{"id":138790,"date":"2026-09-02T09:43:56","date_gmt":"2026-09-02T12:43:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=138790"},"modified":"2026-09-02T09:43:56","modified_gmt":"2026-09-02T12:43:56","slug":"el-salario-minimo-sube-a-383-800-en-septiembre-y-llegara-a-437-000-en-abril-de-2027","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2026\/09\/02\/el-salario-minimo-sube-a-383-800-en-septiembre-y-llegara-a-437-000-en-abril-de-2027\/","title":{"rendered":"El salario m\u00ednimo sube a $383.800 en septiembre y llegar\u00e1 a $437.000 en abril de 2027"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Gobierno fij\u00f3 por laudo una nueva escala para el Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil (SMVM), luego de que empresarios y representantes de los trabajadores no alcanzaran un acuerdo en la reuni\u00f3n del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil. El piso salarial partir\u00e1 de $383.800 desde septiembre y tendr\u00e1 incrementos mensuales hasta alcanzar $437.000 en abril de 2027<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n 4\/2026, publicada este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial, establece los nuevos valores para los trabajadores comprendidos en el r\u00e9gimen de contrato de trabajo, el R\u00e9gimen de Trabajo Agrario y los empleados de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Nacional y de los organismos del Estado Nacional que act\u00faen como empleadores.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n se tom\u00f3 despu\u00e9s de que la reuni\u00f3n convocada para el 28 de agosto terminara sin consenso. Ante la falta de acuerdo, la normativa establece que corresponde emitir un laudo para determinar tanto el salario m\u00ednimo como los valores de referencia de la prestaci\u00f3n por desempleo.<\/p>\n<p>El nuevo esquema contempla una actualizaci\u00f3n escalonada. Desde el 1\u00b0 de septiembre de 2026, el salario m\u00ednimo para trabajadores mensualizados con jornada legal completa queda establecido en $383.800, mientras que para los trabajadores jornalizados se fija en $1.919 por hora.<\/p>\n<p>A partir de octubre, el piso mensual ascender\u00e1 a $391.200 y el valor horario a $1.956. En noviembre llegar\u00e1 a $398.800 y $1.994, respectivamente, mientras que en diciembre ser\u00e1 de $406.400 mensuales y $2.032 por hora.<\/p>\n<p>La actualizaci\u00f3n continuar\u00e1 durante 2027. En enero, el SMVM ser\u00e1 de $414.200; en febrero, de $422.000; en marzo, de $429.600; y finalmente en abril alcanzar\u00e1 los $437.000. Los valores horarios correspondientes ser\u00e1n de $2.071, $2.110, $2.148 y $2.185, respectivamente.<\/p>\n<p>La secuencia implica que el salario m\u00ednimo pasar\u00e1 de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril, una suba nominal acumulada de aproximadamente 13,9%. El incremento se distribuye en ocho etapas, lo que permite anticipar el valor del piso salarial durante los pr\u00f3ximos meses, aunque su impacto real sobre el poder adquisitivo depender\u00e1 de la evoluci\u00f3n de los precios y de los ingresos efectivos de cada trabajador.<\/p>\n<p>Un aspecto central de la resoluci\u00f3n es que estos valores funcionan como un piso legal para las relaciones laborales alcanzadas por la normativa. No significan que todos los trabajadores registrados perciban exactamente ese monto: cuando existen convenios colectivos con salarios superiores, esos acuerdos contin\u00faan operando por encima del m\u00ednimo establecido.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n tambi\u00e9n tiene impacto sobre el sistema de protecci\u00f3n frente al desempleo. La prestaci\u00f3n continuar\u00e1 calcul\u00e1ndose en funci\u00f3n del 75% de la mejor remuneraci\u00f3n mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.<\/p>\n<p>Sin embargo, la resoluci\u00f3n establece l\u00edmites vinculados directamente con el salario m\u00ednimo. La prestaci\u00f3n por desempleo no podr\u00e1 ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superar el 100% de ese mismo valor. De esta manera, cada actualizaci\u00f3n del salario m\u00ednimo modifica tambi\u00e9n los pisos y techos aplicables al seguro de desempleo.<\/p>\n<p>El mecanismo elegido vuelve a poner en el centro la discusi\u00f3n sobre la capacidad del salario m\u00ednimo para funcionar como referencia efectiva de ingresos laborales. El dato relevante no ser\u00e1 solamente cu\u00e1nto aumenta nominalmente, sino cu\u00e1nto representa ese nuevo piso frente al costo de vida y frente a las remuneraciones que efectivamente perciben los trabajadores de menores ingresos.<\/p>\n<p>Desde una perspectiva de soluciones, la principal herramienta que introduce la resoluci\u00f3n es la previsibilidad: al fijar de antemano los valores hasta abril de 2027, empleadores y trabajadores cuentan con una referencia cierta para planificar costos laborales e ingresos. El desaf\u00edo ser\u00e1 que esa previsibilidad no quede desfasada frente a la evoluci\u00f3n de los precios, porque un aumento nominal previamente definido puede perder capacidad de compra si la inflaci\u00f3n supera el ritmo de actualizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n deja as\u00ed establecido un sendero salarial hasta el segundo trimestre de 2027, en un contexto en el que el Consejo Nacional no logr\u00f3 construir un acuerdo entre las partes. El nuevo piso ser\u00e1 de $383.800 en septiembre y llegar\u00e1 a $437.000 en abril, mientras que la evoluci\u00f3n de la inflaci\u00f3n determinar\u00e1 cu\u00e1nto de ese incremento se transforma efectivamente en una mejora del poder adquisitivo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno fij\u00f3 por laudo una nueva escala para el Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil (SMVM), luego de que empresarios y representantes de los trabajadores no alcanzaran un acuerdo en la reuni\u00f3n del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil. 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