{"id":43194,"date":"2019-04-09T10:33:25","date_gmt":"2019-04-09T13:33:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=43194"},"modified":"2019-05-06T20:55:14","modified_gmt":"2019-05-06T23:55:14","slug":"el-gobierno-apelo-el-fallo-que-restringe-las-fumigaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/04\/09\/el-gobierno-apelo-el-fallo-que-restringe-las-fumigaciones\/","title":{"rendered":"El Gobierno apel\u00f3 el fallo que restringe las fumigaciones"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>Finalmente el Gobierno provincial apel\u00f3 ante el Superior Tribunal de Justicia el fallo de la Sala III de la C\u00e1mara Civil y Comercial que anul\u00f3 el decreto que regulaba las distancias m\u00ednimas para fumigaciones. En tanto, la Sala Penal del STJ se excus\u00f3 de intervenir y el Foro Ecologista de Paran\u00e1 cree que no hay motivos para que se aparte<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>El debate por la aplicaci\u00f3n de agroqu\u00edmicos sobre los\nsembrad\u00edos que rodean las escuelas rurales sigue abierto en los tribunales\nentrerrianos.<\/p>\n\n\n\n<p>Un repaso r\u00e1pido dir\u00eda que todo comenz\u00f3 cuando el juez Oscar\nBenedetto hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el Foro Ecologista\nde Paran\u00e1 y Agmer, y prohibi\u00f3 en forma provisoria las fumigaciones terrestres\ncon agroqu\u00edmicos en un radio de mil metros alrededor de las escuelas rurales y\nlas aspersiones a\u00e9reas a menos de tres mil metros; y el fallo fue confirmado\npor el Superior Tribunal de Justicia (STJ).<\/p>\n\n\n\n<p>El Gobierno quiso cubrir el vac\u00edo legal a trav\u00e9s de un\ndecreto mediante el que reduce las distancias a cien y quinientos metros,\nrespectivamente, pero no present\u00f3 informaci\u00f3n ni estudios que justificaran esa\ndecisi\u00f3n. Entonces el juez Andr\u00e9s Marfil, de la Sala Civil y Comercial, declar\u00f3\nla inconstitucionalidad del decreto e inst\u00f3 al Gobierno a que realice \u201clos\nestudios ambientales correspondientes para determinar hasta qu\u00e9 punto resulta\nplausible extender esta pr\u00e1ctica agr\u00edcola sin afectar la salud humana de las\npersonas protegidas\u201d. El asunto entonces vuelve al alto cuerpo y ahora la\ndiscusi\u00f3n para por determinar qu\u00e9 jueces tratar\u00e1n el caso.<\/p>\n\n\n\n<p>En el medio se meti\u00f3 el Presidente Mauricio Macri, en su\n\u00faltima visita a la provincia, con una fallida declaraci\u00f3n en la que critic\u00f3 el\nfallo, pero termin\u00f3 confundiendo un decreto con una ley, una ley con un fallo\njudicial y un fallo judicial con una ley. De paso, se llev\u00f3 un \u201cen\u00e9rgico\nrechazo\u201d de la Asociaci\u00f3n de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial por\nsus palabras.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora, el Foro Ecologista de Paran\u00e1 hizo una presentaci\u00f3n\npara que no se admita la excusaci\u00f3n de los integrantes de la Sala de\nProcedimientos Constitucionales y Penal para intervenir en el asunto por haber\nsido ellos mismos \u2013Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel \u00c1ngel Giorgio\u2013\nquienes confirmaron el fallo del juez Benedetto.<\/p>\n\n\n\n<p>El tribunal ad-hoc que analizar\u00eda la apelaci\u00f3n del Gobierno\nprovincial est\u00e1 integrado por los vocales Mart\u00edn Carbonell, Germ\u00e1n Carlomagno y\nEmilio Castrill\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero el Foro Ecologista dice que no existen motivos para la\nexcusaci\u00f3n de los integrantes de la Sala Penal; que el nuevo tribunal no es el\n\u201cjuez natural\u201d y, por lo tanto, su conformaci\u00f3n no es la que corresponde seg\u00fan\nla ley; y tambi\u00e9n recus\u00f3 al vocal Castrill\u00f3n por considerar que mantuvo\nreuniones con representantes de entidades agropecuarias y adelant\u00f3 su opini\u00f3n\nsobre la resoluci\u00f3n del conflicto.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo que est\u00e1 en discusi\u00f3n es la constitucionalidad del\nDecreto N\u00famero 4.407, por el cual se estableci\u00f3 que las \u201caplicaciones\nterrestres de fitosanitarios\u201d pod\u00edan realizarse a cien metros de las escuelas,\ny las aplicaciones a\u00e9reas, a quinientos metros.<\/p>\n\n\n\n<p>En principio, el juez Marfil dispuso la nulidad de los\nart\u00edculos del decreto y eso debe resolver ahora el STJ. Carubia, Mizawak y\nGiorgio se excusaron, precisamente, porque fueron quienes ratificaron el fallo\ndel juez Benedetto. Pero los abogados del Foro Ecologista, se\u00f1alaron que\naquella intervenci\u00f3n \u201cno configura ninguna de las causales de excusaci\u00f3n\u201d y que\nde ning\u00fan modo incurrieron en un \u201cprejuzgamiento\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>De hecho, dicen los letrados, \u201cla primera acci\u00f3n ten\u00eda como\nobjeto principal establecer l\u00edmites de prohibici\u00f3n para la fumigaci\u00f3n con\nagroqu\u00edmicos en zonas aleda\u00f1as a las escuelas rurales provinciales as\u00ed como que\nse realicen estudios del impacto de los mismos sobre la salud y el ambiente;\nmientras que la segunda y presente acci\u00f3n de amparo tiene como finalidad\ndeclarar la nulidad de un decreto del Poder Ejecutivo que viola las \u00f3rdenes\nimpartidas judicialmente en el primer caso\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de que no prospere su reclamo inicial, los\nletrados recusaron al vocal Emilio Castrill\u00f3n como integrante del tribunal\nad-hoc por \u201chaber dado consejo o manifestado extrajudicialmente su opini\u00f3n o\nbrindado recomendaciones acerca de la controversia, antes o despu\u00e9s de\ncomenzado el proceso\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Vale recordar que en noviembre de 2018, luego de que la Sala\nPenal confirmara el fallo que restringe las fumigaciones a una distancia de mil\nmetros para las pulverizaciones terrestres y tres mil metros para las\nfumigaciones \u00e1reas alrededor de las escuelas rurales, Castrill\u00f3n particip\u00f3 de\nuna conferencia con entidades de productores que luego se presentaron ante la\nJusticia como afectados por aquel fallo y, seg\u00fan los abogados del Foro\nEcologista, \u201cse permiti\u00f3 dar consejos en el marco de la causa que amerit\u00f3 que\nlos integrantes de la Sala Penal Carubia, Giorgio y Mizawak entendieran los\nafectaba\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, el 25 de marzo pasado, en di\u00e1logo con el programa\n5 Esquinas, que se emite por Radio Costa Paran\u00e1, el magistrado dijo que \u201cla\nsoluci\u00f3n debe ser eminentemente pol\u00edtica, coherente y social\u201d, record\u00f3 P\u00e1gina\nJudicial.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSi me preguntan si un s\u00e1bado o un domingo, que no est\u00e1n los\nchicos en la escuela, se puede fumigar, es muy dif\u00edcil decir que no. Pero si me\ndicen que est\u00e1n los chicos y que van a fumigar y puede afectarlos la deriva por\nel viento, les digo que no, que no se puede arriesgar la vida de los gurises.\nPero las escuelas est\u00e1n en las zonas rurales y ah\u00ed es donde se necesita\nproducir. Nadie va a querer que se enfermen sus gurises, pero tampoco nadie va\na querer irse a los centros urbanos porque no puede producir\u201d, agreg\u00f3 el\nmagistrado.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el magistrado consider\u00f3 que \u201chabr\u00e1 que encontrar\nun intermedio para asegurar la convivencia humana. Habr\u00e1 que reglarlo: no\ncualquiera pude fumigar, no se puede fumigar cualquier d\u00eda, no se puede fumigar\nsi no se est\u00e1 inscripto. Eso es un vac\u00edo que se ha ido postergando y ha hecho\nque los movimientos protectores del medio ambiente se levanten contra eso\u201d y\nagreg\u00f3 que \u201cel fallo buscaba cubrir un bache porque no estaba regulado. Ahora,\nsi est\u00e1 regulado, vale la regulaci\u00f3n\u201d e insisti\u00f3 en que \u201csi el fallo (del juez\nBenedetto y confirmado por el STJ) dice que falla porque hay un vac\u00edo de\nreglamentaci\u00f3n y de ley y se cubre el vac\u00edo de reglamentaci\u00f3n y de ley, esa\ncobertura debe regir. Si esa cobertura es legal o ilegal forma parte de otro\nplanteo que debe resolverse\u201d. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Finalmente el Gobierno provincial apel\u00f3 ante el Superior Tribunal de Justicia el fallo de la Sala III de la C\u00e1mara Civil y Comercial que anul\u00f3 el decreto que regulaba las distancias m\u00ednimas para fumigaciones. En tanto, la Sala Penal del STJ se excus\u00f3 de intervenir y el Foro Ecologista de Paran\u00e1 cree que no hay motivos para que se aparte El debate por la aplicaci\u00f3n de agroqu\u00edmicos sobre los sembrad\u00edos que rodean las escuelas rurales sigue abierto en los tribunales entrerrianos. 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