{"id":112583,"date":"2023-12-27T13:18:21","date_gmt":"2023-12-27T16:18:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=112583"},"modified":"2023-12-27T13:18:21","modified_gmt":"2023-12-27T16:18:21","slug":"que-es-un-plebiscito-y-cual-fue-el-ultimo-que-hubo-en-argentina-todo-sobre-el-recurso-que-usara-milei-si-se-frena-el-dnu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2023\/12\/27\/que-es-un-plebiscito-y-cual-fue-el-ultimo-que-hubo-en-argentina-todo-sobre-el-recurso-que-usara-milei-si-se-frena-el-dnu\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 es un plebiscito y cu\u00e1l fue el \u00faltimo que hubo en Argentina? Todo sobre el recurso que usar\u00e1 Milei si se frena el DNU"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El presidente de la Argentina convocar\u00eda a una consulta popular para el tratamiento de la desregulaci\u00f3n de la econom\u00eda nacional, si el Congreso rechaza el Decreto de Necesidad y Urgencia<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En las \u00faltimas horas, el presidente Javier Milei, ante la posibilidad de que el Congreso finalmente rechace el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que busca una desregulaci\u00f3n profunda de la econom\u00eda, confirm\u00f3 que llamar\u00eda a un plebiscito.<\/p>\n<p>\u201cEl megadecreto tiene m\u00e1s de 75% de aprobaci\u00f3n. Entonces que me expliquen por qu\u00e9 quieren algo en contra de la gente\u201d, manifest\u00f3 el jefe de Estado en una entrevista con La Naci\u00f3n +. No obstante, el Poder Ejecutivo no puede convocar a una consulta popular vinculante, por lo que en caso de que la poblaci\u00f3n vote a favor, simplemente obligar\u00eda al Congreso a volver a tratar el mismo DNU.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es un plebiscito?<\/strong><\/p>\n<p>Se trata de un mecanismo de participaci\u00f3n ciudadana propio de los reg\u00edmenes democr\u00e1ticos (aunque en algunos casos puede ejercerse en reg\u00edmenes no democr\u00e1ticos) y que sirve como instrumento de consulta directa a los votantes sobre alg\u00fan asunto de excepcional importancia en la vida colectiva que, por comprometer el destino nacional, requiera el expreso consentimiento de los ciudadanos.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n nacional contempla que el Presidente de la Naci\u00f3n o el Congreso puedan someter a consulta popular temas de inter\u00e9s general de forma no vinculante, es decir, sin obligaci\u00f3n de acatar la voluntad de los votantes. En este caso, el voto no es obligatorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es la diferencia entre un plebiscito vinculante y no vinculante?<\/strong><\/p>\n<p>La norma establece dos tipos de consulta: vinculante y no vinculante. La vinculante es convocada por el Congreso para someter al pueblo un proyecto de ley y cuyo resultado obliga al Gobierno. La no vinculante, puede ser promovida por el Congreso o el Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 40 establece que la C\u00e1mara de Diputados \u201cpodr\u00e1 someter a consulta popular un proyecto de ley\u201d. Esa ley que convoca a la consulta no puede ser vetada. En este tipo de consultas el voto de los ciudadanos es obligatorio y, si el electorado apoya la iniciativa, el proyecto se convierte autom\u00e1ticamente en ley. Esto se conoce como \u201cconsulta popular vinculante\u201d, ya que la decisi\u00f3n de la ciudadan\u00eda debe ser acatada. En este caso, no existe ninguna referencia a materias vedadas: ni penales, ni electorales, ni otras.<\/p>\n<p>No obstante, la Constituci\u00f3n tambi\u00e9n contempla que el Presidente de la Naci\u00f3n o el Congreso puedan someter a consulta popular temas de inter\u00e9s general de forma no vinculante, es decir, sin obligaci\u00f3n de acatar la voluntad de los votantes. En este caso, el voto no es obligatorio y es lo que define a la consulta como \u201cno vinculante\u201d.<\/p>\n<p>Para realizar esta convocatoria, es necesario que ambas c\u00e1maras aprueben una ley de convocatoria con el voto de la mayor\u00eda absoluta de los legisladores. Es decir que, si no existieran mayor\u00edas parlamentarias para aprobar un proyecto de ley cualquiera, tambi\u00e9n ser\u00eda necesario contar con mayor\u00edas para la convocatoria al plebiscito.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l fue el \u00faltimo plebiscito realizado en Argentina?<\/strong><\/p>\n<p>El \u00faltimo y \u00fanico plebiscito que se realiz\u00f3 en la Argentina fue en 1984, en el gobierno de Ra\u00fal Alfons\u00edn, para ver si se aceptaba el Tratado de Paz con Chile por el Canal del Beagle.<\/p>\n<p>En ese momento, Alfons\u00edn firm\u00f3 el decreto 2.272, con el que convoc\u00f3 a una consulta popular no vinculante para votar, en forma afirmativa o negativa, la celebraci\u00f3n de aquel tratado de paz con Chile. Pero como no estaba incorporado este asunto a la Constituci\u00f3n, hubo una discusi\u00f3n jur\u00eddica sobre la legalidad y hasta hubo un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>El domingo 25 de noviembre de 1984, los ciudadanos se volcaron a las urnas para expresarse sobre la soluci\u00f3n del diferendo con Chile en la zona del Canal de Beagle. Cada votante deb\u00eda concurrir al lugar donde ejercit\u00f3 el \u00faltimo comicio. Incluso se pudo votar sin figurar en el padr\u00f3n, siempre que se presentara la libreta de enrolamiento o la libreta c\u00edvica.<\/p>\n<p>Gan\u00f3 el \u201cS\u00ed\u201d con el 82% de los votos, y as\u00ed el Congreso argentino aprob\u00f3 el acuerdo el 30 de diciembre de 1984. El 2 de mayo de 1985, el canciller radical Dante Caputo y el canciller chileno ratificaron el tratado ante la mirada paciente del Papa Juan Pablo II.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 dijo Javier Milei sobre la posibilidad de llamar a un plebiscito?<\/strong><\/p>\n<p>\u201cObviamente\u201d, fue la respuesta del presidente Javier Milei, ante la consulta sobre cu\u00e1les ser\u00e1n los pasos a seguir en caso de que el Congreso finalmente rechace el Decreto de Necesidad y Urgencia que busca una desregulaci\u00f3n profunda de la econom\u00eda.<\/p>\n<p>Durante una entrevista con el periodista Luis Majul, en LN+, este martes 26 de diciembre, le consultaron al Jefe de Estado:<\/p>\n<p>-\u00bfEn caso de que el DNU sea rechazado, llamar\u00eda a un plebiscito o una consulta popular?, pregunt\u00f3 el periodista.<\/p>\n<p>-Obviamente, replic\u00f3 Milei. Y profundiz\u00f3: \u201cEl megadecreto tiene m\u00e1s de 75% de aprobaci\u00f3n, entonces que me expliquen por qu\u00e9 quieren algo en contra de la gente\u201d.<\/p>\n<p>El mandatario nacional defendi\u00f3 la urgencia de impulsar un shock en la regulaci\u00f3n del pa\u00eds para alcanzar inversiones. El objetivo es contrarrestar los efectos del ajuste fiscal que aplic\u00f3 el gobierno en sus primeros 16 d\u00edas de gesti\u00f3n. \u201cNecesitamos con urgencia inversiones para que los efectos del programa de estabilizaci\u00f3n sean menos dolorosos en t\u00e9rminos de ca\u00edda de actividad, empleo y pobreza\u201d, argument\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presidente de la Argentina convocar\u00eda a una consulta popular para el tratamiento de la desregulaci\u00f3n de la econom\u00eda nacional, si el Congreso rechaza el Decreto de Necesidad y Urgencia &nbsp; &nbsp; En las \u00faltimas horas, el presidente Javier Milei, ante la posibilidad de que el Congreso finalmente rechace el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que busca una desregulaci\u00f3n profunda de la econom\u00eda, confirm\u00f3 que llamar\u00eda a un plebiscito. \u201cEl megadecreto tiene m\u00e1s de 75% de aprobaci\u00f3n. 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