{"id":20961,"date":"2017-11-30T09:59:43","date_gmt":"2017-11-30T12:59:43","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=20961"},"modified":"2017-11-30T09:59:43","modified_gmt":"2017-11-30T12:59:43","slug":"advertencias-por-el-retraso-que-habria-en-la-suba-de-las-jubilaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2017\/11\/30\/advertencias-por-el-retraso-que-habria-en-la-suba-de-las-jubilaciones\/","title":{"rendered":"Advertencias por el retraso que habr\u00eda en la suba de las jubilaciones"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>El cambio en la f\u00f3rmula de movilidad de los haberes es un punto central del proyecto de ley previsional que fue aprobada anoche en el Senado. Y la forma en que se prev\u00e9 pasar del sistema vigente al que se propone tiene sus cuestionamientos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan el proyecto, los ajustes pasar\u00edan de ser semestrales a trimestrales y se otorgar\u00edan en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada a\u00f1o. La f\u00f3rmula de c\u00e1lculo propuesta implica sumar el 70% de la inflaci\u00f3n acumulada en el trimestre tomado como referencia para cada caso y el 30% de la variaci\u00f3n que hayan tenido los salarios seg\u00fan el \u00cdndice de la Remuneraci\u00f3n Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), publicado por el Ministerio de Trabajo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasar\u00e1 con el primer aumento bajo el nuevo esquema? <\/strong><\/p>\n<p>El texto describe que ser\u00eda en marzo de 2018 y que, para definir el porcentaje, se tomar\u00eda como per\u00edodo de referencia el trimestre de julio a septiembre de 2017. Como los datos de las variables que integran la f\u00f3rmula ya est\u00e1n publicados, se sabe que la recomposici\u00f3n ser\u00eda de 5,7%. Y para la suba de junio se proyecta considerar lo ocurrido en el trimestre actual. A su vez, cada uno de los dos primeros trimestres de 2018 ser\u00eda la referencia para los ajustes de septiembre y de diciembre.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una objeci\u00f3n que se hace es que, en la transici\u00f3n, se estar\u00eda dejando pasar un semestre antes del primer aumento, en el inicio de un sistema que prev\u00e9 ajustes trimestrales. Y siempre las subas llegar\u00edan reci\u00e9n en el sexto mes posterior al cierre del per\u00edodo de referencia. En el Gobierno argumentan que no se deja de considerar ning\u00fan trimestre, porque el \u00faltimo incremento, el de septiembre pasado, respondi\u00f3 a lo que hab\u00eda ocurrido con las variables incluidas en la f\u00f3rmula actual hasta junio de este a\u00f1o. Y entonces, sostienen, lo l\u00f3gico ser\u00eda comenzar a aplicar la nueva modalidad a partir de lo sucedido en julio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para abogados previsionalistas consultados, deber\u00eda preverse un mecanismo para evitar el rezago incluido en el proyecto. Seg\u00fan Adri\u00e1n Tr\u00f3ccoli, una soluci\u00f3n ser\u00eda arrancar en marzo acumulando el resultado que d\u00e9 la f\u00f3rmula para los dos \u00faltimos trimestres de este a\u00f1o y luego, para junio, tomar como per\u00edodo de referencia el trimestre de enero a marzo. Tambi\u00e9n se adelantar\u00eda la referencia (respecto del proyecto) para las subas siguientes: se considerar\u00eda el segundo trimestre para ajustar los haberes en el mes de septiembre y el tercer trimestre para la correcci\u00f3n de diciembre. Se lograr\u00eda, as\u00ed, que la suba nominal de haberes otorgada dentro del a\u00f1o 2018 sea de alrededor de un 5% superior a la que prev\u00e9 la iniciativa (que trasladar\u00eda una parte a 2019).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;Creo que ser\u00eda interesante aplicar un mecanismo de transici\u00f3n entre ambos sistemas que garantice la proporcionalidad entre los haberes y la variaci\u00f3n del \u00edndice de precios y los salarios&#8221;, apunta el consultor Jorge Garc\u00eda Rapp. Y sostiene que para el primer aumento deber\u00eda tomarse el per\u00edodo transcurrido por la norma vigente hasta ahora. Sin embargo, advierte que, por la necesidad de la efectividad de la medida para las cuentas p\u00fablicas, &#8220;seguramente se aplicar\u00e1 lo que genere m\u00e1s ahorro&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la opini\u00f3n del abogado Federico Despoulis Netri, no s\u00f3lo son discutibles los tiempos en que se dar\u00e1n los aumentos, sobre todo en el inicio. &#8220;El problema en s\u00ed es el corto tiempo de trabajo para esta modificaci\u00f3n y la falta de especialistas en el armado del proyecto&#8221;, afirma. Y agrega: &#8220;Si bien la frecuencia para dar la movilidad ser\u00eda trimestral y no semestral como hasta ahora, est\u00e1 todav\u00eda en discusi\u00f3n si el c\u00e1lculo es beneficioso y si cumple con lo establecido por la Constituci\u00f3n nacional, o si solamente es un parche para arreglar las cuentas del sistema&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una observaci\u00f3n que hace Tr\u00f3ccoli es que, antes de dar inicio a un nuevo sistema, deber\u00eda compensarse a los jubilados por la p\u00e9rdida de poder adquisitivo que tuvieron en 2016, cuando la inflaci\u00f3n fue de m\u00e1s de 40% y los ajustes por movilidad acumularon un 31,7%. Este a\u00f1o, con un incremento de los precios que se estima entre 22 y 23%, la mejora de los haberes es de 28%; as\u00ed, la recuperaci\u00f3n fue parcial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El cambio en la f\u00f3rmula de movilidad de los haberes es un punto central del proyecto de ley previsional que fue aprobada anoche en el Senado. Y la forma en que se prev\u00e9 pasar del sistema vigente al que se propone tiene sus cuestionamientos &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Seg\u00fan el proyecto, los ajustes pasar\u00edan de ser semestrales a trimestrales y se otorgar\u00edan en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada a\u00f1o. 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