{"id":36339,"date":"2018-11-15T11:10:46","date_gmt":"2018-11-15T14:10:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=36339"},"modified":"2018-11-15T11:10:46","modified_gmt":"2018-11-15T14:10:46","slug":"con-el-cobro-del-bono-2018-el-impuesto-a-las-ganancias-puede-alcanzar-a-mas-trabajadores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2018\/11\/15\/con-el-cobro-del-bono-2018-el-impuesto-a-las-ganancias-puede-alcanzar-a-mas-trabajadores\/","title":{"rendered":"Con el cobro del bono 2018, el Impuesto a las Ganancias puede alcanzar a m\u00e1s trabajadores"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Tras la publicaci\u00f3n del decreto, las empresas consultan c\u00f3mo liquidar el bono 2018, por el que no se retienen aportes pero s\u00ed pagan el tributo<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El bono 2018 obligatorio que otorg\u00f3 el Gobierno puede tener consecuencias inesperadas para aquellos que hoy no tributan el Impuesto a las Ganancias o para quienes est\u00e1n cerca de cambiar de al\u00edcuota en la escala. Y las empresas ya consultan c\u00f3mo liquidar el beneficio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El decreto, publicado este martes en el Bolet\u00edn Oficial, plantea una serie de dudas en su aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n por parte de las empresas que no s\u00f3lo tienen que hacerse cargo de este nuevo costo obligatorio, sino que adem\u00e1s tienen que lidiar con la carga administrativa que implica su determinaci\u00f3n sobre una redacci\u00f3n confusa y poco clara sobre diversos aspectos, advirti\u00f3 a El Cronista Iv\u00e1n Sasovsky, titular del estudio del mismo nombre.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Toda remuneraci\u00f3n que supera el m\u00ednimo no imponible y las deducciones establecidas por ley, tributa el Impuesto a las Ganancias independientemente de su car\u00e1cter remunerativo o no, explic\u00f3 Sasovsky.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La autonom\u00eda del derecho tributario separa absolutamente la conceptualizaci\u00f3n de la base imponible para la seguridad social de la base imponible para el Impuesto a las Ganancias, precis\u00f3 Sasovsky.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dado que el Poder Ejecutivo tiene vedada la posibilidad de otorgar exenciones, el plus tributa el Impuesto a las Ganancias y se incorpora como una ganancia m\u00e1s en la determinaci\u00f3n del impuesto, enfatiz\u00f3 el especialista.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Frente al mensaje que les llega a los empleados, muchos piensan que van a recibir un monto neto, que no ser\u00e1 el que vean acreditados en sus cuentas con la liquidaci\u00f3n de sus respectivos haberes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Y ser\u00e1 el empleador quien deber\u00e1 salir a explicar esta situaci\u00f3n, record\u00f3 Sasovsky.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por otra parte, al tributar el Impuesto a las Ganancias hay casos en los que por la incorporaci\u00f3n del bono, se produce un salto de tramo en la tabla de al\u00edcuotas que determina el impuesto definitivo a pagar por el empleado, debiendo pagar m\u00e1s de lo que le corresponde sin la incorporaci\u00f3n de este nuevo concepto, advirti\u00f3 Sasovsky.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Actualmente, un trabajador soltero y sin hijos tributa el Impuesto a las Ganancias a partir de un salario de bolsillo (neto) de $29.855 mensuales. En el caso de un trabajador casado y con dos hijos de hasta 18 a\u00f1os tributa a partir de un salario de bolsillo de $39.495 mensuales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con todo, un trabajador soltero que cobre $26.000 netos mensuales y reciba el bono de $5.000 pagar\u00e1 ganancias por la diferencia. Tambi\u00e9n se puede ocurrir que al sumar el bono, un empleado pueda saltar un tramo en la tabla de al\u00edcuotas que determina el monto a pagar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El impacto del bono en el Impuesto a las Ganancias, de todas formas, ser\u00e1 menor en el caso de que se pague en varias cuotas. &#8220;Va a depender de c\u00f3mo se paga, si se va cuotificando o no&#8221;, advirti\u00f3 Litvin. Tambi\u00e9n se debe prestar atenci\u00f3n si se percibe el bono despu\u00e9s de enero, porque es el mes donde se aumentan los m\u00ednimos no imponibles.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Impuesto a las Ganancias sigue avanzando sobre los ingresos de los argentinos y ya afecta a casi 2 millones de personas, un 62,5% m\u00e1s que la cantidad de contribuyentes de 2015. En ese a\u00f1o, pagaban Ganancias 1.194.149 personas; en 2016, unas 1.688.141; en 2017, unas 1.990.349; y ahora, 1.939.994 trabajadores.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esos datos oficiales indican que unas 745.845 personas que en 2015 no pagaban Ganancias tuvieron que pasar a tributar, independientemente de la erosi\u00f3n que hayan registrado sus ingresos por el impacto de la inflaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfLa empresa puede hacerse cargo?<\/strong><\/p>\n<p>La redacci\u00f3n del Decreto s\u00f3lo deja como concepto no remunerativo la suma de $5000.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por este motivo, cualquier acrecentamiento que se quiera dar, para que el empleado reciba ese monto neto, estar\u00e1 sujeto a aportes y contribuciones, encareciendo a\u00fan m\u00e1s cualquier buena voluntad que quiera mostrar el empleador, concluy\u00f3 Sasovsky.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cuanto al bono en s\u00ed, Sasovsky resumi\u00f3 que el Decreto establece una asignaci\u00f3n no remunerativa (ANR) con las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es de $ 5000, a abonarse en dos cuotas iguales, junto a las remuneraciones de los meses de noviembre de 2018 y enero de 2019, respectivamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El pago ser\u00e1 proporcional cuando la prestaci\u00f3n de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se prev\u00e9 para aquellas actividades o sectores en crisis o declinaci\u00f3n productiva la flexibilizaci\u00f3n del pago de la ANR, que deber\u00e1 formalizarse mediante Acuerdos convencionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se establece un r\u00e9gimen de absorci\u00f3n para aquellas actividades que hayan pactado un incremento salarial en concepto de revisi\u00f3n salarial complementaria a la negociaci\u00f3n colectiva de 2018 y tambi\u00e9n para los empleadores que unilateralmente hubiesen otorgado otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1 de enero de 2018.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se aclara que las nuevas negociaciones colectivas que se celebren para instrumentar sumas en concepto de revisi\u00f3n salarial podr\u00e1n tomar en cuenta el monto de la presente ANR.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Quedan excluidos del pago de la ANR los trabajadores del R\u00e9gimen de Trabajo Agrario y Personal de Casas Particulares, como as\u00ed tambi\u00e9n los que pertenezcan al sector p\u00fablico nacional, provincial y municipal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras la publicaci\u00f3n del decreto, las empresas consultan c\u00f3mo liquidar el bono 2018, por el que no se retienen aportes pero s\u00ed pagan el tributo &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; El bono 2018 obligatorio que otorg\u00f3 el Gobierno puede tener consecuencias inesperadas para aquellos que hoy no tributan el Impuesto a las Ganancias o para quienes est\u00e1n cerca de cambiar de al\u00edcuota en la escala. 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