\u00f3n a un caso\nconcreto, sino con proyecci\u00f3n erga omnes, mediante el dictado de una sentencia\ncon car\u00e1cter de norma general derogatoria\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Olmedo hab\u00eda pedido la inconstitucionalidad de la Ley N\u00b0\n27.499, de su Decreto Reglamentario N\u00b0 38\/19 o, \u201cen su defecto\u201d, de \u201ctodo\nart\u00edculo (de esta ley) que haga menci\u00f3n a la palabra g\u00e9nero\u201d porque establecen,\na su parecer, un adoctrinamiento \u201csobre perspectiva\/ideolog\u00eda de g\u00e9nero y\naborto (&#8230;) contrario a la libertad religiosa consagrada y protegida por\nnuestra Constituci\u00f3n Nacional y Tratados Internacionales de igual jerarqu\u00eda\u201d.\nLa norma, seg\u00fan el diputado, afecta \u201c\u00edntimamente sus convicciones personales de\nmanera arbitraria e ilegal, como tambi\u00e9n afectar\u00e1 la de muchos trabajadores\nestatales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el amparo, Olmedo rechaz\u00f3 a los promotores territoriales\nen g\u00e9nero, por ser \u201cun arma de doble filo\u201d, como la Ley de Educaci\u00f3n Sexual\nIntegral, \u201cque gener\u00f3 \u2013por medio de sus promotores\u2013 que las nuevas generaciones\nest\u00e9n m\u00e1s a favor de la libertad sexual, del aborto y de la ideolog\u00eda de\ng\u00e9nero\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHe sido el \u00fanico diputado nacional que he votado en contra\nde la Ideolog\u00eda de G\u00e9nero, voy a seguir sosteniendo que Dios cre\u00f3 al hombre y a\nla Mujer\u201d, dijo Olmedo en diciembre, cuando vot\u00f3 contra la iniciativa. \u201cYo soy\nel primero que exige endurecer las penas para los violadores, defiendo la\ndignidad de la mujer y soy enemigo de los violentos, pero en la ley se est\u00e1\ncolando la ideolog\u00eda de g\u00e9nero; y eso no lo voy a convalidar\u201d, hab\u00eda dicho\nentonces el diputado, conocido por sus posiciones homof\u00f3bicas del tipo \u201cyo\ntengo la mente cerrada y la cola tambi\u00e9n\u201d o \u201cN\u00e9stor Kirchner foment\u00f3 la homosexualidad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ley N\u00ba 27.499 fue sancionada el 19 de diciembre de 2018\ny, lejos de buscar un \u201cadoctrinamiento\u201d, establece la capacitaci\u00f3n obligatoria\nen las tem\u00e1ticas de g\u00e9nero y violencia contra las mujeres para todas las\npersonas que desempe\u00f1en funciones en los poderes ejecutivo, legislativo y\njudicial. La norma fue bautizada \u201cMicaela\u201d en honor a Micaela Garc\u00eda, una joven\nde 21 a\u00f1os de Gualeguay que en abril de 2017 fue violada, degollada y\nabandonada entre pastizales por un hombre que ya ten\u00eda antecedentes de ataques\nsexuales. En octubre de ese a\u00f1o fueron condenados Sebasti\u00e1n Wagner, con\nperpetua por \u201cabuso sexual con acceso carnal y homicidio agravado por ser con\nalevos\u00eda, criminis causae y violencia de g\u00e9nero\u201d, y N\u00e9stor Pav\u00f3n, con cinco\na\u00f1os de prisi\u00f3n por encubrimiento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Olmedo hab\u00eda votado en contra de la ley Micaela que propone capacitar en g\u00e9nero a los tres poderes estatales. El amparo ped\u00eda la inconstitucionalidad. Se lo rechazaron La Justicia rechaz\u00f3 el amparo presentado por Alfredo Olmedo contra la ley Micaela, que tiene como objetivo capacitar en materia de g\u00e9nero a los tres poderes del Estado. 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