{"id":4180,"date":"2016-11-09T09:11:11","date_gmt":"2016-11-09T12:11:11","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=4180"},"modified":"2016-11-09T09:11:11","modified_gmt":"2016-11-09T12:11:11","slug":"afip-quiere-impedir-que-oil-se-presente-en-la-moratoria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2016\/11\/09\/afip-quiere-impedir-que-oil-se-presente-en-la-moratoria\/","title":{"rendered":"AFIP quiere impedir que Oil se presente en la moratoria"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Seg\u00fan la norma aprobada por el Congreso, s\u00f3lo quedan fuera de la posibilidad de solucionar problemas fiscales aquellos contribuyentes que tengan sentencia judicial firme<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La conducci\u00f3n de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) decidi\u00f3 ayer impedir a la empresa Oil Combustibles SA acogerse al blanqueo, pese a que legalmente, seg\u00fan el texto aprobado por el Congreso Nacional, no hay ning\u00fan tipo de impedimento para que ese derecho se concrete. Seg\u00fan fuentes del organismo que maneja Alberto Abad, la AFIP no dejar\u00e1 ingresar a la compa\u00f1\u00eda para que \u00e9sta salde la deuda que seg\u00fan la repartici\u00f3n se debe completar para cubrir el pasivo con el sector p\u00fablico, y que alcanza a unos 8.000 millones de pesos. La AFIP concretar\u00e1 esta acci\u00f3n a trav\u00e9s de una disposici\u00f3n interna, que dictar\u00e1 que &#8220;empresa OIL COMBUSTIBLES SA no podr\u00e1 acogerse al R\u00e9gimen de Regularizaci\u00f3n Excepcional de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras, establecido por el T\u00edtulo II del Libro II de la Ley N\u00ba 27.260&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan la argumentaci\u00f3n oficial, la traba para que se cumpla la presentaci\u00f3n se basar\u00eda en que la acusaci\u00f3n contra la empresa incluye una investigaci\u00f3n sobre &#8220;defraudaci\u00f3n contra la administraci\u00f3n p\u00fablica&#8221;, presentada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N\u00b0 10&#8243;. Sin embargo, la \u00fanica acusaci\u00f3n tributaria que pesa sobre la compa\u00f1\u00eda es por la supuesta evasi\u00f3n tributaria, sin incluir los delitos penales que le atribuye la AFIP y que debe determinar la Justicia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con esto, legalmente, no hay impedimentos para que cualquier privado pueda presentarse en el llamado a regularizar su situaci\u00f3n fiscal ingresando en el llamado. Incluso, seg\u00fan lo que se establece en la redacci\u00f3n de la ley de blanqueo, si no hay acusaci\u00f3n o procesamiento directo, la empresa puede ingresar en el llamado, regularizar su situaci\u00f3n y continuar con los procedimientos penales correspondientes. Esto sin perjuicio de haberse normalizado la situaci\u00f3n impositiva. La \u00fanica limitaci\u00f3n concreta que incluye la ley que aprob\u00f3 el Congreso para poder sumarse al llamado es que haya sentencia firme de parte de la Justicia. En este caso, tanto la direcci\u00f3n de Oil Combustibles como los empresarios Crist\u00f3bal L\u00f3pez y Fabi\u00e1n de Souza no tienen ni procesamiento ni sentencia firme, con lo cual tanto la compa\u00f1\u00eda como las personas f\u00edsicas que figuran en como responsables no tienen impedimentos para sumarse al llamado. Esto incluye tanto el blanqueo como la moratoria. La empresa propuso ingresar al blanqueo mostrando voluntad de pago, cancelando el 50% del total adeudado (m\u00e1s que el 10% requerido seg\u00fan la ley), y el resto en cuotas, siempre seg\u00fan lo establecido en la reglamentaci\u00f3n del llamado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Curiosamente, la abusiva decisi\u00f3n del organismo se redact\u00f3 y difundi\u00f3 ayer, un d\u00eda antes que la empresa Oil se presentara para inscribirse en el sinceramiento fiscal, lo que ten\u00eda pensado hacer hoy.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la resoluci\u00f3n que se conocer\u00e1 ma\u00f1ana, la AFIP argumenta que &#8220;la Subdirecci\u00f3n General de Asuntos Jur\u00eddicos ha dictaminado cu\u00e1l es el alcance del citado punto 3 del inciso e) del Art\u00edculo 84 de la Ley N\u00b0 27.260, en la inteligencia de que cuando los sujetos imputados por algunos de los delitos comunes consignados en dicha norma, lo han cometido como responsables de una persona jur\u00eddica y los mismos tengan conexi\u00f3n con el incumplimiento de las obligaciones tributarias de la sociedad que conducen, su procesamiento -aun cuando no se encuentre firme- impide a la persona de existencia ideal por ellos conducida adherir a las disposiciones de los T\u00edtulos I y II del Libro II de la referida ley&#8221;. Tomando en cuenta estas argumentaciones, que no est\u00e1n probadas por la Justicia y forman s\u00f3lo parte de la acusaci\u00f3n impuesta ante la AFIP, la situaci\u00f3n ser\u00eda la misma. No se le podr\u00eda impedir a la empresa Oil Combustibles ni a sus directores presentarse ni en la moratoria ni en el llamado a blanquear capitales, ya que no hay sentencia firme por parte de la Justicia. Y que, en todo caso, la decisi\u00f3n que tomen los magistrados apuntar\u00e1 (dependiendo la decisi\u00f3n final que se tome) a la situaci\u00f3n procesal y judicial de la empresa y sus responsables. Pero no alcanza la voluntad fiscal de la compa\u00f1\u00eda de regularizar la situaci\u00f3n planteada por el propio estado a trav\u00e9s de la AFIP.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Oil Combustibles asegur\u00f3 que igualmente se presentar\u00e1 para terminar de regularizar su situaci\u00f3n fiscal en el llamado a moratoria; y que si desde la AFIP no se le permite el derecho, la situaci\u00f3n ser\u00e1 resuelta en la Justicia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan la norma aprobada por el Congreso, s\u00f3lo quedan fuera de la posibilidad de solucionar problemas fiscales aquellos contribuyentes que tengan sentencia judicial firme &nbsp; &nbsp; &nbsp; La conducci\u00f3n de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) decidi\u00f3 ayer impedir a la empresa Oil Combustibles SA acogerse al blanqueo, pese a que legalmente, seg\u00fan el texto aprobado por el Congreso Nacional, no hay ning\u00fan tipo de impedimento para que ese derecho se concrete. Seg\u00fan fuentes del organismo que maneja Alberto Abad, la AFIP no dejar\u00e1 ingresar a la compa\u00f1\u00eda para&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":4181,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[18],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4180"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4180"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4180\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4182,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4180\/revisions\/4182"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4181"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4180"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4180"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4180"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}