{"id":133515,"date":"2025-10-24T10:06:04","date_gmt":"2025-10-24T13:06:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=133515"},"modified":"2025-10-24T10:06:53","modified_gmt":"2025-10-24T13:06:53","slug":"un-fallo-judicial-ordena-restituir-la-cobertura-total-de-medicamentos-de-pami","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/10\/24\/un-fallo-judicial-ordena-restituir-la-cobertura-total-de-medicamentos-de-pami\/","title":{"rendered":"Un fallo judicial ordena restituir la cobertura total de medicamentos de PAMI"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Juzgado Federal N\u00b0 2 de Mendoza ampli\u00f3 a nivel nacional la medida cautelar que frena las resoluciones del PAMI que hab\u00edan limitado la cobertura gratuita de medicamentos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Juzgado Federal N\u00b0 2 de Mendoza, a cargo del juez Pablo Oscar Quir\u00f3s, resolvi\u00f3 extender a todo el territorio nacional la medida cautelar que suspendi\u00f3 las resoluciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP\u2013Pami) N\u00b0 2431\/2024 y N\u00b0 2537\/2024, las cuales hab\u00edan modificado el r\u00e9gimen de cobertura gratuita de medicamentos.<\/p>\n<p>Con esta decisi\u00f3n, el magistrado orden\u00f3 al organismo \u201cgarantizar nuevamente la provisi\u00f3n del 100% de los medicamentos esenciales\u201d a todos los jubilados y pensionados del pa\u00eds.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n fue dictada el 22 de octubre y notificada al d\u00eda siguiente. En ella, el juez hizo lugar al pedido de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), que hab\u00eda solicitado la extensi\u00f3n de la cautelar previamente concedida en C\u00f3rdoba y Salta. El tribunal reconoci\u00f3 la legitimaci\u00f3n activa de la entidad por su alcance nacional y su trayectoria institucional en la defensa de derechos fundamentales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Representaci\u00f3n y fundamentos de la medida<\/strong><\/p>\n<p>Los presidentes de la APDH, Eduardo Tavani, Paula Topasso y Mariela P\u00e9rez Cisneros, ratificaron ante el tribunal lo actuado por los abogados Mabel Sessa y Carlos Vicente, quienes hab\u00edan requerido que la medida se hiciera extensiva a todos los beneficiarios del pa\u00eds.<\/p>\n<p>El juez Quir\u00f3s consider\u00f3 que la organizaci\u00f3n, fundada en 1975 y con m\u00e1s de 30 regionales en el pa\u00eds, cumpl\u00eda con el est\u00e1ndar de \u201crepresentaci\u00f3n adecuada\u201d establecido por la Corte Suprema en el precedente Halabi (Fallos: 332:111).<\/p>\n<p>En su escrito, destac\u00f3 que la APDH act\u00faa \u201cen defensa integral de los derechos humanos, incluyendo las \u00e1reas de salud, educaci\u00f3n, g\u00e9nero, diversidad y pueblos originarios\u201d, y que su estructura federal acredita una representaci\u00f3n efectiva en todo el territorio nacional.<\/p>\n<p>El magistrado sostuvo que se verificaron los tres requisitos exigidos por la Corte para admitir acciones colectivas: una conducta institucional uniforme que afecta al conjunto de afiliados del Pami, una pretensi\u00f3n de cesar el da\u00f1o com\u00fan mediante la restituci\u00f3n del programa \u201cVivir Mejor\u201d y la normativa previa, y la imposibilidad de canalizar reclamos individuales con eficacia debido a la dispersi\u00f3n judicial y a la vulnerabilidad econ\u00f3mica del grupo afectado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Argumentos del tribunal<\/strong><\/p>\n<p>En sus fundamentos, el fallo se\u00f1al\u00f3 que las resoluciones impugnadas hab\u00edan introducido criterios socioecon\u00f3micos \u201cirrazonables y desproporcionados\u201d. Entre ellos, la exigencia de presentar informaci\u00f3n patrimonial y de ingresos que el Estado ya posee, lo que \u2014seg\u00fan el juez\u2014 contraviene los principios de eficiencia administrativa y debida diligencia previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos.<\/p>\n<p>El magistrado remarc\u00f3 que la suspensi\u00f3n se dict\u00f3 para proteger \u201cde manera urgente el derecho a la salud de las personas mayores, un grupo especialmente vulnerable y de preferente tutela por parte del Estado\u201d. Cit\u00f3 la Convenci\u00f3n Interamericana sobre la Protecci\u00f3n de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (Ley 27.360) y record\u00f3 que \u201cen tiempos de crisis econ\u00f3mica debe reforzarse la protecci\u00f3n de los derechos sociales, evitando retrocesos en las pol\u00edticas p\u00fablicas sanitarias\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Efectos y alcance de la decisi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n judicial reafirm\u00f3 los principios de igualdad ante la ley y tutela judicial efectiva. En su parte resolutiva, orden\u00f3 al Pami suspender la aplicaci\u00f3n de las resoluciones N\u00b0 2431\/2024 y N\u00b0 2537\/2024 en todo el pa\u00eds y dispuso que los tr\u00e1mites ya iniciados por los beneficiarios mantendr\u00e1n plena validez.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, instruy\u00f3 al organismo a informar en un plazo de 48 horas las medidas adoptadas para implementar la decisi\u00f3n y a publicar la resoluci\u00f3n en medios digitales nacionales para garantizar su conocimiento p\u00fablico.<\/p>\n<p>El fallo record\u00f3 que el mismo tribunal ya hab\u00eda dictado cautelares similares en distintas jurisdicciones, impulsadas por entidades como la Asociaci\u00f3n de Jubilados y Pensionados de Mendoza (Jubypen), la Red de Defensa al Consumidor y Usuario (Redecu) de Tucum\u00e1n, el Centro de Jubilados 21 de Septiembre, la APDH de C\u00f3rdoba y Salta, y las centrales sindicales CTA y CTA Aut\u00f3noma. Varias de estas medidas fueron ratificadas por la C\u00e1mara Federal de Mendoza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Reacci\u00f3n de la APDH<\/strong><\/p>\n<p>Desde la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos celebraron el fallo y lo definieron como \u201cun paso fundamental para frenar el retroceso en materia de derechos que implican las pol\u00edticas de ajuste del gobierno nacional\u201d.<\/p>\n<p>La entidad expres\u00f3 que \u201clos adultos mayores merecen una protecci\u00f3n especial e integral, inmediata y actual\u201d, y consider\u00f3 que el fallo representa \u201cuna respuesta contundente en defensa del derecho a la salud y la vida\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, la APDH reafirm\u00f3 que este precedente \u201crefuerza la esperanza de que los derechos adquiridos por el pueblo argentino sigan siendo protegidos ante embestidas estatales regresivas\u201d y asegur\u00f3 que continuar\u00e1 \u201cdefendiendo la vida, la salud y la dignidad de las personas, en especial de los adultos mayores\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Juzgado Federal N\u00b0 2 de Mendoza ampli\u00f3 a nivel nacional la medida cautelar que frena las resoluciones del PAMI que hab\u00edan limitado la cobertura gratuita de medicamentos &nbsp; &nbsp; El Juzgado Federal N\u00b0 2 de Mendoza, a cargo del juez Pablo Oscar Quir\u00f3s, resolvi\u00f3 extender a todo el territorio nacional la medida cautelar que suspendi\u00f3 las resoluciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP\u2013Pami) N\u00b0 2431\/2024 y N\u00b0 2537\/2024, las cuales hab\u00edan modificado el r\u00e9gimen de cobertura gratuita de medicamentos. Con esta decisi\u00f3n, el magistrado&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":40378,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/133515"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=133515"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/133515\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":133516,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/133515\/revisions\/133516"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/40378"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=133515"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=133515"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=133515"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}