{"id":138414,"date":"2026-08-07T09:42:52","date_gmt":"2026-08-07T12:42:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=138414"},"modified":"2026-08-07T09:43:10","modified_gmt":"2026-08-07T12:43:10","slug":"desalojos-mas-rapidos-y-nuevas-reglas-para-alquileres-los-cambios-para-propietarios-e-inquilinos-con-la-nueva-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2026\/08\/07\/desalojos-mas-rapidos-y-nuevas-reglas-para-alquileres-los-cambios-para-propietarios-e-inquilinos-con-la-nueva-ley\/","title":{"rendered":"Desalojos m\u00e1s r\u00e1pidos y nuevas reglas para alquileres, los cambios para propietarios e inquilinos con la nueva ley"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El proyecto aprobado por el Senado acelera los procesos judiciales para recuperar inmuebles ante incumplimientos u ocupaciones y fija nuevas pautas. La iniciativa todav\u00eda debe ser tratada por la C\u00e1mara de Diputados<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Senado dio media sanci\u00f3n al proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que introduce cambios en los procedimientos de desalojo de inmuebles urbanos y rurales. La iniciativa, que todav\u00eda debe ser aprobada por la C\u00e1mara de Diputados, busca acelerar los procesos judiciales y ampliar las herramientas disponibles para propietarios y otros titulares de derechos sobre un inmueble.<\/p>\n<p>Uno de los principales cambios es que las acciones de desalojo deber\u00e1n tramitarse mediante un juicio sumar\u00edsimo, es decir, por una v\u00eda judicial m\u00e1s breve que los procedimientos tradicionales. Adem\u00e1s, el proyecto ampl\u00eda qui\u00e9nes pueden iniciar una demanda. Ya no ser\u00e1 exclusivamente el propietario quien pueda reclamar la restituci\u00f3n de un inmueble, sino cualquier persona que pueda acreditar un derecho o inter\u00e9s leg\u00edtimo afectado por una ocupaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el caso de los alquileres destinados a vivienda, el proyecto establece una instancia previa obligatoria antes de iniciar un juicio por falta de pago. El propietario deber\u00e1 intimar formalmente al inquilino y otorgarle un plazo de al menos diez d\u00edas corridos para cancelar la deuda. La notificaci\u00f3n podr\u00e1 realizarse en el domicilio establecido en el contrato, incluso por medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Inviolabilidad de la Propiedad privada: uno por uno, los cambios para propietarios e inquilinos<\/strong><\/p>\n<p>Si vencido ese plazo el inquilino no regulariza la situaci\u00f3n, el propietario podr\u00e1 iniciar el proceso de desalojo por la v\u00eda m\u00e1s breve prevista por la legislaci\u00f3n. El proyecto tambi\u00e9n establece que, una vez finalizado el contrato, el locatario debe restituir el inmueble y que el propietario no puede negarse a recibir las llaves ni condicionar su aceptaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La iniciativa incorpora adem\u00e1s un mecanismo para aquellos casos en los que el propietario se niegue a recibir las llaves. El inquilino podr\u00e1 realizar una consignaci\u00f3n judicial y, si cumple con los requisitos establecidos, dejar\u00e1 de acumular alquileres y obligaciones accesorias desde la notificaci\u00f3n fehaciente al locador.<\/p>\n<p>Otro de los puntos centrales est\u00e1 vinculado con las ocupaciones precarias o intrusiones. En esos casos, el juez podr\u00e1 ordenar la entrega inmediata del inmueble cuando considere veros\u00edmil el derecho invocado por quien reclama, previa cauci\u00f3n juratoria. La medida apunta a evitar que determinados procesos de recuperaci\u00f3n de propiedades se extiendan durante largos per\u00edodos.<\/p>\n<p>El proyecto tambi\u00e9n contempla situaciones de vulnerabilidad. Cuando entre los ocupantes haya menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situaci\u00f3n de desamparo, deber\u00e1 intervenir el Ministerio P\u00fablico Tutelar y los organismos de protecci\u00f3n correspondientes. En esos casos, el juez podr\u00e1 establecer un plazo de hasta diez d\u00edas para garantizar una alternativa habitacional transitoria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 pasar\u00e1 con los desalojos<\/strong><\/p>\n<p>La reforma modifica adem\u00e1s el mecanismo de notificaci\u00f3n de los desalojos. Si no existe un domicilio especial, la demanda podr\u00e1 notificarse en el propio inmueble o mediante el domicilio electr\u00f3nico constituido. El oficial de justicia tendr\u00e1 facultades para identificar a los ocupantes, requerir documentaci\u00f3n y solicitar el auxilio de la fuerza p\u00fablica cuando resulte necesario.<\/p>\n<p>El texto tambi\u00e9n contempla sanciones para quienes oculten informaci\u00f3n relevante durante el proceso. En determinados casos, quien impulse el desalojo y omita datos clave podr\u00eda recibir una multa de hasta diez veces el \u00faltimo alquiler en favor de la contraparte.<\/p>\n<p>Para los propietarios, el cambio central ser\u00eda la posibilidad de recuperar un inmueble mediante procedimientos m\u00e1s r\u00e1pidos y con mayores herramientas judiciales frente a incumplimientos, ocupaciones o intrusiones. Para los inquilinos, en cambio, el proyecto mantiene instancias de intimaci\u00f3n previa y establece mecanismos espec\u00edficos para evitar que contin\u00faen gener\u00e1ndose obligaciones cuando ya intentaron devolver el inmueble.<\/p>\n<p>La iniciativa obtuvo media sanci\u00f3n en el Senado en una jornada atravesada por fuertes negociaciones pol\u00edticas. El oficialismo consigui\u00f3 avanzar con la reforma de la propiedad privada, pero debi\u00f3 retirar del proyecto el cap\u00edtulo referido a la ley de Tierras y de Manejo del Fuego para reunir los votos necesarios. Ahora la definici\u00f3n quedar\u00e1 en manos de la C\u00e1mara de Diputados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El proyecto aprobado por el Senado acelera los procesos judiciales para recuperar inmuebles ante incumplimientos u ocupaciones y fija nuevas pautas. 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