{"id":39717,"date":"2019-01-29T12:28:38","date_gmt":"2019-01-29T15:28:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=39717"},"modified":"2019-01-29T12:28:38","modified_gmt":"2019-01-29T15:28:38","slug":"la-provincia-debera-definir-si-realiza-aportes-a-los-partidos-para-las-elecciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2019\/01\/29\/la-provincia-debera-definir-si-realiza-aportes-a-los-partidos-para-las-elecciones\/","title":{"rendered":"La Provincia deber\u00e1 definir si realiza aportes a los partidos para las elecciones"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>El Estado provincial deber\u00e1 definir de cara a las elecciones provinciales de abril y junio si realiza o no un aporte para que los partidos pol\u00edticos que intervendr\u00e1n puedan llevar adelante sus campa\u00f1as. En 2007 el Ejecutivo provincial realiz\u00f3 una contribuci\u00f3n. El escenario de las candidaturas y las posibilidades de armar \u201clistas cortas\u201d dentro de cada oferta electoral<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A pesar de todos los intentos que se han hecho, en la provincia a\u00fan rige para las internas simult\u00e1neas la denominada \u201cLey Castrill\u00f3n\u201d, con las modificaciones parciales que se le introdujeron en 2015.<\/p>\n<p>Esta norma establece que el Poder Ejecutivo Provincial tendr\u00e1 a su cargo el costo de la impresi\u00f3n de las boletas de las listas participantes en las elecciones primarias, que en esta oportunidad se concretar\u00e1n el 14 de abril \u201chasta el equivalente a una vez el padr\u00f3n electoral, conforme al \u00e1mbito de actuaci\u00f3n territorial de cada lista oficializada\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, nada dice de las campa\u00f1as electorales ni de contribuciones para las elecciones generales.<\/p>\n<p>Existe un antecedente en la materia. En 2007 tambi\u00e9n se vot\u00f3 en forma desdoblada para cargos provinciales de forma desdoblada con los comicios nacionales. La elecci\u00f3n fue en marzo.<\/p>\n<p>A fin de atender el planteo hecho por varias fuerzas pol\u00edticas para atender los costos de campa\u00f1a y de votaci\u00f3n, el Poder Ejecutivo dict\u00f3 el decreto 437 mediante el cual se dispuso el otorgamiento de un aporte no reintegrable, siguiendo el criterio de hacer primar \u201cla equidad en la distribuci\u00f3n\u201d y con un lineamiento \u201cobjetivo y racional\u201d a efectos de no caer en diferencias \u201cdesproporcionadas o injustificables\u201d entre los distintos partidos y frentes.<\/p>\n<p>El criterio elegido hizo pie en las categor\u00edas de cargos y los distritos en los cuales cada fuerza particip\u00f3, recibiendo un aporte mayor las que intervinieron en todos los circuitos electorales y reduci\u00e9ndose proporcionalmente para las que solo estuvieron presentes en comicios locales.<\/p>\n<p>El monto asignado en aquella oportunidad para las 53 fuerzas que intervinieron fue de $ 855.193. El decreto se emiti\u00f3 el 20 de febrero de 2007. Ese d\u00eda, el Banco Central vend\u00eda el d\u00f3lar a $ 3,10, por lo que el aporte fue equivalente a u$s 275.869 ($ 10.615.439 al tipo de cambio de hoy).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Estado provincial deber\u00e1 definir de cara a las elecciones provinciales de abril y junio si realiza o no un aporte para que los partidos pol\u00edticos que intervendr\u00e1n puedan llevar adelante sus campa\u00f1as. En 2007 el Ejecutivo provincial realiz\u00f3 una contribuci\u00f3n. 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