{"id":22793,"date":"2018-01-29T12:19:39","date_gmt":"2018-01-29T15:19:39","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=22793"},"modified":"2018-11-06T19:47:49","modified_gmt":"2018-11-06T22:47:49","slug":"ater-comenzo-a-implementar-los-cambios-de-la-reforma-tributaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2018\/01\/29\/ater-comenzo-a-implementar-los-cambios-de-la-reforma-tributaria\/","title":{"rendered":"ATER comenz\u00f3 a implementar los cambios de la reforma tributaria"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Tras 20 d\u00edas de promulgada la ley 10.557, el titular de ATER present\u00f3 ante una veintena de jefes de oficinas de atenci\u00f3n la implementaci\u00f3n de la reforma tributaria. Anticiparon la puesta en funciones de servicios que facilitar\u00e1n la operatoria para los distintos contribuyentes y asesores impositivos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Ley 10.557 fue promulgada por el gobernador Gustavo Bordet el 27 de diciembre pasado, con vigencia desde el 1\u00b0 de Enero, y ya el 10 de enero de 2018 la ATER dispuso su reglamentaci\u00f3n. Seg\u00fan se inform\u00f3, se trabaj\u00f3 con mucha celeridad en el dictado de las Resoluciones Reglamentarias con el objeto de anticipar a los contribuyentes, y sobre todo sus asesores impositivos, los alcances y la forma de aplicaci\u00f3n de la Ley.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En ese marco, dispuso un esquema de capacitaci\u00f3n para distintos jefes de las representaciones territoriales de ATER con el objeto de ir explicando los alcances de las adecuaciones en la forma de aplicar los cambios dispuestos por la nueva Ley. En una serie de encuentros mantenidos esta semana con m\u00e1s de 20 jefes de oficinas de representaciones de toda la provincia, acompa\u00f1ado de los departamentos t\u00e9cnicos, el titular de ATER, Sergio Granetto destac\u00f3 que \u201cdesde ATER se ha trabajado contra reloj todo este mes de enero con el objeto de implementar una reforma tributaria en tiempo record, poniendo a disposici\u00f3n de los contribuyentes y sus asesores varias herramientas que facilitaran la implementaci\u00f3n de los cambios que dispone la nueva Ley. No es un dato menor que en 10 d\u00edas corridos desde la promulgaci\u00f3n de la Ley se hayan dictado todas las reglamentaciones al respecto\u201d. Y agreg\u00f3 que \u201csin dudas que habr\u00e1 inquietudes, consultas a evacuar, pero es normal para un proceso de esta naturaleza que no se da todos los a\u00f1os.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Reporte Web<\/strong><\/p>\n<p>En ese sentido, hizo un repaso de las disposiciones dictadas por la ATER: en materia de los nuevos esquemas de encuadre para ingresos Brutos (Resoluciones 6, 7 8, 9 y 42, del a\u00f1o 2018) y adecuaciones de al\u00edcuotas en los sistemas de retenci\u00f3n y percepci\u00f3n vigentes, entre otras que permiten la puesta en pr\u00e1ctica de la reforma y disponibles en la web de ATER www.ater.gob.ar &gt; secci\u00f3n informaci\u00f3n fiscal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se destac\u00f3 que en los primeros d\u00edas de febrero todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, podr\u00e1n acceder a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web con clave fiscal a un reporte web, donde la ATER pondr\u00e1 a disposici\u00f3n informaci\u00f3n relativa al encuadre del contribuyente, para lo que se recomend\u00f3 que es importante que se hayan presentado todas las declaraciones juradas del a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>El cumplidor paga menos<\/strong><\/p>\n<p>Como concepto a reiterar tambi\u00e9n se apunt\u00f3 que para los contribuyentes con Rubro Comercial, rige una menor al\u00edcuota de hasta un 1% menos, a aplicar durante todo el 2018, si el contribuyente tienen canceladas su saldos del impuesto sobre los Ingresos Brutos del a\u00f1o 2017, y tiene un plazo especial e improrrogable para hacerlo hasta el 1\u00b0 de marzo de 2018. Adem\u00e1s no debe tener ajustes por evasi\u00f3n en los \u00faltimos 3 a\u00f1os.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Acerca de la Reforma<\/strong><\/p>\n<p>Dentro del marco establecido por el Consenso Fiscal, la recientemente sancionada Ley N\u00b0 10.557,presenta un esquema de baja responsable y gradual de la presi\u00f3n tributaria provincial, destacando en ese proceso la buena conducta tributaria de los contribuyentes de determinados sectores, principalmente de escala micro, peque\u00f1os y medianos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, introduce un modelo de progresividad fiscal aplicable a los sectores primario, industrial y comercio, tal como se da en otras provincias integrantes de la Regi\u00f3n Centro (esto es, cuando m\u00e1s peque\u00f1o es el contribuyente tributa proporcionalmente menos o est\u00e1 exento del impuesto). Concomitantemente, se insta a los municipios a adherir, estableciendo posibilidades concretas para que estos puedan imitar el proceso respecto de sus tasas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras 20 d\u00edas de promulgada la ley 10.557, el titular de ATER present\u00f3 ante una veintena de jefes de oficinas de atenci\u00f3n la implementaci\u00f3n de la reforma tributaria. Anticiparon la puesta en funciones de servicios que facilitar\u00e1n la operatoria para los distintos contribuyentes y asesores impositivos &nbsp; &nbsp; &nbsp; La Ley 10.557 fue promulgada por el gobernador Gustavo Bordet el 27 de diciembre pasado, con vigencia desde el 1\u00b0 de Enero, y ya el 10 de enero de 2018 la ATER dispuso su reglamentaci\u00f3n. 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