{"id":138466,"date":"2026-08-11T10:14:42","date_gmt":"2026-08-11T13:14:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=138466"},"modified":"2026-08-11T10:14:42","modified_gmt":"2026-08-11T13:14:42","slug":"desde-hoy-los-extranjeros-no-residentes-deben-pagar-en-hospitales-nacionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2026\/08\/11\/desde-hoy-los-extranjeros-no-residentes-deben-pagar-en-hospitales-nacionales\/","title":{"rendered":"Desde hoy, los extranjeros no residentes deben pagar en hospitales nacionales"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Las prestaciones no urgentes deber\u00e1n ser abonadas por los pacientes, sus obras sociales o sus prepagas; no as\u00ed las emergencias que seguir\u00e1n garantizadas<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Desde hoy, los hospitales nacionales comenzaron a cobrar las prestaciones de salud no urgentes a los extranjeros que no tengan residencia permanente en el pa\u00eds. La medida entr\u00f3 en vigencia tras la publicaci\u00f3n de la reglamentaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial y establece un mecanismo para que los centros sanitarios recuperen el costo de la atenci\u00f3n brindada a pacientes no residentes.<\/p>\n<p>El nuevo esquema contempla dos alternativas para quienes no tienen residencia permanente. Si cuentan con un seguro de salud, el hospital podr\u00e1 facturarle directamente a la aseguradora el costo de la prestaci\u00f3n. En caso de no tener cobertura, el paciente deber\u00e1 abonar previamente la atenci\u00f3n.<\/p>\n<p>La medida no modifica el acceso de los extranjeros que tienen residencia permanente. Quienes acrediten esa condici\u00f3n podr\u00e1n continuar utilizando el sistema de salud nacional en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos. Seg\u00fan datos oficiales, los extranjeros representan cerca del 6 por ciento del total de pacientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Las emergencias, garantizadas<\/strong><\/p>\n<p>La principal excepci\u00f3n al nuevo sistema corresponde a las situaciones de emergencia. La atenci\u00f3n no podr\u00e1 ser negada ni demorada por cuestiones administrativas y seguir\u00e1 garantizada para todas las personas, sin importar su situaci\u00f3n migratoria.<\/p>\n<p>La reglamentaci\u00f3n considera emergencia a toda condici\u00f3n cl\u00ednica que implique un riesgo cierto e inminente para la vida, un \u00f3rgano o una funci\u00f3n, o que requiera una intervenci\u00f3n urgente para evitar un da\u00f1o grave o irreversible.<\/p>\n<p>Entre las situaciones contempladas figuran el paro cardiorrespiratorio, la insuficiencia respiratoria aguda grave, los cuadros de shock, los infartos y otras emergencias cardiovasculares, los accidentes cerebrovasculares, los traumatismos graves y las hemorragias masivas.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n quedan comprendidas las quemaduras extensas, las sepsis, las intoxicaciones agudas con compromiso de funciones vitales, las urgencias quir\u00fargicas con riesgo inmediato para la vida y las emergencias obst\u00e9tricas, pedi\u00e1tricas y neonatales.<\/p>\n<p>La norma establece adem\u00e1s que cualquier otra condici\u00f3n podr\u00e1 ser considerada una emergencia cuando, seg\u00fan el criterio fundado del profesional responsable y los protocolos asistenciales vigentes, exista un riesgo inminente para la vida o para una funci\u00f3n org\u00e1nica vital.<\/p>\n<p>Una vez superada la situaci\u00f3n de emergencia, las prestaciones posteriores podr\u00e1n ser facturadas al paciente o a su aseguradora, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>C\u00f3mo acreditar la residencia<\/strong><\/p>\n<p>Los extranjeros que tengan residencia permanente deber\u00e1n acreditar esa condici\u00f3n para acceder al sistema de salud nacional en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos. Para ello deber\u00e1n presentar el DNI f\u00edsico para extranjeros vigente, con la categor\u00eda de \u201cResidente permanente\u201d.<\/p>\n<p>En caso de extrav\u00edo o renovaci\u00f3n en tr\u00e1mite, se admitir\u00e1 temporalmente la constancia digital de residencia permanente en tr\u00e1mite emitida por la Direcci\u00f3n Nacional de Migraciones, acompa\u00f1ada por el pasaporte vigente o el documento de identidad del pa\u00eds de origen.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n se suma a las medidas adoptadas anteriormente por Salta, Jujuy, Mendoza, Santa Cruz y la Ciudad de Buenos Aires, que tambi\u00e9n establecieron mecanismos de cobro para la atenci\u00f3n de extranjeros.<\/p>\n<p>En el caso de los hospitales SAMIC, que tienen una administraci\u00f3n compartida entre la Naci\u00f3n y las provincias, cada establecimiento deber\u00e1 aprobar su propio procedimiento de cobro a trav\u00e9s de su consejo de administraci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las prestaciones no urgentes deber\u00e1n ser abonadas por los pacientes, sus obras sociales o sus prepagas; no as\u00ed las emergencias que seguir\u00e1n garantizadas &nbsp; &nbsp; Desde hoy, los hospitales nacionales comenzaron a cobrar las prestaciones de salud no urgentes a los extranjeros que no tengan residencia permanente en el pa\u00eds. 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