{"id":108603,"date":"2023-09-26T13:12:42","date_gmt":"2023-09-26T16:12:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=108603"},"modified":"2023-09-26T13:12:42","modified_gmt":"2023-09-26T16:12:42","slug":"caso-lucio-confirmaron-las-perpetuas-a-las-condenadas-y-sumaron-abuso-sexual-a-la-madre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2023\/09\/26\/caso-lucio-confirmaron-las-perpetuas-a-las-condenadas-y-sumaron-abuso-sexual-a-la-madre\/","title":{"rendered":"Caso Lucio: confirmaron las perpetuas a las condenadas y sumaron abuso sexual a la madre"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El fallo fue adoptado por la Sala A del Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal (TIP) de Santa Rosa. Magdalena Esp\u00f3sito Valenti y Abigail P\u00e1ez hab\u00edan sido condenadas por el homicidio del ni\u00f1o el pasado 17 de febrero<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal (TIP) de Santa Rosa confirm\u00f3 este martes las condenas a prisi\u00f3n perpetua para Magdalena Esp\u00f3sito Valenti y Abigail P\u00e1ez por el homicidio del ni\u00f1o Lucio Abel Dupuy, ocurrido en 2021 en esa ciudad pampeana, y a su vez, le agreg\u00f3 a la primera de ellas, madre de la v\u00edctima, el delito de abuso sexual, informaron fuentes judiciales.<\/p>\n<p>El fallo fue adoptado por la Sala A del mencionado tribunal de alzada, conformada por los jueces Mar\u00eda Eugenia Schijvarger y Mauricio Piombi, acompa\u00f1ados por la secretaria Mar\u00eda Elena Gr\u00e9goire, que acept\u00f3 todos los planteos de la fiscal\u00eda, admiti\u00f3 parcialmente los de la querella y rechaz\u00f3 los cuestionamientos de las defensas de las imputadas, que hab\u00edan sido condenadas a la pena m\u00e1xima el 17 de febrero pasado.<\/p>\n<p>Una de las cuestiones que hab\u00eda pedido la querella, pero el TIF rechaz\u00f3 es sumarle a la calificaci\u00f3n el agravante del &#8220;odio de g\u00e9nero&#8221;.<\/p>\n<p>En el debate, la Audiencia de Juicio hab\u00eda hallado culpable a Esp\u00f3sito Valenti, la mam\u00e1 de Lucio, de &#8220;homicidio triplemente calificado por el v\u00ednculo, alevos\u00eda y ensa\u00f1amiento&#8221;, y a P\u00e1ez de &#8220;homicidio doblemente calificado por alevos\u00eda y ensa\u00f1amiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 a\u00f1os de edad, aprovechando la situaci\u00f3n de convivencia preexistente, como delito continuado&#8221;.<\/p>\n<p>El Tribunal hab\u00eda absuelto a Esp\u00f3sito Valenti de la acusaci\u00f3n de abuso sexual por el beneficio de la duda.<\/p>\n<p>Ahora, el TIP inform\u00f3 en un comunicado que, adem\u00e1s de confirmar la calificaci\u00f3n del homicidio, le agreg\u00f3 &#8220;en concurso real&#8221; a la madre de la v\u00edctima el &#8220;abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realizaci\u00f3n, con acceso carnal&#8221;.<\/p>\n<p>En el caso de P\u00e1ez, mantuvo la misma calificaci\u00f3n, con el agregado del abuso gravemente ultrajante.<\/p>\n<p>En los recursos de impugnaci\u00f3n, las fiscalas Mar\u00eda M\u00f3nica Rivero y Ver\u00f3nica Ferrero consideraron que la Audiencia de Juicio valor\u00f3 err\u00f3neamente una serie de pruebas y sostuvieron que s\u00ed se probaron los abusos sexuales, en el \u00e1mbito intrafamiliar, por parte de ambas.<\/p>\n<p>El comunicado agrega que despu\u00e9s de valorar las pruebas reunidas durante el juicio oral, escuchar las declaraciones testimoniales, ver filmaciones de las c\u00e1maras del lugar y leer y o\u00edr los mensajes entre las acusadas, los jueces Schijvarger y Piombi concluyeron que &#8220;efectivamente Esp\u00f3sito Valenti tambi\u00e9n abus\u00f3 del peque\u00f1o, ya que por el horario de la muerte indicado por el m\u00e9dico forense, situ\u00f3 a ella en el departamento al momento en que ocurrieron tanto los golpes que terminaron siendo mortales, como la agresi\u00f3n sexual&#8221;.<\/p>\n<p>Adicionalmente, valoraron que las conclusiones de la autopsia revelaron que el ni\u00f1o tambi\u00e9n fue agredido sexualmente durante las semanas previas al 26 de noviembre.<\/p>\n<p>Con respecto al recurso del querellante particular Jos\u00e9 Mario Aguerrido &#8211; en nombre del padre de Lucio, Christian Dupuy &#8211; , el TIP le dio la raz\u00f3n al sumarle el abuso sexual a la madre; pero le deneg\u00f3 un cuarto agravante -&#8220;odio de g\u00e9nero&#8221;- por entender que los testimonios de las psic\u00f3logas en el debate fueron &#8220;muy claros&#8221; al respecto.<\/p>\n<p>Incluso, Aguerrido lleg\u00f3 a preguntarle a una de ellas qu\u00e9 hubiera pasado si &#8220;en vez de Lucio era Luc\u00eda&#8221; y la respuesta fue &#8220;lo mismo&#8221;; en alusi\u00f3n a la interferencia en la pareja de una tercera persona m\u00e1s all\u00e1 de su condici\u00f3n de var\u00f3n o mujer.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>La posici\u00f3n de la defensa<\/strong><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, las defensoras oficiales Mar\u00eda Silvina Blanco G\u00f3mez y Alejandra Moyano Gonz\u00e1lez &#8211; quien reemplaz\u00f3 en este tramo del proceso a Pablo De Biasi, quien asumi\u00f3 como juez contravencional &#8211; , en representaci\u00f3n de P\u00e1ez y Esp\u00f3sito Valenti, respectivamente, hab\u00edan planteado que existi\u00f3 una actividad procesal defectuosa.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el comunicado, las defensas se\u00f1alaban que hubo anomal\u00edas en la realizaci\u00f3n de una biopsia y en las conclusiones de las entrevistas efectuadas por psic\u00f3logas y psiquiatras a las imputadas, en la prisi\u00f3n de San Luis donde permanecen alojadas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, hab\u00edan afirmado que era inconstitucional que, en el fallo, no se fijar\u00e1 la cantidad de a\u00f1os que significa la prisi\u00f3n perpetua.<\/p>\n<p>Moyano Gonz\u00e1lez tambi\u00e9n hab\u00eda pedido que Esp\u00f3sito Valenti sea absuelta por el homicidio, con el argumento de que no estuvo en la casa familiar cuando Lucio fue golpeado; y Blanco G\u00f3mez que P\u00e1ez sea condenada por homicidio preterintencional, es decir sin intenci\u00f3n de matar.<\/p>\n<p>&#8220;El TIP, en la extens\u00edsima resoluci\u00f3n, descart\u00f3 con fundamentos cada uno de esos planteos y, remiti\u00e9ndose a precedentes del propio Tribunal, del Superior Tribunal de Justicia y de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, reafirm\u00f3 la constitucionalidad de la prisi\u00f3n perpetua en el pa\u00eds&#8221;, indica el comunicado oficial sobre este nuevo fallo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>El asesinato de Lucio<\/strong><\/p>\n<p>Lucio (5) fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en la casa de la calle Allan Kardec al 2300 de Santa Rosa, donde viv\u00eda con su madre y la pareja de esta.<\/p>\n<p>La Justicia pudo establecer que a las 17.32 se lo vio a Lucio vivo por \u00faltima vez y que entre esa hora y las 19.40, cuando ambas imputadas salieron solas del departamento, Lucio fue golpeado brutalmente.<\/p>\n<p>A su vez, P\u00e1ez llev\u00f3 en moto a su novia al trabajo de moza en el restaurante de un hotel de la capital pampeana y volvi\u00f3 sola a las 20.49, cuando intent\u00f3 reanimar al ni\u00f1o y lo meti\u00f3 baj\u00f3 la ducha.<\/p>\n<p>A las 21.30, P\u00e1ez sali\u00f3 con Lucio en brazos para el centro asistencial del barrio R\u00edo Atuel, anexo al departamento, pero estaba cerrado.<\/p>\n<p>En ese momento, el ni\u00f1o fue asistido por vecinos y finalmente lo trasladaron al Hospital Evita, donde a las 21.45 se constat\u00f3 que ya estaba muerto.<\/p>\n<p>Seg\u00fan determin\u00f3 el tribunal de juicio, las dos mujeres participaron de la golpiza mortal y el nene recibi\u00f3 pu\u00f1etazos, patadas y palazos, adem\u00e1s de un pisot\u00f3n en la espalda por parte de P\u00e1ez (que se pudo determinar por la marca que dej\u00f3 su zapatilla), el cual le provoc\u00f3 lesiones internas.<\/p>\n<p>De acuerdo con los peritos, la causa de la muerte fue un edema cerebral como consecuencia de politraumatismos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El fallo fue adoptado por la Sala A del Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal (TIP) de Santa Rosa. 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