{"id":27754,"date":"2018-05-29T10:16:44","date_gmt":"2018-05-29T13:16:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=27754"},"modified":"2018-11-06T19:45:04","modified_gmt":"2018-11-06T22:45:04","slug":"facilitan-la-opcion-para-darse-de-baja-de-un-servicio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2018\/05\/29\/facilitan-la-opcion-para-darse-de-baja-de-un-servicio\/","title":{"rendered":"Facilitan la opci\u00f3n para darse de baja de un servicio"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>El Gobierno busca que darse de baja de una empresa telef\u00f3nica, de Internet o de televisi\u00f3n por cable no sea tan engorroso. Para eso, obligar\u00e1 a estos proveedores de servicios a que sumen en su sitio web, a simple vista y en el primer acceso, un link mediante el cual el consumidor podr\u00e1 solicitar la interrupci\u00f3n del servicio contratado. As\u00ed lo estableci\u00f3 la resoluci\u00f3n 316\/18 de la Secretar\u00eda de Comercio, publicada ayer en el Bolet\u00edn Oficial, que entrar\u00e1 en vigor el 28 de julio<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;Esta medida, que es una norma obligatoria, surge como respuesta a la cantidad de reclamos que recibimos de consumidores que encuentran dif\u00edcil dar de baja servicios que contrataron&#8221;, afirm\u00f3 el director nacional de Defensa del Consumidor, Fernando Blanco Mui\u00f1o, durante una conferencia de prensa en el Ministerio de Producci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En 2017 hubo 65.000 reclamos en la web de la Direcci\u00f3n del Consumidor, y Servicios de Comunicaciones fue el rubro m\u00e1s reclamado, con un 30% de las presentaciones. Dentro de ese rubro, el \u00edtem m\u00e1s se\u00f1alado fue &#8220;falta de procesamiento de solicitud de baja&#8221; (22%).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;La gente no sabe d\u00f3nde se puede dar de baja y califican el tr\u00e1mite de complicado y de concreci\u00f3n dif\u00edcil, porque muchas veces las empresas no daban la baja porque la facturaci\u00f3n no hab\u00eda cerrado&#8221;, se\u00f1al\u00f3 Blanco Mui\u00f1o, que dijo que esto no va a seguir sucediendo: una cosa es que haya una deuda y otra, el tr\u00e1mite de baja. &#8220;Buscamos simplificarle la vida al cliente y que tenga una constancia de la baja de acuerdo con la ley de defensa del consumidor, que es la que le da marco a esta resoluci\u00f3n&#8221;, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En esta primera etapa se tomaron en cuenta los sectores de telefon\u00eda fija y m\u00f3vil, servicios de acceso a Internet y televisi\u00f3n satelital, mientras que, en lo sucesivo, Defensa del Consumidor podr\u00e1 ampliar el alcance de la norma a otros rubros como, por ejemplo, la suscripci\u00f3n a gimnasios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s del link, el art\u00edculo 2\u00b0 de la resoluci\u00f3n obliga a todos los proveedores de servicios que brinden el servicio de atenci\u00f3n en forma telef\u00f3nica y\/o electr\u00f3nica a llevar un registro de los reclamos con la siguiente informaci\u00f3n: datos de identidad del usuario, n\u00famero de cliente, fecha de contrataci\u00f3n del servicio y medio por el que lo efectu\u00f3, asignaci\u00f3n de c\u00f3digo de rescisi\u00f3n y modo en el que concluy\u00f3 el tr\u00e1mite, incluso en los casos en los que el consumidor decida continuar con la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan Blanco Mui\u00f1o, estos seis puntos van a ser \u00fatiles por si desde la Direcci\u00f3n necesitan consultar a las empresas. Con respecto al c\u00f3digo de rescisi\u00f3n o n\u00famero de reclamo, dijo que la empresa deber\u00e1 informarlo en el plazo de 24 horas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por otro lado, el art\u00edculo 3\u00b0 de la resoluci\u00f3n mejora el servicio de atenci\u00f3n al consumidor, obligando a las empresas a tener un horario de atenci\u00f3n de consultas y\/o reclamos que no puede ser inferior a los d\u00edas y horarios en que operen comercialmente. Para el caso de los proveedores que brindan el servicio de atenci\u00f3n en forma exclusivamente telef\u00f3nica y\/o electr\u00f3nica, el horario de atenci\u00f3n no podr\u00e1 ser inferior a ocho horas por d\u00eda, de lunes a viernes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el funcionario destac\u00f3 que la norma fue consensuada. &#8220;Nos reunimos con asociaciones de defensa del consumidor el 21 de mayo y con proveedores el mi\u00e9rcoles pasado. El texto final surgi\u00f3 del acuerdo entre todos&#8221;, concluy\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno busca que darse de baja de una empresa telef\u00f3nica, de Internet o de televisi\u00f3n por cable no sea tan engorroso. Para eso, obligar\u00e1 a estos proveedores de servicios a que sumen en su sitio web, a simple vista y en el primer acceso, un link mediante el cual el consumidor podr\u00e1 solicitar la interrupci\u00f3n del servicio contratado. 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