{"id":131044,"date":"2025-07-23T10:17:22","date_gmt":"2025-07-23T13:17:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=131044"},"modified":"2025-07-23T10:17:22","modified_gmt":"2025-07-23T13:17:22","slug":"anmat-prohibio-la-venta-de-tres-marcas-de-aceite-de-oliva-y-una-de-azucar-por-utilizar-registros-falsos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/07\/23\/anmat-prohibio-la-venta-de-tres-marcas-de-aceite-de-oliva-y-una-de-azucar-por-utilizar-registros-falsos\/","title":{"rendered":"ANMAT prohibi\u00f3 la venta de tres marcas de aceite de oliva y una de az\u00facar por utilizar registros falsos"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Los productos no cumpl\u00edan con las condiciones de sanidad que se exigen. No podr\u00e1n elaborarse ni comercializarse<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog\u00eda M\u00e9dica (ANMAT) resolvi\u00f3 prohibir la elaboraci\u00f3n, fraccionamiento y comercializaci\u00f3n en todo el pa\u00eds, incluyendo canales digitales, de cuatro productos alimenticios: tres aceites de oliva y una az\u00facar. La decisi\u00f3n se tom\u00f3 luego de detectar que todos utilizaban registros inexistentes o adulterados y no cumpl\u00edan con las condiciones sanitarias exigidas por la normativa vigente.<\/p>\n<p>Los art\u00edculos alcanzados por la medida son el \u201cAceite de Oliva Extra Virgen FUERTE\u201d de la marca Los Ayllos, el \u201cAceite de oliva Extra Virgen sabor intenso\u201d marca Olivares del Rey, el \u201cAceite de oliva Extra Virgen Cl\u00e1sico\u201d de la marca Valle de Tunuy\u00e1n, y el \u201cAz\u00facar com\u00fan tipo A\u201d marca Dulzura, con RNE N\u00b0 23001241 y RNPA N\u00b0 23039151, de la provincia de Tucum\u00e1n.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n fue adoptada por la administradora nacional N\u00e9lida Agustina Bisio, quien firm\u00f3 cuatro resoluciones que se publicaron este mi\u00e9rcoles 23 de julio en el Bolet\u00edn Oficial. En todos los casos, se afectaron todos los lotes y presentaciones, debido al uso de datos ap\u00f3crifos en el etiquetado y la imposibilidad de verificar la procedencia y seguridad de los productos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>La prohibici\u00f3n de los tres aceites de oliva<\/strong><\/p>\n<p>La intervenci\u00f3n sobre el aceite de oliva Los Ayllos comenz\u00f3 tras la consulta de un consumidor que indic\u00f3 que el producto proven\u00eda de Villa de las Rosas, C\u00f3rdoba, con los registros RNE 02033960 y RNPA 02571050.<\/p>\n<p>El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) consult\u00f3 a la Direcci\u00f3n de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de Buenos Aires, que confirm\u00f3 que los registros correspond\u00edan a otras firmas. Adem\u00e1s, una inspecci\u00f3n comprob\u00f3 que no exist\u00eda ninguna planta elaboradora activa en la direcci\u00f3n declarada y que la raz\u00f3n social no figuraba en los registros provinciales.<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n fue reportada en el Sistema de Informaci\u00f3n de Vigilancia Alimentaria (SIVA) como Incidente Federal N\u00b0 4626, y se alert\u00f3 sobre la promoci\u00f3n del art\u00edculo en sitios web.<\/p>\n<p>La ANMAT resolvi\u00f3 que el producto violaba las disposiciones del C\u00f3digo Alimentario Argentino por falta de registros habilitantes y por rotulado enga\u00f1oso, y orden\u00f3 su prohibici\u00f3n en todo el pa\u00eds.<\/p>\n<p>La prohibici\u00f3n del aceite Olivares del Rey se produjo luego de que el INAL recibiera una denuncia sobre un producto etiquetado como fraccionado por Agropecuaria Paso Viejo de Fernando Nieves, en la provincia de C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Tras revisar el sistema SIFeGA, se determin\u00f3 que el registro de establecimiento era inexistente y que el n\u00famero de RNPA estaba asociado a otro producto. Adem\u00e1s, el lugar de producci\u00f3n declarado no correspond\u00eda al supuesto elaborador.<\/p>\n<p>La denuncia fue elevada a trav\u00e9s del SIVA, y se inst\u00f3 a supervisar su presencia en internet. La ANMAT consider\u00f3 que el art\u00edculo infring\u00eda m\u00faltiples normas sanitarias por carecer de autorizaci\u00f3n y contener informaci\u00f3n ap\u00f3crifa, por lo que dispuso su retiro del mercado nacional y de cualquier otro alimento que usara el mismo n\u00famero de registro falso.<\/p>\n<p>La denuncia que deriv\u00f3 en la prohibici\u00f3n del aceite Valle de Tunuy\u00e1n fue presentada por la empresa Almazara S.A., al detectar que el producto utilizaba de forma ilegal el RNE N\u00b0 18000937.<\/p>\n<p>El INAL solicit\u00f3 informaci\u00f3n a la provincia de San Juan sobre el RNPA N\u00b0 18010363, el cual fue declarado inexistente por las autoridades locales. El caso fue reportado en el SIVA bajo el Incidente Federal N\u00b0 4704.<\/p>\n<p>Al comprobarse que el producto se vend\u00eda en plataformas digitales, intervino el Programa de Monitoreo y Fiscalizaci\u00f3n de Publicidad, que concluy\u00f3 que el producto no ten\u00eda registros v\u00e1lidos y presentaba rotulado enga\u00f1oso.<\/p>\n<p>La ANMAT determin\u00f3 la prohibici\u00f3n total de su elaboraci\u00f3n, fraccionamiento y venta, por no garantizar las condiciones m\u00ednimas de seguridad e inocuidad. Adem\u00e1s, la restricci\u00f3n alcanza a cualquier alimento que exhiba el RNPA N\u00b0 18010363, independientemente de la marca o presentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ANMAT prohibi\u00f3 la venta de una venta de az\u00facar<\/strong><\/p>\n<p>En el caso del az\u00facar comercializada bajo la marca Dulzura, la investigaci\u00f3n se inici\u00f3 tambi\u00e9n a partir de una consulta ciudadana. El INAL comprob\u00f3 que el RNE N\u00b0 23001241 no exist\u00eda, y que el RNPA N\u00b0 23039151 pertenec\u00eda a otro producto elaborado por una empresa distinta.<\/p>\n<p>El caso fue informado como incidente federal en el sistema SIVA, y se requiri\u00f3 analizar la difusi\u00f3n del producto en plataformas digitales. La ANMAT concluy\u00f3 que el art\u00edculo no cumpl\u00eda con la Ley 18284, el Decreto 2126\/71, ni con varios art\u00edculos del C\u00f3digo Alimentario.<\/p>\n<p>Ante la imposibilidad de establecer su trazabilidad, origen o seguridad, el organismo resolvi\u00f3 prohibir su producci\u00f3n y venta en todo el territorio nacional, medida que tambi\u00e9n se extendi\u00f3 a otros alimentos que exhibieran el mismo n\u00famero de RNE N\u00b0 23001241.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Protecci\u00f3n del consumidor y advertencia sanitaria<\/strong><\/p>\n<p>Las medidas adoptadas por la ANMAT responden a la necesidad de proteger la salud p\u00fablica ante productos que no cuentan con ning\u00fan tipo de verificaci\u00f3n oficial. La circulaci\u00f3n de alimentos sin registro sanitario ni informaci\u00f3n confiable sobre su origen representa un riesgo directo para los consumidores.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n tambi\u00e9n orden\u00f3 notificar a todas las autoridades sanitarias del pa\u00eds para asegurar la aplicaci\u00f3n efectiva de las prohibiciones y garantizar que los productos no permanezcan en circulaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los productos no cumpl\u00edan con las condiciones de sanidad que se exigen. No podr\u00e1n elaborarse ni comercializarse &nbsp; &nbsp; La Administraci\u00f3n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog\u00eda M\u00e9dica (ANMAT) resolvi\u00f3 prohibir la elaboraci\u00f3n, fraccionamiento y comercializaci\u00f3n en todo el pa\u00eds, incluyendo canales digitales, de cuatro productos alimenticios: tres aceites de oliva y una az\u00facar. 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