{"id":14023,"date":"2017-07-04T09:48:28","date_gmt":"2017-07-04T12:48:28","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=14023"},"modified":"2017-07-04T09:48:28","modified_gmt":"2017-07-04T12:48:28","slug":"el-tribunal-fiscal-avalo-un-reclamo-de-de-la-rua-para-no-pagar-ganancias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2017\/07\/04\/el-tribunal-fiscal-avalo-un-reclamo-de-de-la-rua-para-no-pagar-ganancias\/","title":{"rendered":"El Tribunal Fiscal aval\u00f3 un reclamo de De la R\u00faa para no pagar Ganancias"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Pidi\u00f3 que no le hagan descuentos en la pensi\u00f3n vitalicia que cobra como ex presidente. La AFIP apelar\u00e1 la medida<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fernando de la R\u00faa qued\u00f3 a un paso de crear un nuevo y selecto pelot\u00f3n que no pagar\u00e1 el impuesto a las Ganancias: el club de los ex presidentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tras discutir durante a\u00f1os con la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP), logr\u00f3 que el Tribunal Fiscal de la Naci\u00f3n lo exima de la retenci\u00f3n del 35% sobre su pensi\u00f3n vitalicia especial. La \u00faltima palabra la tendr\u00e1 la Justicia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De la R\u00faa argument\u00f3 -y el Tribunal Fiscal apoy\u00f3- que su pensi\u00f3n de $176.000 por mes deb\u00eda asimilarse a la remuneraci\u00f3n que cobran los ministros de la Corte Suprema, con todos sus beneficios, y que, por tanto, si los jueces supremos no pagan Ganancias, \u00e9l tampoco deber\u00eda padecer esa quita, que, con intereses, acumula ya varios millones de pesos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El fallo del Tribunal Fiscal, cabe aclarar, no fija un precedente que deba acatar la AFIP en casos similares. Pero s\u00ed abre la puerta para el reclamo de otros beneficiarios de la misma asignaci\u00f3n. Desde los ex presidentes Carlos Menem, Cristina Kirchner, Estela Mart\u00ednez de Per\u00f3n y Adolfo Rodr\u00edguez Sa\u00e1 hasta los ex vicepresidentes Julio Cobos, V\u00edctor Mart\u00ednez, Daniel Scioli y Amado Boudou, entre otros.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De la R\u00faa reclam\u00f3 la exenci\u00f3n durante a\u00f1os. Plante\u00f3 que esa quita del 35% destru\u00eda &#8220;la equivalencia y la identidad consagradas por la ley&#8221; con las que perciben los ministros de la Corte e invoc\u00f3 la &#8220;intangibilidad&#8221; de su salario que fija la Constituci\u00f3n nacional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Sin embargo, el reclamo del ex presidente, que debi\u00f3 renunciar en 2001 en medio de una crisis pol\u00edtica, econ\u00f3mica y social, choc\u00f3 primero con la negativa de la AFIP en sede administrativa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El entonces jefe de la Divisi\u00f3n Revisi\u00f3n de Recursos de la Regional Palermo de la Direcci\u00f3n General Impositiva (DGI) rechaz\u00f3 su pedido, que por entonces se centraba en el per\u00edodo fiscal 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La AFIP, entonces bajo el mando de Ricardo Echegaray, estim\u00f3 que la pretensi\u00f3n de De la R\u00faa carec\u00eda de fundamento legal. &#8220;Nada se ha dicho -indic\u00f3 el organismo- de que el beneficio concedido a los funcionarios judiciales deba ser extendido a los miembros que hayan ocupado el m\u00e1ximo cargo pol\u00edtico que pueda ostentarse en nuestra Rep\u00fablica&#8221;, por lo que los argumentos del ex presidente, seg\u00fan la AFIP, eran &#8220;improcedentes&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De la R\u00faa apel\u00f3 entonces al Tribunal Fiscal y el expediente qued\u00f3 en la Sala B, que dict\u00f3 un fallo firmado por los vocales Armando Magall\u00f3n y Jos\u00e9 Luis P\u00e9rez -ambos llegaron a sus cargos en 2011 con el apoyo del kirchnerismo-, el 6 de febrero de este a\u00f1o, aunque s\u00f3lo sali\u00f3 a la luz esta semana.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El ex presidente plante\u00f3 que esa &#8220;asignaci\u00f3n mensual vitalicia&#8221; no era una jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n ni haber de retiro, sino que ten\u00eda caracter\u00edsticas especiales que provocaban que no pudiera considerarse como una retribuci\u00f3n originada en el trabajo personal. Y que descontarle Ganancias provocaba que un ex presidente terminara por cobrar &#8220;un importe menor que el sueldo de un vocal de C\u00e1mara de Apelaciones, cuando la intenci\u00f3n del legislador es que en ning\u00fan caso aquel importe sea inferior al que perciben los ministros de la Corte Suprema&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para la AFIP, ese argumento es falaz. Plante\u00f3 que todo aquel que recibe alg\u00fan tipo de pensi\u00f3n por las leyes 21.540 (obispos, arzobispos de las Fuerzas Armadas y vicariato castrense), 21.607 (quienes han obtenido u obtuvieren un premio Nobel) y 24.018 (jueces, funcionarios judiciales, funcionarios p\u00fablicos, presidentes y vicepresidentes de la Naci\u00f3n) &#8220;derivan de la prestaci\u00f3n del servicio que en el transcurso de su vida activa han desarrollado&#8221;, es decir de sus trabajos, y que, por tanto, s\u00ed deb\u00edan quedar alcanzadas por Ganancias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para los vocales Magall\u00f3n y P\u00e9rez del Tribunal Fiscal, sin embargo, De la R\u00faa tiene raz\u00f3n. &#8220;Toda vez que las remuneraciones de los jueces (tanto en actividad como jubilados), por aplicaci\u00f3n de la citada acordada (20\/1996) de la Corte y reiterada jurisprudencia de ese alto tribunal, no se encuentran alcanzadas por el impuesto a las Ganancias, cabe concluir que tampoco debe estarlo la asignaci\u00f3n vitalicia del recurrente&#8221;, sentenciaron.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan el Tribunal Fiscal, la asignaci\u00f3n que cobra De la R\u00faa como ex presidente &#8220;debe ser igual a la suma que por todo concepto corresponda a la remuneraci\u00f3n de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, porque as\u00ed lo ha querido el legislador&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con ese fallo, y a pesar de los meses transcurridos, el expediente contin\u00faa en la Sala B del Tribunal Fiscal, pero, ante la consulta de La Naci\u00f3n, en la AFIP adelantaron que apelar\u00e1n a la C\u00e1mara en lo Contencioso Administrativo Federal. &#8220;Para nosotros, el ex presidente De la R\u00faa es un contribuyente m\u00e1s que integra la cuarta categor\u00eda, y esta renta vitalicia que recibe no es distinta, en el fondo, de una jubilaci\u00f3n elevada, por lo que debe abonar Ganancias&#8221;, indicaron desde la AFIP.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pidi\u00f3 que no le hagan descuentos en la pensi\u00f3n vitalicia que cobra como ex presidente. 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