{"id":131060,"date":"2025-07-23T11:44:55","date_gmt":"2025-07-23T14:44:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=131060"},"modified":"2025-07-23T11:44:55","modified_gmt":"2025-07-23T14:44:55","slug":"causa-ypf-argentina-argumento-su-posicion-para-sostener-la-suspension-de-la-cesion-de-acciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/07\/23\/causa-ypf-argentina-argumento-su-posicion-para-sostener-la-suspension-de-la-cesion-de-acciones\/","title":{"rendered":"Causa YPF: Argentina argument\u00f3 su posici\u00f3n para sostener la suspensi\u00f3n de la cesi\u00f3n de acciones"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La presentaci\u00f3n cuestion\u00f3 el fallo de Loretta Preska y expuso las consecuencias de ratificarlo<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Argentina present\u00f3 su descargo argumental en la Justicia estadounidense para buscar sostener la suspensi\u00f3n de la entrega de acciones de YPF que orden\u00f3 la juez Loretta Preska.<\/p>\n<p>Los abogados del pa\u00eds presentaron ante la Corte de Apelaciones del segundo circuito de Nueva York los argumentos pertinentes en favor de que se mantenga la interrupci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n del fallo de Preska.<\/p>\n<p>De esta manera, se busca que el tribunal superior extienda la decisi\u00f3n durante todo el tiempo que dure el proceso de apelaci\u00f3n de fondo. Actualmente la pausa estipulada para cumplir el dictamen se limita al lapso que dure las actuales presentaciones de las partes.<\/p>\n<p>Los fundamentos expuestos por el pa\u00eds fueron compartidos por Sebasti\u00e1n Maril, CEO de Latam Advisors y experto en el caso, revelando un duro cuestionamiento al fallo de Preska al detallar las implicancias que ocasionar\u00eda una confirmaci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>En este sentido, la presentaci\u00f3n legal se respald\u00f3 en el apoyo del Departamento de Justicia norteamericano manifestando que \u201cla juez Loretta Preska resolvi\u00f3 una cuesti\u00f3n jur\u00eddica contra del criterio del Gobierno de los Estados Unidos y de todos los dem\u00e1s tribunales que han abordado esta misma cuesti\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, alert\u00f3 que \u201cejecutar la orden de entrega de las acciones de YPF sin una suspensi\u00f3n del fallo causar\u00eda un da\u00f1o irreparable a la Rep\u00fablica, ya que ser\u00eda pr\u00e1cticamente imposible revertirla una vez concretada\u201d y advirti\u00f3 que una decisi\u00f3n en esa direcci\u00f3n \u201cpodr\u00eda desatar un conflicto diplom\u00e1tico significativo, con implicancias sensibles en materia de pol\u00edtica exterior\u201d.<\/p>\n<p>Ante estos posibles escenarios, consider\u00f3 que \u201cotorgar la suspensi\u00f3n solo implicar\u00eda una demora moderada, especialmente considerando que el proceso avanza bajo un cronograma de presentaci\u00f3n de argumentos de manera acelerada\u201d.<\/p>\n<p>La Argentina aport\u00f3 a la Justicia los escritos de r\u00e9plica en respuesta a los presentados por los demandantes el pasado 17 de julio, en el marco de los casos Petersen\/Eton Park y Bainbridge, seg\u00fan inform\u00f3 la Procuraci\u00f3n del Tesoro.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>En el caso Petersen\/Eton Park, la presentaci\u00f3n de la Argentina destaca los siguientes puntos:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Tal como lo ha reconocido el propio Gobierno de los Estados Unidos, la orden de entrega de las acciones de YPF vulnera la inmunidad de ejecuci\u00f3n que protege los bienes de un Estado extranjero.<\/li>\n<li>La orden contradice lo dispuesto por la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos, ya que las acciones de YPF: se encuentran en territorio argentino, no han sido utilizadas por la Rep\u00fablica para actividades comerciales en los Estados Unidos, ni han sido empleadas en la actividad comercial que sirve de base a la demanda.<\/li>\n<li>La orden tambi\u00e9n vulnera principios de cortes\u00eda (\u201ccomity\u201d) internacional, al exigir a la Rep\u00fablica que incumpla su propia legislaci\u00f3n interna.<\/li>\n<li>Los demandantes no lograron demostrar la existencia de un perjuicio en caso de que se suspenda la entrega de las acciones. La ley argentina proh\u00edbe su venta sin la aprobaci\u00f3n de dos tercios del Congreso Nacional, lo que impide cualquier riesgo de \u201cdisipaci\u00f3n\u201d de los activos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los demandantes tampoco demostraron que la Rep\u00fablica no sufrir\u00eda un da\u00f1o irreparable si la orden no se suspende. La transferencia de las acciones implicar\u00eda la p\u00e9rdida del control estatal sobre la principal empresa energ\u00e9tica del pa\u00eds. Si las acciones fueran vendidas, el perjuicio ser\u00eda irreversible, incluso si la Argentina resultara finalmente vencedora en la apelaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>El inter\u00e9s p\u00fablico se ve claramente favorecido por la suspensi\u00f3n de la medida. La ejecuci\u00f3n de la orden afectar\u00eda a terceros, incluyendo a YPF, sus accionistas y al pueblo argentino, comprometer\u00eda las relaciones bilaterales con los Estados Unidos y podr\u00eda generar represalias judiciales contra ese pa\u00eds en el extranjero, tal como advirti\u00f3 el propio Gobierno estadounidense.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso Bainbridge, la presentaci\u00f3n de la Rep\u00fablica Argentina sostiene que:<\/p>\n<ul>\n<li>La parte actora no logr\u00f3 justificar la necesidad de una garant\u00eda. La legislaci\u00f3n argentina garantiza por s\u00ed misma el mantenimiento del statu quo, ya que, sin aprobaci\u00f3n del Congreso, las acciones no pueden ser transferidas.<\/li>\n<li>La actora no demostr\u00f3 que sufrir\u00eda un perjuicio si se suspende la entrega de las acciones.<\/li>\n<li>Tampoco acredit\u00f3 que la Rep\u00fablica Argentina no enfrentar\u00eda un da\u00f1o irreparable si la orden se ejecuta. La p\u00e9rdida de las acciones de YPF implicar\u00eda un perjuicio irreversible para el pa\u00eds.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Desde la Procuraci\u00f3n del Tesoro remarcaron que \u201cel Gobierno nacional continuar\u00e1 defendiendo los intereses de la Rep\u00fablica con firmeza jur\u00eddica y pleno respeto por la soberan\u00eda, en contraste con la desidia de quienes nos llevaron a enfrentar esta situaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Con los descargos de las partes presentados, la Justicia estadounidense tomar\u00e1 una decisi\u00f3n en las pr\u00f3ximas horas o d\u00edas dictaminando si hace lugar al pedido argentino de suspender la entrega de acciones de la petrolera durante la apelaci\u00f3n, lo que puede definirse con o sin garant\u00eda de por medio, o si mantiene la orden de Preska con efecto inmediato.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La presentaci\u00f3n cuestion\u00f3 el fallo de Loretta Preska y expuso las consecuencias de ratificarlo &nbsp; &nbsp; Argentina present\u00f3 su descargo argumental en la Justicia estadounidense para buscar sostener la suspensi\u00f3n de la entrega de acciones de YPF que orden\u00f3 la juez Loretta Preska. 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