{"id":28535,"date":"2018-06-13T10:24:58","date_gmt":"2018-06-13T13:24:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=28535"},"modified":"2018-11-06T19:44:00","modified_gmt":"2018-11-06T22:44:00","slug":"reparacion-historica-habilitan-pago-de-anticipos-a-jubilados-en-juicio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2018\/06\/13\/reparacion-historica-habilitan-pago-de-anticipos-a-jubilados-en-juicio\/","title":{"rendered":"Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica: habilitan pago de anticipos a jubilados en juicio"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Una cautelar se basa en la vulnerabilidad del jubilado para cobrar hasta la sentencia y otra tom\u00f3 el anticipo como pago a cuenta. ANSeS considera que no respeta la ley de RH<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La ANSeS les permite a los jubilados en situaci\u00f3n de urgencia cobrar el haber ajustado por Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica aunque no hubieran aceptado adherirse al programa. Pero esos beneficiarios tienen tiempo para aceptar la oferta hasta el 30 de junio pr\u00f3ximo. Hoy el organismo est\u00e1 evaluando si prorrogar nuevamente este anticipo. Pero la C\u00e1mara de Seguridad Social se adelant\u00f3 y dict\u00f3 una cautelar para que una jubilada en juicio siga cobrando el haber aunque una nueva norma no prorrogue el beneficio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso &#8220;Piano, Rosa Angela contra ANSeS&#8221;, la Sala II concedi\u00f3 la medida cautelar solicitada por la jubilada que &#8220;pretende mantener el haber percibido con el ajuste por reparaci\u00f3n hist\u00f3rica hasta tanto se dicte sentencia definitiva&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para los jueces de la C\u00e1mara, si bien &#8220;percibe un beneficio previsional por la suma de $ 5661,16, no puede desconocerse que con este haber y a la edad de 83 a\u00f1os la actora se encuentra en una situaci\u00f3n de total desamparado y completamente ultrajado su derecho de naturaleza alimentaria, lo cual configura una grave lesi\u00f3n a la incolumidad de los derechos humanos sociales cuya protecci\u00f3n judicial reviste naturaleza constitucional y convencional. (Art. 26 de la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos y art. 75, inc. 22 de la Constituci\u00f3n Nacional)&#8221;. Consideran que ese pacto est\u00e1 por encima de la resoluci\u00f3n de ANSeS, que fija el vencimiento del beneficio, y evita que se le disminuya la prestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n 25 de ANSeS, de febrero de este a\u00f1o, hab\u00eda prorrogado hasta el 30 de junio el plazo para que los beneficiarios que obtuvieron un reajuste anticipado en el marco de Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica por ser mayores a 80 a\u00f1os, padecer alguna enfermedad grave o percibir haberes de menores montos presten su consentimiento y suscriban el acuerdo en la web del organismo previsional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;No est\u00e1 definido&#8221;, explicaron en ANSeS, respecto de realizar una nueva pr\u00f3rroga, que ya se viene haciendo desde febrero de 2017.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan el organismo, ser\u00edan unos 300 mil beneficiarios una porci\u00f3n de los cuales est\u00e1 en juicio los que estar\u00edan cobrando los reajustes pero no aceptaron la oferta en la web, ya que 1,2 mill\u00f3n de personas est\u00e1n cobrando los haberes reajustados al programa pero suman 900 mil las aceptaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;La cautelar no termina con la litigiosidad y pone los incentivos en el lugar inadecuado&#8221;, interpretaron fuentes de ANSeS. &#8220;Porque no se representa el principio de la ley, que es que las personas opten por la Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica y terminen con el juicio. Y si quieren optar por el juicio, deber\u00edan no percibir el anticipado&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La semana pasada, otra cautelar de la sala I\u00b4 de la C\u00e1mara tambi\u00e9n habilit\u00f3 el cobro de la Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica para un jubilado en juicio: consider\u00f3 que el anticipo del programa es un pago a cuenta de la sentencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso &#8220;Guarco, Oscar Ricardo versus ANSeS&#8221;, los jueces determinaron que &#8220;teniendo en cuenta el car\u00e1cter alimentario de las sumas en cuesti\u00f3n y que el menoscabo que pueda significar la afectaci\u00f3n del monto del haber que percibe podr\u00eda tornar ilusorio del derecho reconocido en la sentencia de fondo, corresponde hacer lugar a la medida cautelar solicitada y que las sumas percibidas en tal concepto por el actor, sean tenidas como parte de pago&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ahora, la ANSeS quiere evitar una lluvia de amparos de jubilados en juicio para solicitar seguir cobrando el haber ajustado por Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica antes de haber aceptado el programa. Entiende que la norma fue creada para los casos de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para el abogado Federico Despoulis Negri, &#8220;queda claro que la Justicia empieza a ver que es funci\u00f3n del Estado pagar la sentencia en forma completa y no supletoria. Por eso para la C\u00e1mara vale el juicio y no la Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica en s\u00ed, los derechos ganados por la sentencia&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una cautelar se basa en la vulnerabilidad del jubilado para cobrar hasta la sentencia y otra tom\u00f3 el anticipo como pago a cuenta. ANSeS considera que no respeta la ley de RH &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; La ANSeS les permite a los jubilados en situaci\u00f3n de urgencia cobrar el haber ajustado por Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica aunque no hubieran aceptado adherirse al programa. Pero esos beneficiarios tienen tiempo para aceptar la oferta hasta el 30 de junio pr\u00f3ximo. 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