{"id":118273,"date":"2024-08-07T11:35:23","date_gmt":"2024-08-07T14:35:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=118273"},"modified":"2024-08-07T11:35:23","modified_gmt":"2024-08-07T14:35:23","slug":"afirman-que-es-inconstitucional-el-proyecto-que-busca-modificar-los-juicios-por-jurados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2024\/08\/07\/afirman-que-es-inconstitucional-el-proyecto-que-busca-modificar-los-juicios-por-jurados\/","title":{"rendered":"Afirman que es &#8220;inconstitucional&#8221; el proyecto que busca modificar los juicios por jurados"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El proyecto de Ley que tom\u00f3 estado parlamentario en la C\u00e1mara de Diputados de la provincia de Entre R\u00edos motiv\u00f3 el repudio de distintas entidades<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Uno de los argumentos para introducir cambios es la saturaci\u00f3n del sistema judicial, que tiene ya una agenda pr\u00e1cticamente completa en 2025. Cabe recordar que en Entre R\u00edos la actual Ley de Juicio por Jurados reglamentada en 2019 contempla que sean enviados a este tipo de instancia de juzgamiento los delitos que tienen pena m\u00e1xima en expectativa superior a los 20 a\u00f1os de prisi\u00f3n. Por esta raz\u00f3n, muchos de los casos que hoy llegan a ser sentenciados por jurados populares son tentativas de homicidio. Y esto es justamente lo que el proyecto de Ley busca excluir, para que sean enviados a juicios por jurados solo los cr\u00edmenes perpetrados.<\/p>\n<p>\u201cSe advierte, ante todo, que el volumen de causas a la espera del veredicto de un jurado popular hace impracticable el cumplimiento de los est\u00e1ndares del plazo razonable de los procesos judiciales, seg\u00fan los criterios de la Corte Interamericana\u201d, sostiene el proyecto que ser\u00e1 tratado por los diputados provinciales.<\/p>\n<p>Por otra parte, la iniciativa legislativa se refiere a una pol\u00e9mica que lleva varios a\u00f1os en la justicia entrerriana, b\u00e1sicamente desde la implementaci\u00f3n del juicio por jurados, donde un sector postula que juzgar mediante este procedimiento los casos de abusos sexuales se revictimiza a las v\u00edctimas, mientras que otros sostienen que forma parte de los hechos que los ciudadanos deben juzgar y resolver.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Cuestionamientos al proyecto<\/strong><\/p>\n<p>Las cr\u00edticas hacia este proyecto para modificar la Ley de Juicio por Jurados se expresaron en un documento dirigido a los diputados y diputadas de la provincia, elaborado y firmado por el Inecip (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales), Vidaer (Asociaci\u00f3n de V\u00edctimas de Delitos de Entre R\u00edos), APP (Asociaci\u00f3n Pensamiento Penal), la AAJJ (Asociaci\u00f3n Argentina de Juicio por Jurados) y el Instituto de Derecho Penal de Entre R\u00edos.<\/p>\n<p>El texto, cuyo t\u00edtulo es &#8220;Inconstitucionalidad del Proyecto de Ley de Restricci\u00f3n del Juicio por Jurados (Expte. 27.259)&#8221;, se reproduce a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>&#8220;La propuesta, originada en un sector minoritario del Poder Judicial, es flagrantemente inconstitucional, ya que limita el derecho de la ciudadan\u00eda a participar en la administraci\u00f3n de justicia penal que reconoci\u00f3 la CSJN en el fallo Canales (2019) y porque afecta el derecho de v\u00edctimas e imputados a ser juzgados por los jueces naturales establecidos por la Constituci\u00f3n Nacional: los jurados populares.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 118 de la Carta Magna es claro: una vez establecidos los juicios por jurados, todos los juicios criminales deben ser terminados bajo esa modalidad y queda prohibido que lo hagan jueces t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p>De este modo, la Constituci\u00f3n estableci\u00f3, en palabras de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, \u201cun modelo institucional de administraci\u00f3n de justicia que expresa la participaci\u00f3n del pueblo en la administraci\u00f3n de justicia penal\u201d. Una vez que esta cl\u00e1usula constitucional se activa, el jurado popular asume la condici\u00f3n de \u201cjuez natural\u201d, y no puede ser restringido bajo ninguna circunstancia ni excusa sin violar la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>La \u00fanica opci\u00f3n que tiene el legislador, en ese caso, es seguir ampliando la competencia, como recientemente decidi\u00f3 la Legislatura de Mendoza1. De ser aprobada, la &#8220;soluci\u00f3n&#8221; que proponen el Poder Judicial y los Ministerios P\u00fablicos ser\u00e1, parad\u00f3jicamente, repudiada por la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n proh\u00edbe tres veces a los jueces profesionales tener la \u00faltima palabra en los juicios criminales, en sus art\u00edculos 24, 75 y 118. La tradici\u00f3n inquisitorial heredada de la Colonia de Espa\u00f1a demor\u00f3 m\u00e1s de un siglo la plena vigencia de este mandato constitucional.<\/p>\n<p>Pero hoy en d\u00eda, gracias a las 11 leyes sancionadas en la \u00faltima d\u00e9cada, m\u00e1s del 75% de la poblaci\u00f3n del pa\u00eds vive en una provincia en donde los jurados son una realidad. Adem\u00e1s, el Congreso Nacional se apronta a tratar una Ley Federal de Juicio por Jurados obligatorio para los delitos graves con apoyos transversales de todos los bloques legislativos y del propio Poder Ejecutivo Nacional. Por lo tanto, el proyecto presentado a la Legislatura entrerriana no s\u00f3lo va a contramano de la Constituci\u00f3n, sino tambi\u00e9n de la Historia.<\/p>\n<p>En los fundamentos del proyecto de ley se afirma que las &#8220;demoras en la realizaci\u00f3n de los juicios&#8221; se deben a la &#8220;amplia&#8221; competencia del juicio por jurados. Pero se trata de un diagn\u00f3stico errado, que apunta a las consecuencias en vez de ocuparse de las causas reales. Las limitaciones organizativas del sistema judicial no pueden cercenar garant\u00edas ni el derecho de la sociedad a participar en la administraci\u00f3n de justicia. Adem\u00e1s, no se puede alegar una garant\u00eda (plazo razonable) para cercenar otra (juicio por jurados), cuando ambas son perfectamente compatibles, como demuestra la experiencia de la mitad de las provincias del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Si la gesti\u00f3n del sistema judicial est\u00e1 provocando demoras, la soluci\u00f3n es mejorar esa gesti\u00f3n. El Poder Judicial de Entre R\u00edos tiene la oportunidad de imitar a las provincias m\u00e1s avanzadas del pa\u00eds y transformar a sus actuales Oficinas de Gesti\u00f3n de Audiencias en Oficinas Judiciales con facultades amplias e integrales de gesti\u00f3n judicial, que reduzcan a mora judicial a trav\u00e9s de una modernizaci\u00f3n del funcionamiento de los tribunales. Esto permitir\u00eda una utilizaci\u00f3n m\u00e1s eficiente de los recursos humanos y edilicios del sistema, maximizando la cantidad y calidad de audiencias y, por ende, los tiempos judiciales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, seg\u00fan lo informado por el propio Poder Judicial, el 60% de los casos &#8220;elevados&#8221; a juicio finalizan con un procedimiento abreviado. Esto es sintom\u00e1tico de un innecesario desgaste de recursos jurisdiccionales en casos que el Ministerio P\u00fablico Fiscal y la defensa podr\u00edan finalizar mucho antes de elevarlos a juicio. Mejorar la utilizaci\u00f3n de los mecanismos abreviados y de los composicionales reducir\u00eda la carga de trabajo judicial sin necesidad de restringir derechos.<\/p>\n<p>Cuando una salida, por m\u00e1s c\u00f3moda o f\u00e1cil que parezca, es inconstitucional, debe ser rechazada sin mayores miramientos. Las demoras del sistema de justicia penal tienen otras soluciones, que no requieren nuevos recursos ni gastos, sino la decisi\u00f3n de las autoridades judiciales de impulsar cambios en sus formas de trabajo que permitan mejorar la eficiencia del sistema, sin afectar el derecho ciudadano a participar en la administraci\u00f3n de justicia&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El proyecto de Ley que tom\u00f3 estado parlamentario en la C\u00e1mara de Diputados de la provincia de Entre R\u00edos motiv\u00f3 el repudio de distintas entidades &nbsp; &nbsp; Uno de los argumentos para introducir cambios es la saturaci\u00f3n del sistema judicial, que tiene ya una agenda pr\u00e1cticamente completa en 2025. 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