{"id":129556,"date":"2025-06-04T09:58:46","date_gmt":"2025-06-04T12:58:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=129556"},"modified":"2025-06-04T09:59:05","modified_gmt":"2025-06-04T12:59:05","slug":"ong-desmonto-los-seis-puntos-del-gobierno-para-reformar-la-ley-de-juicio-por-jurados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/06\/04\/ong-desmonto-los-seis-puntos-del-gobierno-para-reformar-la-ley-de-juicio-por-jurados\/","title":{"rendered":"ONG desmont\u00f3 los seis puntos del Gobierno para reformar la Ley de Juicio por Jurados"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Inecip present\u00f3 un informe en el que desarroll\u00f3 los seis puntos del proyecto de reforma de la joven Ley de Juicio Por Jurados de la provincia. Advirti\u00f3 que de aprobarse, producir\u00eda una reducci\u00f3n de la participaci\u00f3n ciudadana, para volver concentrar el poder de juzgar en las manos exclusivas del Poder Judicial. Se a\u00f1adi\u00f3 que la reforma resulta de \u201calto inter\u00e9s nacional\u201d porque \u201cafecta la operatividad de la \u00fanica instituci\u00f3n judicial regulada en tres ocasiones en la Constituci\u00f3n Nacional&#8221;<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) es una fundaci\u00f3n que inici\u00f3 sus actividades en 1989, en Buenos Aires, con la misi\u00f3n de contribuir a la consolidaci\u00f3n y el progresivo fortalecimiento del Estado de Derecho en los pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina y del Caribe.<\/p>\n<p>En 2024 fue convocada a participar del debate de la reforma de la joven Ley de Juicio por Jurados provincial a partir de una propuesta del Poder Ejecutivo entrerriano. Fue despu\u00e9s de que junto a otras instituciones judiciales y jur\u00eddicas de la provincia expusieran que no fueron citadas.<\/p>\n<p>En el informe que se present\u00f3 como una contribuci\u00f3n \u201ccon el debate legislativo al que Inecip fue convocado a participar en 2024, junto a otras organizaciones nacionales y provinciales como la Asociaci\u00f3n Argentina de Juicio por Jurados, Asociaci\u00f3n Pensamiento Penal, Vida-ER y el Instituto de Derecho Penal de Entre R\u00edos, todas las cuales manifestaron su oposici\u00f3n al proyecto\u201d.<\/p>\n<p>El informe se titul\u00f3 \u201cQu\u00e9 dicen los datos sobre la necesidad de reformar la Ley de Juicio por Jurados de Entre R\u00edos?\u00a0 En la introducci\u00f3n se precis\u00f3 que \u201cla C\u00e1mara de Diputados de Entre R\u00edos volver\u00e1 a tratar en Comisi\u00f3n el proyecto de reforma de la Ley N\u00ba 10.746 de Juicio por Jurados. Esta reforma busca reducir la competencia del juicio por jurados, restringiendo los tipos de casos en los cuales la ciudadan\u00eda puede ejercer su derecho a participar en la administraci\u00f3n de la justicia a trav\u00e9s del juicio por jurados\u201d.<\/p>\n<p>En tal estado de situaci\u00f3n, el Inecip opin\u00f3 que \u201cde aprobarse, el proyecto producir\u00eda una reducci\u00f3n de la participaci\u00f3n ciudadana, para volver concentrar el poder de juzgar en las manos exclusivas del Poder Judicial\u201d. A\u00f1adi\u00f3 que \u201cla reforma propuesta resulta de alto inter\u00e9s nacional, ya que afecta la operatividad de la \u00fanica instituci\u00f3n judicial regulada en tres ocasiones en la Constituci\u00f3n Nacional (art\u00edculos 24, 75 inciso 12 y 118)\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Dato 1<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Respecto del costo de los jurados, el informe destac\u00f3 que \u201ces de apenas del 0,3% del presupuesto del Poder Judicial\u201d. Con datos se debilit\u00f3 el \u201cprincipal argumento presentado por sectores minoritarios del Poder Judicial para justificar este proyecto es el supuesto \u2018elevado costo\u2019 del sistema de juicio por jurados\u201d.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 dicen los datos? El Inecip expuso que el \u201ccosto total del juicio por jurados en Entre R\u00edos (2024)\u201d fue de \u201c197 millones de pesos. Fuente: Poder Judicial de Entre R\u00edos\u201d y se se\u00f1al\u00f3 que el \u201cPresupuesto total del Poder Judicial de Entre R\u00edos (2024)\u201d fue de \u201c65.000 millones de pesos\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed, incluso se se\u00f1al\u00f3 que aquellos \u201ccostos incluso podr\u00edan ser menores si, ya sea v\u00eda acordada del Superior Tribunal de Justicia de Entre R\u00edos, o a trav\u00e9s de una reforma legal del art\u00edculo 46 de la Ley N\u00ba 10.746, se modificaran los montos de remuneraci\u00f3n del juicio por jurados, conforme a lo propuesto por diversas organizaciones provinciales\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Dato 2<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El Inecip sostuvo que \u201cEntre R\u00edos no afronta una carga de juicios por jurados desproporcionada. Entre R\u00edos se encuentra dentro del promedio de carga de juicios por jurados que tienen las provincias en donde la ley ya se encuentra implementada\u201d. Seg\u00fan la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia (Jufejus), la provincia se encuentra en la mitad de una tabla \u2013con 34 debates- que tiene en el punto m\u00e1s alto a Buenos Aires con 108 juicios y el m\u00e1s bajo, Mendoza, con ocho.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Dato 3<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>\u201cEntre R\u00edos ser\u00eda la primera provincia en reducir el alcance de los juicios por jurados, mientras que otras tienden a ampliarlo\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Dato 4<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>\u201cLa Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n podr\u00eda tachar de inconstitucional esta reforma\u201d.\u00a0 La Constituci\u00f3n estableci\u00f3, seg\u00fan la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n en el fallo \u201cCanales\u201d (2019), \u201cun modelo institucional de administraci\u00f3n de justicia que expresa la participaci\u00f3n del pueblo en la administraci\u00f3n de justicia penal\u201d. Se se\u00f1al\u00f3 que \u201csi bien deleg\u00f3 su plena operatividad a la regulaci\u00f3n normativa, una vez que esta cl\u00e1usula constitucional se activa, el jurado popular asume la condici\u00f3n de \u2018juez natural\u2019, y no puede ser restringido bajo ninguna circunstancia ni excusa sin violar la Constituci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed, se se\u00f1al\u00f3 que \u201cla \u00fanica opci\u00f3n que tiene el legislador, en ese caso, es seguir ampliando el concepto de \u2018juicio criminal\u2019 y, por lo tanto, de la competencia del jurado popular\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Dato 5<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El inecip se\u00f1al\u00f3 que \u201clos casos pendientes pueden gestionarse sin necesidad de esta Reforma\u201d. As\u00ed, se indic\u00f3 que \u201cotro de los argumentos para esta reforma es la cantidad de casos elevados a juicio pendientes de resoluci\u00f3n. En el \u00faltimo informe aportado por el Poder Judicial de Entre R\u00edos, se se\u00f1alaba que exist\u00edan m\u00e1s de 100 casos pendientes de resoluci\u00f3n y que por eso era necesaria esta reforma\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, el informe precis\u00f3 que \u201cm\u00e1s del 50% de los casos elevados a juicio en Entre R\u00edos finalizan con juicio abreviado\u201d y manifest\u00f3 que \u201ccorresponde al MPF aplicar una pol\u00edtica de diversificaci\u00f3n de salidas (desde juicios abreviados hasta v\u00edas composicionales), desde el comienzo de los casos, para evitar la elevaci\u00f3n a juicio de casos que no deben ser llevados a juicio por jurados\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Dato 6<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n se destac\u00f3 que \u201ctampoco existe una saturaci\u00f3n en los tribunales\u201d. En este sentido se indic\u00f3 que \u201cla medici\u00f3n de la saturaci\u00f3n de los tribunales se basa en la evaluaci\u00f3n de sus dos recursos centrales: jueces y salas de audiencias. Respecto al \u2018recurso jueces\u2019, seg\u00fan los datos publicados por la Oficia de Estad\u00edsticas del Poder Judicial de Entre R\u00edos, en 2024, m\u00e1s del 90% de los jueces de juicio de Entre R\u00edos pasaron menos de 4 horas a la semana en audiencias (menos de 1 hora de audiencia al d\u00eda). Por lo tanto, esto dista de ser una situaci\u00f3n de colapso o saturaci\u00f3n en ese aspecto\u201d. Finalmente, respecto a las salas de audiencias, se resalt\u00f3 que \u201ctampoco existe informaci\u00f3n que permita hablar de una saturaci\u00f3n o colapso en ese aspecto\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Inecip present\u00f3 un informe en el que desarroll\u00f3 los seis puntos del proyecto de reforma de la joven Ley de Juicio Por Jurados de la provincia. 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