{"id":124005,"date":"2024-12-18T13:32:36","date_gmt":"2024-12-18T16:32:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=124005"},"modified":"2024-12-18T13:32:36","modified_gmt":"2024-12-18T16:32:36","slug":"por-dnu-el-gobierno-modifico-el-prorrogado-presupuesto-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2024\/12\/18\/por-dnu-el-gobierno-modifico-el-prorrogado-presupuesto-nacional\/","title":{"rendered":"Por DNU, el Gobierno modific\u00f3 el prorrogado Presupuesto Nacional"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>Se public\u00f3 este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial una readecuaci\u00f3n del plan de gastos y recursos. Entre las medidas, se destinan fondos para la SIDE y la ANSeS<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Gobierno nacional realiz\u00f3 una nueva modificaci\u00f3n del Presupuesto. Se trata del plan de gastos y recursos que hab\u00eda sido proyectado para 2023, luego se prorrog\u00f3 durante todo este primer a\u00f1o de gesti\u00f3n de Javier Milei y as\u00ed continuar\u00e1, ante el no tratamiento de la \u201cley de leyes\u201d para el a\u00f1o pr\u00f3ximo.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s del decreto de necesidad y urgencia 1104\/24, publicado este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial, el Poder Ejecutivo se\u00f1al\u00f3 que \u201cresulta necesario y urgente incorporar diversas disposiciones complementarias a la pr\u00f3rroga y modificar el presupuesto vigente, con el fin de garantizar la continuidad del funcionamiento del Estado Nacional\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLa presente adecuaci\u00f3n presupuestaria contempla, entre otras cuestiones, el refuerzo de los cr\u00e9ditos de gastos en personal, con el fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, de gastos de funcionamiento, equipamiento, as\u00ed como de los cr\u00e9ditos para pago de subsidios, becas, compensaciones, transferencias varias y erogaciones que hacen al cumplimiento del cometido de las jurisdicciones y entidades de la Administraci\u00f3n Nacional\u201d, agreg\u00f3 en los considerandos.<\/p>\n<p>Entre las medidas, se dispone una readecuaci\u00f3n del presupuesto para la Secretar\u00eda de Inteligencia del Estado, \u201creduciendo los cr\u00e9ditos incrementados mediante el Decreto N\u00b0 656 del 19 de julio de 2024\u201d, el cual le otorgaba al organismo 100 mil millones de pesos y fue rechazado por ambas c\u00e1maras del Congreso.<\/p>\n<p>Por otra parte, se incrementan partidas para la Agencia de Administraci\u00f3n de Bienes del Estado; la Administraci\u00f3n de Parques Nacionales; la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Polic\u00eda Federal; el pago de sentencias judiciales previsionales de las fuerzas policiales y Fuerzas Armadas; y la ANSeS, entre otros.<\/p>\n<p>En tanto, se incorpora \u201cla contrataci\u00f3n de las obras con incidencia en ejercicios futuros\u201d y se establece que la Secretar\u00eda de Obras P\u00fablicas \u201cdeber\u00e1 constituir una aplicaci\u00f3n financiera gratuita a favor del Tesoro Nacional\u201d por un bill\u00f3n de pesos.<\/p>\n<p>\u201cEs menester readecuar los cr\u00e9ditos presupuestarios de la Jurisdicci\u00f3n 90 &#8211; SERVICIO DE LA DEUDA P\u00daBLICA para posibilitar la atenci\u00f3n de los servicios financieros de la deuda p\u00fablica del presente ejercicio\u201d, agrega otro de los p\u00e1rrafos.<\/p>\n<p>Uno de los art\u00edculos del DNU ampl\u00eda en 100 mil millones de pesos \u201cel importe m\u00e1ximo de colocaci\u00f3n de los bonos de consolidaci\u00f3n d\u00e9cima serie\u201d; mientras que otro dispone que durante el ejercicio fiscal 2025 \u201clos pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en d\u00f3lares estadounidenses emitidas al sector p\u00fablico nacional\u201d y \u201clos fondos y\/o patrimonios de afectaci\u00f3n espec\u00edfica administrados por cualquiera de los organismos contemplados precedentemente ser\u00e1n reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos t\u00edtulos p\u00fablicos cuyas condiciones ser\u00e1n definidas, en conjunto, por la Secretar\u00eda de Finanzas y la Secretar\u00eda de Hacienda\u201d.<\/p>\n<p>\u201cDisp\u00f3nese que durante el Ejercicio Fiscal 2025 los pagos de los servicios de amortizaci\u00f3n de capital y el 60% de los servicios de intereses de las letras intransferibles denominadas en d\u00f3lares estadounidenses, en cartera del BCRA, ser\u00e1n reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos t\u00edtulos p\u00fablicos emitidos a la par, a 5 a\u00f1os de plazo, con amortizaci\u00f3n \u00edntegra al vencimiento, y que devengar\u00e1n una tasa de inter\u00e9s igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA\u201d, reza otro de los art\u00edculos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se public\u00f3 este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial una readecuaci\u00f3n del plan de gastos y recursos. 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