{"id":18453,"date":"2017-10-06T09:55:24","date_gmt":"2017-10-06T12:55:24","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=18453"},"modified":"2017-10-06T09:55:24","modified_gmt":"2017-10-06T12:55:24","slug":"el-fuero-laboral-desafia-a-corte-y-veta-ley-art","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2017\/10\/06\/el-fuero-laboral-desafia-a-corte-y-veta-ley-art\/","title":{"rendered":"El Fuero laboral desaf\u00eda a Corte y veta ley ART"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Apunta a las comisiones m\u00e9dicas jurisdiccionales que determinan si la dolencia en cuesti\u00f3n se trata de un accidente de trabajo<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En una guerra abierta ya entre el fuero laboral, el Gobierno nacional y ahora la Corte Suprema, la C\u00e1mara Nacional del Trabajo levant\u00f3 el guante tras la serie de fallos del m\u00e1ximo Tribunal que apunt\u00f3 a desautorizarlos. A modo de r\u00e9plica, la Sala VII subi\u00f3 la apuesta y declar\u00f3 inconstitucionales las comisiones m\u00e9dicas jurisdiccionales, eje de la reforma a la ley de ART. El fallo constituye la antesala de una causa colectiva que -en paralelo- apunta a echar por tierra una de las principales iniciativas impulsadas por Cambiemos. Como inform\u00f3 \u00c1mbito Financiero, los jueces supremos alinearon sus \u00faltimos fallos referidos al fuero laboral para intentar exponerlo por arbitrariedades en sus decisiones, postura que est\u00e1 en sinton\u00eda con el objetivo de la Casa Rosada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con la firma de los camaristas Estela Ferreiros y N\u00e9stor Rodr\u00edguez Brunengo (este \u00faltimo apuntado tambi\u00e9n por su rol en la Sala III) se resolvi\u00f3 un pleito de un particular por un accidente de trabajo contra Galeno ART. La jurisdicci\u00f3n es un atributo exclusivo de los jueces, por lo tanto el art. 1 de la Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos de Trabajo viola el art. 18 de la Constituci\u00f3n Nacional que en la imposici\u00f3n del debido proceso encierra lo expuesto con m\u00e1s los principios del juez natural y el juez especializado&#8221;, indic\u00f3 el fallo, reclamando para s\u00ed algo que los magistrados laborales siempre cuestionaron de la reforma: que exista un nuevo \u00f3rgano que defina qu\u00e9 caso es factible o no de ser judicializado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;La idoneidad t\u00e9cnica de los miembros de las comisiones m\u00e9dicas para evaluar la existencia de dolencias y las incapacidades que \u00e9stas pudieran generar desde sus conocimientos cient\u00edficos es indudable, pero reitero que la determinaci\u00f3n del car\u00e1cter laboral del accidente o profesional de la enfermedad, as\u00ed como la relaci\u00f3n causal con el factor laboral, son materias que exceden los conocimientos cient\u00edfico de aqu\u00e9llos y requieren de una formaci\u00f3n t\u00e9cnico-jur\u00eddico de la que adolecen, y es natural que as\u00ed sea, pues para la determinaci\u00f3n de tales aspectos, son los jueces quienes resultan id\u00f3neos tanto desde el punto de vista cient\u00edfico como constitucional&#8221;, subrayaron. El argumento, y eso es lo que preocupa al Gobierno, podr\u00eda replicarse en la causa colectiva que sembraron desde el Colegio P\u00fablico de Abogados de la Capital (CPACF) con Jorge Rizzo a la cabeza. Primero debe definir sobre el amparo el juez Alejandro An\u00edbal Segura del juzgado laboral N\u00b0 41. Luego la Sala III, donde Brunengo suma a Diana Ca\u00f1al, otra de las magistradas apuntadas y con pedido oficial de juicio pol\u00edtico. All\u00ed comenz\u00f3 otra disputa: en auxilio al seguro rev\u00e9s sali\u00f3 el juez en lo contencioso administrativo federal Pablo Cayssials reclamando para s\u00ed todos los amparos del fuero laboral. El CPACF lo denunci\u00f3 ante el Consejo de la Magistratura por considerar que estaba intentando un fraude procesal para concentrar todas las causas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El fallo de la Corte, que fij\u00f3 un nuevo tope al c\u00e1lculo indemnizatorio definido por el fuero laboral provoc\u00f3 un parate generalizado en sentencias ya redactadas en tribunales del Trabajo. Varios jueces comenzaron a retrasar sentencias y a recalcular montos para evitarse dificultades a futuro si la jurisprudencia estricta comienza a ser forzosa. Ese es el mensaje que baj\u00f3 desde los supremos y en el fuero laboral tomaron nota, algo que caus\u00f3 benepl\u00e1cito al Ejecutivo, que aspira a domar al fuero laboral. Su paso m\u00e1s ambicioso, municipalizarlo para restarle poder, es una segunda etapa con la que se ilusionan desde Cambiemos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la determinaci\u00f3n de una instancia previa y obligatoria (art. 1 de la Ley 27.348), en tanto lesiona el acceso irrestricto a la Justicia, la tutela judicial efectiva y el debido proceso legal, derechos \u00e9stos tutelados por el art. 18 de la Constituci\u00f3n Nacional, adem\u00e1s de los arts. 10 de la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos, 18 de la Declaraci\u00f3n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, 8 y 25 de la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos y art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos&#8221;, fue la conclusi\u00f3n. As\u00ed se enumer\u00f3 todas las normas que vulnerar\u00eda la reforma blandida por Mauricio Macri como una de las m\u00e1s relevantes para crear un clima de inversi\u00f3n, pero tambi\u00e9n para intentar obturar al fuero laboral al que abiertamente el Ejecutivo lo ha acusado de ser anti-empresa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Apunta a las comisiones m\u00e9dicas jurisdiccionales que determinan si la dolencia en cuesti\u00f3n se trata de un accidente de trabajo &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; En una guerra abierta ya entre el fuero laboral, el Gobierno nacional y ahora la Corte Suprema, la C\u00e1mara Nacional del Trabajo levant\u00f3 el guante tras la serie de fallos del m\u00e1ximo Tribunal que apunt\u00f3 a desautorizarlos. A modo de r\u00e9plica, la Sala VII subi\u00f3 la apuesta y declar\u00f3 inconstitucionales las comisiones m\u00e9dicas jurisdiccionales, eje de la reforma a la ley de ART. 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