{"id":12777,"date":"2017-06-08T09:31:38","date_gmt":"2017-06-08T12:31:38","guid":{"rendered":"http:\/\/actualidadadiario.com\/site\/?p=12777"},"modified":"2017-06-08T09:31:38","modified_gmt":"2017-06-08T12:31:38","slug":"la-corte-cita-a-las-provincias-por-la-demanda-de-vidal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2017\/06\/08\/la-corte-cita-a-las-provincias-por-la-demanda-de-vidal\/","title":{"rendered":"La Corte cita a las provincias por la demanda de Vidal"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>El m\u00e1ximo tribunal quiere conocer la postura de los distritos en relaci\u00f3n al reclamo de la provincia por el Fondo del Conurbano<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Corte Suprema de Justicia cit\u00f3 a representantes de todas las provincias, a excepci\u00f3n de Buenos Aires, para que comparezcan a tomar la intervenci\u00f3n que pudiera corresponderles en defensa de sus derechos, en el marco de una causa iniciada por el gobierno de Mar\u00eda Eugenia Vidal por el &#8220;Fondo del Conurbano&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n, un\u00e1nime, fue firmada el pasado martes por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, y ser\u00e1 informada ahora, con un plazo de 15 d\u00edas, a los juzgados federales de Catamarca, C\u00f3rdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre R\u00edos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuqu\u00e9n, R\u00edo Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucum\u00e1n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tras conocer el llamado de la Corte, Vidal celebr\u00f3 la decisi\u00f3n e insisti\u00f3 en que se trata de recursos &#8220;que nos sacaron a todos los bonaerenses&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8220;Hoy arrancamos muy bien el d\u00eda. El abogado de la Provincia me inform\u00f3 que la Corte Suprema est\u00e1 citando a todas las provincias del pa\u00eds en la causa que iniciamos por la recuperaci\u00f3n de los Fondos del Conurbano&#8221;, se\u00f1al\u00f3 Vidal tras participar de un acto realizado en Ezeiza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La gobernadora se manifest\u00f3 satisfecha con que &#8220;es una causa que avanza&#8221; y enfatiz\u00f3: &#8220;Son fondos que nos sacaron a los bonaerenses, es una causa en la que estamos peleando todos juntos&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La provincia de Buenos Aires promovi\u00f3 en agosto pasado una demanda contra el Estado Nacional, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de una cl\u00e1usula de la Ley de Impuesto a las Ganancias que establece un tope de 650 millones de pesos anuales en la participaci\u00f3n del 10 por ciento que la Provincia tiene en el producto del gravamen con destino al llamado &#8220;Fondo del Conurbano Bonaerense&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Puntualmente, Vidal tiene como objetivo que la provincia de Buenos Aires perciba unos 50 mil millones de pesos del Fondo del Conurbano y romper as\u00ed el l\u00edmite de 650 millones, que permanece congelado desde 1996, adem\u00e1s de cobrar el retroactivo de los \u00faltimos cinco a\u00f1os.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La demanda ronda los 300 mil millones de pesos, que surgen del reclamo por el retroactivo de los recursos que la provincia no recibi\u00f3 entre 2011 y 2015, que alcanzan los 250 mil millones de pesos, adem\u00e1s de los 48 mil millones de pesos que en los \u00faltimos meses significar\u00e1 el 10 por ciento de la recaudaci\u00f3n del impuesto a las Ganancias, con el que se constituye ese fondo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La avanzada judicial se produjo luego de que Vidal se topara con una f\u00e9rrea oposici\u00f3n de los gobernadores y los senadores que les responden ante los proyectos de ley que Buenos Aires impuls\u00f3 en el Senado para percibir mayores recursos, porque los mandatarios se niegan a ceder fondos propios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La demanda de Vidal ya hab\u00eda sido contestada por el Estado Nacional: el Ministerio de Hacienda indic\u00f3 que el reclamo &#8220;responde a un tema que no ha escapado al desequilibrio econ\u00f3mico y financiero general que ocurri\u00f3 en 2001 y que a\u00fan hoy requiere de profundas reformas estructurales y de la intervenci\u00f3n de la Justicia para encauzar sus impactos dentro del orden constitucional, dado que se trata de los efectos que la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica de los \u00faltimos 25 a\u00f1os trajo sobre una legislaci\u00f3n que, en su origen, busc\u00f3 compensar a la Provincia de Buenos Aires&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si bien la Naci\u00f3n reconoci\u00f3 que el tope &#8220;ha vuelto inequitativo el reparto por su desactualizaci\u00f3n, ello no significa que el planteo de inconstitucionalidad interpuesto tenga que ser admitido en los t\u00e9rminos en los que lo ha planteado la accionante&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Advirti\u00f3, adem\u00e1s, que &#8220;el Estado Nacional no es titular de la relaci\u00f3n jur\u00eddica sustancial que da motivo a la controversia, porque no es beneficiario de los montos que la actora reclama&#8221; y que, de prosperar el reclamo, &#8220;deber\u00edan ser las restantes provincias quienes tendr\u00edan que ceder parte de su coparticipaci\u00f3n para que la reclamante perciba lo que pretende, y que la misma tesitura resulta de aplicaci\u00f3n para las sumas retroactivas que tambi\u00e9n reclama&#8221; Buenos Aires.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En virtud del planteo la Corte convoc\u00f3 ahora a las provincias para conocer su postura: &#8220;En m\u00e9rito a la solicitud formulada por las partes de manera concordante en la demanda, y que de acuerdo a los antecedentes de la causa resulta que la controversia resulta com\u00fan a los restantes estados provinciales, habr\u00e1 de accederse a la citaci\u00f3n de las provincias&#8221;, indicaron los jueces del m\u00e1ximo tribunal en su resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Fondo de Reparaci\u00f3n Hist\u00f3rica del Conurbano se cre\u00f3 en 1992, a trav\u00e9s de la Ley 24.073, por lo cual la provincia de Buenos Aires percib\u00eda el 10 por ciento de lo recaudado por el Impuesto a las Ganancias, pero en 1996, por medio de la Ley 24.621, se estableci\u00f3 el tope de 650 millones de pesos anuales, que se mantiene desde esa \u00e9poca para el principal distrito de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n incluye, adem\u00e1s, que se declaren inconstitucionales los incisos b) y d) del art. 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, en la parte que excluyen a la Provincia de Buenos Aires: as\u00ed se solicita la inclusi\u00f3n de Buenos Aires en el reparto del Fondo de Infraestructura Social, que se reparte en base al \u00cdndice de Necesidades B\u00e1sicas Insatisfechas, por lo que el distrito deber\u00e1 percibir un 35 por ciento de un fondo que se conforma con el 4 por ciento del Impuesto a las Ganancias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El m\u00e1ximo tribunal quiere conocer la postura de los distritos en relaci\u00f3n al reclamo de la provincia por el Fondo del Conurbano &nbsp; 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