{"id":129612,"date":"2025-06-06T11:49:18","date_gmt":"2025-06-06T14:49:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=129612"},"modified":"2025-06-06T11:49:18","modified_gmt":"2025-06-06T14:49:18","slug":"bullrich-quiere-que-la-policia-federal-sea-el-fbi-argentino-y-patrulle-las-redes-sociales-sin-autorizacion-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/06\/06\/bullrich-quiere-que-la-policia-federal-sea-el-fbi-argentino-y-patrulle-las-redes-sociales-sin-autorizacion-judicial\/","title":{"rendered":"Bullrich quiere que la Polic\u00eda Federal sea el FBI argentino y patrulle las redes sociales sin autorizaci\u00f3n judicial"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El ministerio de Seguridad de la Naci\u00f3n elabor\u00f3 un proyecto para implementar modificaciones de fondo sobre la estructura de la Polic\u00eda Federal Argentina. El objetivo, dicen, es convertirla en el FBI criollo<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Sin embargo, la letra del texto que est\u00e1 circulando entre las fuerzas federales de seguridad puso en alerta a integrantes de las c\u00fapulas, que consideraron que las nuevas facultades de las que quedar\u00eda dotada son \u201cexcesivas\u201d. Puntualmente, apuntan al patrullaje de redes sociales sin la necesaria autorizaci\u00f3n judicial y, por otro lado, la posibilidad de realizar detenciones sin aprobaci\u00f3n de un juez en el caso de que haya circunstancias que \u201chagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiere cometer alg\u00fan hecho delictivo\u201d.<\/p>\n<p>El documento propone modificar la Ley Org\u00e1nica de la Polic\u00eda Federal (21.965) y establecer que la funci\u00f3n de la fuerza sea \u201cprevenir, detectar e investigar delitos federales y complejos, y colaborar en la desarticulaci\u00f3n de organizaciones criminales\u201d.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el texto, \u201cresulta necesario que la POLICIA FEDERAL ARGENTINA tenga como principal misi\u00f3n la investigaci\u00f3n de delitos federales y complejos\u201d. En esa l\u00ednea, argumenta que es perentorio \u201c\u2026explicitar los objetivos estrat\u00e9gicos a fin de que sean acabadamente implementados por el Ministerio de Seguridad Nacional y la Polic\u00eda Federal Argentina (PFA)\u201d.<\/p>\n<p>Ahora bien, un arco importante se abre en torno de las actividades de inteligencia, ya que el texto del borrador subraya, en el plano formal, que la Polic\u00eda Federal puede \u201cdesarrollar acciones de inteligencia criminal, en el marco de lo dispuesto por la Ley de Inteligencia N\u00b0 25.520 y modificatorias\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Inteligencia criminal<\/strong><\/p>\n<p>Asimismo, entre las facultades de la PFA se refuerza esta \u00e1rea de inteligencia en el inciso 2: \u201cEfectuar tareas de Inteligencia criminal, mediante la obtenci\u00f3n, reuni\u00f3n, sistematizaci\u00f3n y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n referida a actividades criminales o riesgos que afecten a la Seguridad Interior\u201d.<\/p>\n<p>No obstante, de acuerdo con el borrador de la resoluci\u00f3n, aparecen algunas actividades sensibles que la Federal podr\u00e1 hacer sin pasar necesariamente por el filtro de un juzgado.<\/p>\n<p>Por ejemplo, bajo el objetivo de que se convierta en \u201cuna Polic\u00eda l\u00edder en la investigaci\u00f3n proactiva de delitos federales o complejos, en la desarticulaci\u00f3n de organizaciones criminales y en la protecci\u00f3n del Estado\u201d, autorizan a la fuerza, seg\u00fan dice el inciso 11 del Art\u00edculo 6, a: \u201cRealizar, sin necesidad de autorizaci\u00f3n judicial, tareas de prevenci\u00f3n del delito en espacios p\u00fablicos digitales, tales como redes sociales abiertas, sitios web p\u00fablicos y otras fuentes abiertas, conforme a las pautas y principios rectores dictados para dichas actividades por la autoridad competente. Estas tareas de prevenci\u00f3n del delito deber\u00e1n respetar la protecci\u00f3n de los datos personales, la libertad de expresi\u00f3n, la intimidad y privacidad de las personas\u201d.<\/p>\n<p>Como queda expuesto en el p\u00e1rrafo anterior, deja abierto al criterio de la fuerza de seguridad el desarrollo de una actividad de esas caracter\u00edsticas sin la necesaria observancia de un juez.<\/p>\n<p>Fuentes autorizadas dentro de las fuerzas federales de seguridad se\u00f1alaron que el proyecto hab\u00eda sido enviado tanto a Gendarmer\u00eda Nacional como a Prefectura, aclarando que era solo para la Polic\u00eda Federal. Lo catalogaron como \u201cexcesivo\u201d. Para ellos, \u201cforma parte de algo que la Ministra ya anunci\u00f3: una nueva Polic\u00eda Federal con facultades extraordinarias y por encima de las otras fuerzas\u201d.<\/p>\n<p>Otro inciso que hizo ruido fue el que abri\u00f3 la puerta a detenciones sin orden judicial. Se trata del 7, el cual sobresale por su ambig\u00fcedad: se podr\u00e1 avanzar en una detenci\u00f3n sin la orden de un juez competente (\u2026) \u201csi existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiere cometer alg\u00fan hecho delictivo y no acreditase fehacientemente su identidad, podr\u00e1 ser conducido a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez con competencia en turno y demorada por el tiempo m\u00ednimo necesario para establecer su identidad\u201d.<\/p>\n<p>La redacci\u00f3n del inciso 8 desanda el mismo camino: \u201cRegistrar y calificar a las personas dedicadas habitualmente a una actividad que la polic\u00eda debe reprimir\u201d, explicita sin m\u00e1s. En ese mismo tono, el 12, se\u00f1ala que la Polic\u00eda Federal podr\u00e1: \u201cRealizar las acciones necesarias para la prevenci\u00f3n del delito y de mantenimiento del orden p\u00fablico, en materias de su competencia, tareas que podr\u00e1n ser ampliadas a requerimiento del Ministerio de Seguridad Nacional\u201d.<\/p>\n<p>Por otro lado, en lo formal, aparece la creaci\u00f3n de un Departamento Federal de Investigaciones (DFI) que se encargue de los delitos complejos dentro del pa\u00eds y un Departamento Federal de Coordinaci\u00f3n. Dentro de DFI, habr\u00e1 tres sub\u00e1reas dedicadas a la investigaci\u00f3n: Agencias Federales de Investigaci\u00f3n (AFDI), Investigaciones Federales e Investigaciones contra el Narcotr\u00e1fico.<\/p>\n<p>Finalmente, fuentes autorizadas, se\u00f1alaron que el objetivo es que el DFI controle por completo las investigaciones criminales a trav\u00e9s de superintendencias, con puestos regionales. Es por eso que se prev\u00e9 un notable crecimiento, que rondar\u00e1 el 10% anual, de la cantidad de efectivos de las fuerzas de la Polic\u00eda Federal Argentina en el interior.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El ministerio de Seguridad de la Naci\u00f3n elabor\u00f3 un proyecto para implementar modificaciones de fondo sobre la estructura de la Polic\u00eda Federal Argentina. El objetivo, dicen, es convertirla en el FBI criollo &nbsp; &nbsp; Sin embargo, la letra del texto que est\u00e1 circulando entre las fuerzas federales de seguridad puso en alerta a integrantes de las c\u00fapulas, que consideraron que las nuevas facultades de las que quedar\u00eda dotada son \u201cexcesivas\u201d. 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