{"id":126131,"date":"2025-03-18T14:10:24","date_gmt":"2025-03-18T17:10:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=126131"},"modified":"2025-03-18T14:10:24","modified_gmt":"2025-03-18T17:10:24","slug":"los-bienes-del-estado-se-podran-subastar-o-vender-a-traves-de-plataformas-electronicas-privadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2025\/03\/18\/los-bienes-del-estado-se-podran-subastar-o-vender-a-traves-de-plataformas-electronicas-privadas\/","title":{"rendered":"Los bienes del Estado se podr\u00e1n subastar o vender a trav\u00e9s de plataformas electr\u00f3nicas privadas"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La posibilidad se habilitar\u00e1 mediante licitaciones p\u00fablicas a cargo de la AABE<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Gobierno habilit\u00f3 la posibilidad de que los bienes del Estado sean subastados o vendidos a trav\u00e9s de plataformas electr\u00f3nicas privadas, al introducir una serie de cambios en el proceso regulatorio para desprenderse de propiedades muebles.<\/p>\n<p>La medida se implement\u00f3 este martes mediante el Decreto 195\/2025 publicado en el Bolet\u00edn Oficial, permitiendo ampliar las herramientas disponibles para que la Agencia de Administraci\u00f3n de Bienes del Estado (AABE) oferte los bienes estatales.<\/p>\n<p>De esta manera, la venta de bienes muebles se podr\u00e1 efectuar tanto a trav\u00e9s de plataformas electr\u00f3nicas p\u00fablicas como privadas. En el caso de que se opte por esta \u00faltima opci\u00f3n, la normativa estipul\u00f3 que la AABE deber\u00e1 llevar a cabo una licitaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Al respecto, precis\u00f3 que se realizar\u00e1 \u201ca los fines de convocar a aquellas plataformas electr\u00f3nicas privadas que se encuentren interesadas en prestar los servicios de organizaci\u00f3n, gesti\u00f3n y realizaci\u00f3n de subastas electr\u00f3nicas y\/o intermediaci\u00f3n comercial para la enajenaci\u00f3n de bienes muebles propiedad de las jurisdicciones o entidades del Estado Nacional\u201d.<\/p>\n<p>Entre las modificaciones, tambi\u00e9n se autoriza a cada dependencia estatal a fijar el valor base de la subasta o del bien en cuesti\u00f3n utilizando como referencias indicadores especializados de mercado.<\/p>\n<p>En este punto, el texto oficial especific\u00f3 que \u201cel valor base de las subastas y\/o el precio final del bien, seg\u00fan fuera el caso, ser\u00e1n fijados por el servicio administrativo financiero correspondiente a la jurisdicci\u00f3n propietaria, el cual deber\u00e1 emplear indicadores de mercado provenientes de fuentes reconocidas, como publicaciones especializadas, revistas del sector o bases de datos de precios del mercado privado\u201d.<\/p>\n<p>Al fundamentar la medida, el Ejecutivo expres\u00f3 que \u201ccon el objetivo de optimizar y agilizar las modalidades de disposici\u00f3n de bienes muebles y semovientes estatales, resulta necesario impulsar una serie de modificaciones, fortaleciendo los principios de transparencia y publicidad en los procedimientos de enajenaci\u00f3n de bienes e incorporando herramientas tecnol\u00f3gicas y mecanismos que promuevan una mayor concurrencia de oferentes y la optimizaci\u00f3n de los procesos\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, remarc\u00f3 que \u201clas modificaciones que se propician optimizar\u00e1n la disposici\u00f3n de bienes muebles, sean o no registrables, del Estado Nacional con el fin de garantizar una gesti\u00f3n m\u00e1s eficiente y transparente de los mismos\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, puntualiz\u00f3 que \u201cestas disposiciones se enmarcan en las mejores pr\u00e1cticas internacionales y en las recomendaciones de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE)\u201d, en el marco del proceso de adhesi\u00f3n del pa\u00eds al organismo, y sostuvo que \u201cpermitir\u00e1n ampliar los medios disponibles para la realizaci\u00f3n de ventas, subastas y tasaciones, adaptando la normativa vigente a los est\u00e1ndares internacionales de gesti\u00f3n de bienes p\u00fablicos\u201d.<\/p>\n<p>El ministro de Desregulaci\u00f3n y Transformaci\u00f3n del Estado, Federico Sturzenegger, destac\u00f3 la iniciativa en su cuenta de X asegurando que \u201cresuelve un cuello de botella que enfrent\u00e1bamos en el proceso de reestructuraci\u00f3n del Estado: la venta de bienes muebles en desuso, trabada por exigencias burocr\u00e1ticas que encarec\u00edan y demoraban el proceso\u201d.<\/p>\n<p>Al argumentar el ingreso de medios privados para la operatoria de venta o subastas, explic\u00f3 que con el modelo previo \u201cla reglamentaci\u00f3n limitaba la venta de bienes muebles a la plataforma electr\u00f3nica del Estado, poco conocida y donde concurr\u00edan no muchos oferentes\u201d.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a la tardanza para efectivizar las transacciones, expuso que \u201ccon la recarga de trabajo del Tribunal de Tasaciones de la Naci\u00f3n (TTN) los autos, por ejemplo, pod\u00edan demorar meses en ser tasados con la consecuente depreciaci\u00f3n para cuando se vendieran (adem\u00e1s del costo de mantenerlos todos esos meses: dep\u00f3sitos, seguridad, seguros, etc.)\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La posibilidad se habilitar\u00e1 mediante licitaciones p\u00fablicas a cargo de la AABE &nbsp; &nbsp; El Gobierno habilit\u00f3 la posibilidad de que los bienes del Estado sean subastados o vendidos a trav\u00e9s de plataformas electr\u00f3nicas privadas, al introducir una serie de cambios en el proceso regulatorio para desprenderse de propiedades muebles. 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