{"id":109245,"date":"2023-10-09T15:07:51","date_gmt":"2023-10-09T18:07:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=109245"},"modified":"2023-10-09T15:07:51","modified_gmt":"2023-10-09T18:07:51","slug":"cuadernos-otro-ardid-judicial-para-sostener-una-causa-plagada-de-irregularidades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2023\/10\/09\/cuadernos-otro-ardid-judicial-para-sostener-una-causa-plagada-de-irregularidades\/","title":{"rendered":"Cuadernos: otro ardid judicial para sostener una causa plagada de irregularidades"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Tribunal rechaz\u00f3 planteos de las defensas y forz\u00f3 la permanencia de la UIF como querellante pese a que las imputaciones no incluyen ni lavado de activos ni financiamiento del terrorismo<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El tribunal que tiene asignado el juicio oral por la Causa Cuadernos rechaz\u00f3 un planteo para apartar a la Unidad de Informaci\u00f3n Financiera (UIF) como querellante, pese a que los delitos espec\u00edficos para los que est\u00e1 autorizada a intervenir no se ventilar\u00e1n en el debate. Convertido en virtual pelot\u00f3n de fusilamiento judicial, el tribunal desoy\u00f3 incluso a la propia UIF \u2013que desisti\u00f3 parcialmente del rol de querellante con varios acusados- tras advertir que en este proceso no se investiga ni lavado de activos ni financiamiento del terrorismo.<\/p>\n<p>El Tribunal Oral rechaz\u00f3 los planteos de varios imputados, entre los cuales no est\u00e1 Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner.<\/p>\n<p>El pedido de apartamiento de la UIF \u2013por distintas v\u00edas y argumentos- hab\u00eda sido formulado por Benjam\u00edn Gabriel Romero, del Grupo EMEPA; Rodolfo Armando Poblete, del Grupo Romero;\u00a0 Jos\u00e9 Mar\u00eda Olazagasti, exsecretario del exministro Julio De Vido; Hugo Alberto Dragonetti, due\u00f1o de la firma Panedile; Juan Manuel Abal Medina, exjefe de Gabinete; Claudio Javier Glazman, exdirector de Sociedad Latinoamericana de Inversiones; Hern\u00e1n Camilo G\u00f3mez, exasesor del Ministerio de Planificaci\u00f3n y Roberto Baratta, exsubsecretario de Coordinaci\u00f3n y Control de Gesti\u00f3n de esa cartera.<\/p>\n<p>Todos coincidieron en que la Ley 25.246, que delimita el \u00e1mbito de actuaci\u00f3n de la UIF, la faculta para \u201cprevenir la comisi\u00f3n de dos delitos en particular: el lavado de activos y la financiaci\u00f3n del terrorismo\u201d.<\/p>\n<p>\u201cNo se investiga actualmente la comisi\u00f3n de ninguno de los dos delitos cuya competencia le fue encomendada a la UIF. El referido organismo decidi\u00f3, con acierto, desistir de la acci\u00f3n penal\u201d en al menos tres casos, argumentaron.<\/p>\n<p>\u201cTampoco se desprende una imputaci\u00f3n similar de los requerimientos formulados por el Ministerio P\u00fablico Fiscal\u201d. Pero, adem\u00e1s, la eventual existencia del \u201clavado\u201d fue investigada en otro expediente, que tramit\u00f3 ante el juez federal Sebasti\u00e1n Ramos. Esa decisi\u00f3n de separar las causas la hab\u00eda tomado el difunto juez Claudio Bonadio. No obstante, a la hora de mandar el expediente a juicio, la meti\u00f3 por la ventana. Lo hizo en setiembre de 2019, poco antes del cambio de gobierno. Bonadio ya estaba enfermo y, de hecho, muri\u00f3 poco despu\u00e9s, el 4 de febrero de 2020.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 el Tribunal Oral \u2013integrado por los jueces Enrique M\u00e9ndez Signori, Germ\u00e1n Castelli y Fernando Canero- sostiene a la UIF como querellante? Esos jueces son los que rechazaron los planteos del empresario Armando Loson por las cientos de irregularidades halladas en las menciones s\u00f3lo sobre \u00e9l en los cuadernos. M\u00e1s a\u00fan: le pidieron al juez Marcelo Mart\u00ednez de Giorgi que dejara de investigar esas irregularidades. Y cuando otros imputados quisieron hacer lo mismo que Loson, no se lo permitieron.<\/p>\n<p>La fiscal Fabiana Le\u00f3n (a quien alguna vez Cristina Kirchner, cuando era presidenta, cuestion\u00f3 duramente) dictamin\u00f3 por el rechazo de los planteos de empresarios y exfuncionarios. Le\u00f3n tambi\u00e9n protest\u00f3 por la investigaci\u00f3n de Mart\u00ednez de Giorgi, que corrobor\u00f3 cient\u00edficamente las irregularidades en los cuadernos, que ni siquiera est\u00e1 acreditado que hayan sido completamente escritos por el chofer Oscar Centeno. Es m\u00e1s: un peritaje detect\u00f3 la graf\u00eda de otras personas e identific\u00f3 a un amigo de Centeno, el polic\u00eda Jorge Bacigalupo, metiendo mano en las anotaciones.<\/p>\n<p>El Tribunal Oral consider\u00f3 que \u201clos incidentistas procuran reeditar una cuesti\u00f3n que ya ha sido discutida\u201d. Es decir que el tema ya se analiz\u00f3 y fue rechazado. \u00bfQui\u00e9nes lo rechazaron? Bonadio; luego la C\u00e1mara Federal, con las firmas de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi; m\u00e1s tarde, la Casaci\u00f3n, con intervenci\u00f3n de Mariano Borinsky, Daniel Petrone y Guillermo Yacobucci. Los tramos remanentes de la Causa Cuadernos fueron enviados a juicio por el juez Juli\u00e1n Ercolini, quien ocupa hoy el juzgado de Bonadio. Algo as\u00ed como una Armada Brancaleone Anti-K.<\/p>\n<p>\u201cLa cuesti\u00f3n fue nuevamente tratada, a ra\u00edz de la excepci\u00f3n de falta de acci\u00f3n de la UIF como parte querellante en las presentes actuaciones y el planteo de inconstitucionalidad introducido en la presente causa por la defensa de Julio De Vido, los que fueron rechazados por el Juzgado instructor\u201d, insisti\u00f3 el tribunal oral. El \u201cjuzgado instructor\u201d fue el de Bonadio.<\/p>\n<p>Los jueces invocaron, adem\u00e1s, leyes que reinterpretaron siempre en contra los planteos de las defensas. As\u00ed, dijeron que \u201cla Ley 17.516 regla la facultad de ser querellante del Estado Nacional ya que, como persona jur\u00eddica, tiene la capacidad de estar en juicio y constituirse como tal\u201d.<\/p>\n<p>Pero esa norma tiene l\u00edmites. Por ejemplo, la Ley 25.246\u00a0 especifica en su art\u00edculo sexto que la UIF interviene ante \u201cel delito de lavado de activos, preferentemente proveniente de la comisi\u00f3n de delitos relacionados con el tr\u00e1fico y comercializaci\u00f3n il\u00edcita de estupefacientes, contrabando de armas y de estupefacientes,\u00a0 delitos relacionados con las actividades de una asociaci\u00f3n il\u00edcita calificada o de una asociaci\u00f3n il\u00edcita terrorista\u201d.<\/p>\n<p>Para que haya lavado, el dinero a \u201clavar\u201d debe provenir de un \u201cdelito precedente\u201d. El articulado contempla los \u201cdelitos contra la Administraci\u00f3n P\u00fablica\u201d, pero hace claramente hincapi\u00e9 en otras figuras: \u201cprostituci\u00f3n de menores y pornograf\u00eda infantil, financiaci\u00f3n del terrorismo, extorsi\u00f3n y trata de personas\u201d.<\/p>\n<p>El \u201clavado\u201d no aparece en la elevaci\u00f3n a juicio de la Causa Cuadernos. S\u00ed en otros expedientes, por ejemplo el que se investiga al fallecido exsecretario presidencial Daniel Mu\u00f1oz. Pero no en Cuadernos.<\/p>\n<p>La ley sobre lavado fue promulgada en mayo de 2000, durante el ef\u00edmero gobierno de Fernando De la R\u00faa. Pero el fallo hace tambi\u00e9n menci\u00f3n a un Decreto, el 2226\/08, sancionado durante la primera presidencia de Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner.<\/p>\n<p>Tampoco esa norma parece decir lo que los jueces interpretaron. En sus fundamentos, el decreto faculta a que \u201cel Poder Ejecutivo Nacional tome intervenci\u00f3n en las actuaciones judiciales en las que se investigan hechos de tal gravedad\u201d. \u00bfCu\u00e1les? \u201cEl tr\u00e1fico il\u00edcito de estupefacientes y sustancias psicotr\u00f3picas y la financiaci\u00f3n del terrorismo\u00bb. Ambos forman parte de tratados internacionales suscriptos por la Argentina.<\/p>\n<p>Tras explicar sus objetivos en los fundamentos, el Art\u00edculo 1\u00ba del decreto autoriza a la UIF a \u201cintervenir como parte querellante en los procesos en los que se investigue la comisi\u00f3n de los delitos tipificados por la Ley N\u00ba 25.246 en aquellos casos que as\u00ed lo ameriten\u201d.<\/p>\n<p>Los jueces tuvieron una lectura mucho m\u00e1s amplia y abarcativa de sus alcances. Una vez m\u00e1s, las leyes dicen lo que los jueces quieren que digan.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal rechaz\u00f3 planteos de las defensas y forz\u00f3 la permanencia de la UIF como querellante pese a que las imputaciones no incluyen ni lavado de activos ni financiamiento del terrorismo &nbsp; &nbsp; El tribunal que tiene asignado el juicio oral por la Causa Cuadernos rechaz\u00f3 un planteo para apartar a la Unidad de Informaci\u00f3n Financiera (UIF) como querellante, pese a que los delitos espec\u00edficos para los que est\u00e1 autorizada a intervenir no se ventilar\u00e1n en el debate. 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