{"id":132568,"date":"2025-09-17T09:20:12","date_gmt":"2025-09-17T12:20:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=132568"},"modified":"2025-09-17T09:20:12","modified_gmt":"2025-09-17T12:20:12","slug":"la-corte-suprema-declaro-su-competencia-para-resolver-un-planteo-de-entre-rios-contra-nacion-por-fondos-previsionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/09\/17\/la-corte-suprema-declaro-su-competencia-para-resolver-un-planteo-de-entre-rios-contra-nacion-por-fondos-previsionales\/","title":{"rendered":"La Corte Suprema declar\u00f3 su competencia para resolver un planteo de Entre R\u00edos contra Naci\u00f3n por fondos previsionales"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La Corte Suprema de Justicia declar\u00f3 este martes su competencia originaria en una demanda presentada por la provincia de Entre R\u00edos contra el Estado Nacional, en la que se reclama el cumplimiento de transferencias previstas en el Consenso Fiscal firmado en 2017 para financiar el r\u00e9gimen previsional provincial<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n fue adoptada con la firma de los tres ministros del M\u00e1ximo Tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. La acci\u00f3n judicial de cobro hab\u00eda sido interpuesta en abril de 2024 por el gobernador Rogelio Frigerio y el fiscal del Estado provincial, Julio C\u00e9sar Rodr\u00edguez Signes, contra el Ministerio de Capital Humano y la Administraci\u00f3n Nacional de Seguridad Social (ANSES).<\/p>\n<p>De acuerdo a la demanda, Entre R\u00edos reclam\u00f3 al Estado Nacional el pago de 154.606.298.614 pesos, un monto calculado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones provincial como saldo adeudado al momento de la presentaci\u00f3n en la Justicia.<\/p>\n<p>A la hora de dirimir qu\u00e9 tribunal intervendr\u00e1 en el caso, los tres jueces consideraron: \u201cQue toda vez que la Provincia de Entre R\u00edos -a quien le corresponde la competencia originaria de esta Corte, de conformidad con el art\u00edculo 117 de la Constituci\u00f3n Nacional-, demanda al Estado Nacional -con derecho al fuero federal, seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 116 de la Ley Fundamental-, la \u00fanica forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acci\u00f3n en esta instancia originaria\u201c.<\/p>\n<p>Sobre esa base, resolvieron: \u201cI. Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n. II. Correr traslado de la demanda interpuesta contra el Estado Nacional, que se sustanciar\u00e1 por la v\u00eda del proceso ordinario, por el plazo de sesenta d\u00edas\u201d.<\/p>\n<p>El fallo dispuso librar oficio al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Naci\u00f3n, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 9 de la Ley 25.344 -que se enmarca en un cap\u00edtulo que regula los juicios contra el Estado Nacional-, y comunicar la decisi\u00f3n adoptada al procurador General Eduardo Casal.<\/p>\n<p>La solicitud de Entre R\u00edos, en efecto, se apoya en el \u201cConsenso Fiscal\u201d firmado el 16 de noviembre de 2017 por el entonces presidente Mauricio Macri, los gobernadores provinciales y el jefe de Gobierno porte\u00f1o. En ese pacto, el Estado Nacional asumi\u00f3, entre otros puntos, una serie de compromisos espec\u00edficos respecto de las cajas previsionales provinciales no transferidas. Entre ellos, se estableci\u00f3 que deb\u00eda modificar el decreto reglamentario de la ley 27.260 para eliminar penalizaciones por no armonizaci\u00f3n de sistemas locales, asegurar que la ANSES continuara liquidando anticipos mensuales, aumentar las partidas presupuestarias en la misma proporci\u00f3n que las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y mantener un mecanismo de anticipos autom\u00e1ticos calculados en base al d\u00e9ficit del a\u00f1o anterior.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se dispuso la creaci\u00f3n de un r\u00e9gimen simplificado de remisi\u00f3n de informaci\u00f3n para determinar el resultado financiero corriente de cada sistema provincial.<\/p>\n<p>La provincia entrerriana sostiene que la Naci\u00f3n incumpli\u00f3 sus obligaciones, lo que gener\u00f3 un d\u00e9ficit en su caja previsional que ahora reclama por v\u00eda judicial. El cuestionamiento se suma a otros procesos iniciados por distintas jurisdicciones que alegan retrasos o incumplimientos en las transferencias previstas en el Consenso Fiscal. Adem\u00e1s, se a\u00f1ade a otras causas donde se discuten planteos por fondos nacionales, coparticipaci\u00f3n y transferencias espec\u00edficas. En esos antecedentes, el M\u00e1ximo Tribunal tambi\u00e9n asumi\u00f3 competencia originaria con base en la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>El proceso continuar\u00e1 su curso a trav\u00e9s de la v\u00eda ordinaria, con traslado al Estado Nacional por un t\u00e9rmino de dos meses. La definici\u00f3n de fondo depender\u00e1 de la prueba que se produzca y de los argumentos que aleguen las partes en el marco del expediente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Suprema de Justicia declar\u00f3 este martes su competencia originaria en una demanda presentada por la provincia de Entre R\u00edos contra el Estado Nacional, en la que se reclama el cumplimiento de transferencias previstas en el Consenso Fiscal firmado en 2017 para financiar el r\u00e9gimen previsional provincial &nbsp; &nbsp; &nbsp; La resoluci\u00f3n fue adoptada con la firma de los tres ministros del M\u00e1ximo Tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. 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