{"id":138781,"date":"2026-09-02T09:16:20","date_gmt":"2026-09-02T12:16:20","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=138781"},"modified":"2026-09-02T09:16:20","modified_gmt":"2026-09-02T12:16:20","slug":"oficializaron-la-baja-de-ingresos-brutos-para-el-turismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2026\/09\/02\/oficializaron-la-baja-de-ingresos-brutos-para-el-turismo\/","title":{"rendered":"Oficializaron la baja de ingresos brutos para el turismo"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Gobierno de Entre R\u00edos dispuso una reducci\u00f3n del 20% en las al\u00edcuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para un amplio conjunto de actividades vinculadas al turismo. La medida rige desde este martes 1\u00b0 de septiembre y se extender\u00e1 hasta el 31 de diciembre de 2026<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El beneficio alcanza a hoteles, hospedajes, campings, agencias de viajes, turismo aventura, servicios de apoyo tur\u00edstico, organizadores de convenciones y exposiciones, espect\u00e1culos art\u00edsticos, museos y restaurantes, caf\u00e9s y bares, entre otras actividades.<\/p>\n<p>La medida fue establecida mediante un decreto publicado este martes en el Bolet\u00edn Oficial firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y sus ministros de Econom\u00eda y Servicios P\u00fablicos, Fabi\u00e1n Boleas, y de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 estipula el decreto<\/strong><\/p>\n<p>La norma establece una reducci\u00f3n general y transitoria del 20% sobre las al\u00edcuotas de Ingresos Brutos correspondientes a las actividades incluidas en el anexo del decreto. El beneficio se aplica sobre la al\u00edcuota que corresponda a cada actividad de acuerdo con la Ley Impositiva provincial.<\/p>\n<p>El Gobierno fundament\u00f3 la decisi\u00f3n en la importancia del turismo para la econom\u00eda entrerriana, por su capacidad para movilizar recursos, generar empleo, promover inversiones y dinamizar actividades vinculadas al alojamiento, la gastronom\u00eda, los eventos, el entretenimiento y el patrimonio cultural.<\/p>\n<p>El decreto tambi\u00e9n se\u00f1ala que la reducci\u00f3n de la carga tributaria busca fortalecer la competitividad del sector, favorecer la continuidad y expansi\u00f3n de los emprendimientos existentes y generar condiciones para nuevas inversiones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Qui\u00e9nes se ver\u00e1n beneficiados<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Servicios de alojamiento en hoteles, hoster\u00edas y residenciales.<\/p>\n<p>&#8211; Servicios de hospedaje temporal.<\/p>\n<p>&#8211; Alojamientos en campings.<\/p>\n<p>&#8211; Alquiler y explotaci\u00f3n de salones para fiestas, convenciones y eventos.<\/p>\n<p>&#8211; Agencias de viajes, tanto mayoristas como minoristas.<\/p>\n<p>&#8211; Turismo aventura.<\/p>\n<p>&#8211; Servicios complementarios de apoyo tur\u00edstico.<\/p>\n<p>&#8211; Organizaci\u00f3n de convenciones y exposiciones comerciales.<\/p>\n<p>&#8211; Espect\u00e1culos art\u00edsticos.<\/p>\n<p>&#8211; Museos y preservaci\u00f3n de lugares y edificios hist\u00f3ricos.<\/p>\n<p>&#8211; Restaurantes, caf\u00e9s y bares.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>C\u00f3mo se aplicar\u00e1<\/strong><\/p>\n<p>El beneficio alcanza exclusivamente a los ingresos generados por las actividades incluidas en el decreto durante el per\u00edodo comprendido entre el 1\u00b0 de septiembre y el 31 de diciembre de 2026.<\/p>\n<p>En los casos en que un mismo contribuyente desarrolle actividades alcanzadas y no alcanzadas por la reducci\u00f3n, el descuento se aplicar\u00e1 \u00fanicamente sobre los ingresos correspondientes a las actividades beneficiadas. La ATER deber\u00e1 establecer los mecanismos de registraci\u00f3n, declaraci\u00f3n y control.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la reducci\u00f3n no podr\u00e1 acumularse con otros beneficios que impliquen una rebaja de la al\u00edcuota de Ingresos Brutos para la misma actividad y per\u00edodo, salvo que exista una disposici\u00f3n expresa que lo permita.<\/p>\n<p>La medida se encuadra en el art\u00edculo 196\u00b0 del C\u00f3digo Fiscal entrerriano, que permite al Poder Ejecutivo establecer por tiempo determinado reducciones de hasta el 20% de la al\u00edcuota de Ingresos Brutos cuando se trate de actividades que sea necesario proteger, promover o reconvertir.<\/p>\n<p>La implementaci\u00f3n y reglamentaci\u00f3n del beneficio quedar\u00e1 a cargo de la Administradora Tributaria de Entre R\u00edos (ATER).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Hasta cu\u00e1ndo estar\u00e1 vigente la medida<\/strong><\/p>\n<p>El decreto establece que el alivio tributario tendr\u00e1 una vigencia limitada de cuatro meses: desde septiembre hasta diciembre inclusive. El objetivo declarado es sostener y promover la actividad tur\u00edstica y generar mejores condiciones para el desarrollo econ\u00f3mico y el empleo en la provincia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno de Entre R\u00edos dispuso una reducci\u00f3n del 20% en las al\u00edcuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para un amplio conjunto de actividades vinculadas al turismo. La medida rige desde este martes 1\u00b0 de septiembre y se extender\u00e1 hasta el 31 de diciembre de 2026 &nbsp; &nbsp; El beneficio alcanza a hoteles, hospedajes, campings, agencias de viajes, turismo aventura, servicios de apoyo tur\u00edstico, organizadores de convenciones y exposiciones, espect\u00e1culos art\u00edsticos, museos y restaurantes, caf\u00e9s y bares, entre otras actividades. 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